- El Congreso aprueba que se eleve la edad mínima para practicar sexo consentido
- Solicita que se endurezcan las penas a los pederastas y que se castigue al cliente de la prostitución infantil
- Noticias de Gipuzkoa, 2009-02-18
La iniciativa no pone una edad mínima para practicar sexo, sino que se remite a la próxima tramitación de la reforma del Código Penal, cuyo anteproyecto obtuvo el visto bueno del Consejo de Ministros el pasado mes de noviembre. El texto acordado en el Congreso pide un aumento de las penas para los delitos sexuales cometidos con menores, así como de las penas de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela o cargo público.
Asimismo, se solicita la modificación del artículo 187 del actual Código Penal para que también se castigue al cliente de la prostitución infantil y no sólo al proxeneta. El texto apuesta por crear un nuevo tipo penal para castigar el simple visionado de pornografía infantil a través de Internet o de las nuevas tecnologías, sin que sea necesario distribuir o almacenar el material pedófilo.
Asimismo, solicita una tipificación más clara del llamado grooming , en el que un adulto, mediante el engaño o el chantaje, obliga a un menor a producir pornografía infantil o a mantener relaciones sexuales.
En defensa de su iniciativa, el diputado del PNV Emilio Olabarria aclaró ayer que no se pretende tipificar como delito cualquier consumo involuntario de pornografía infantil, sino el consumo intencionado y reiterado por medio de las nuevas tecnologías.
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