- Víctimas protegidas a su pesar
- La ley obliga a penas de alejamiento en las condenas por maltrato. ¿Puede un juez impedir una reconciliación? El Constitucional y Luxemburgo deberán aclararlo La Audiencia de Tarragona cree que la medida va contra "la vida privada". El Gobierno baraja cambiar la ley para que el alejamiento no sea forzoso. "La maltratada no tiene capacidad para valorar el riesgo", dice una experta. La decisión atenta contra la dignidad de la mujer, afirma un magistrado
- El País, 2009-10-08 # Mónica Ceberio Belaza
Magatte y Eva salieron a tomar una copa el 4 de agosto de 2007. Discutieron. Eran pareja y convivían desde hacía cuatro años. Magatte no fue a casa hasta las seis de la madrugada. Eva estaba durmiendo. Él le dio varios puñetazos en el cuerpo y en la cara. Después, cogió un cuchillo y lo clavó en el colchón, en la pared y en el armario. Mientras, gritaba: "Eres una blanca de mierda, yo soy un negro y no tengo miedo a la policía. Te mataré". Fue condenado a 16 meses de cárcel por lesiones y amenazas en noviembre de 2007. Y los jueces dictaminaron que no podría acercarse a Eva en un año y nueve meses.
Pero se acercó. Porque ella quiso. Casi de inmediato, después de la condena, la pareja reanudó la convivencia. Meses después, los vecinos oyeron gritos en la casa, en un pueblo de Tarragona, y llamaron a los Mossos d'Esquadra. Descubrieron que la orden de alejamiento no se cumplía y a él lo condenaron por quebrantar la condena. Magatte apeló.
Eva pide a la justicia que le deje vivir con su agresor. No entiende que el Estado se meta en su vida. Dice que es una "víctima" de la normativa penal. Las leyes obligan a que en todas las sentencias por maltrato se imponga una pena de alejamiento. Varios jueces han presentado cuestiones de constitucionalidad por este artículo del Código Penal (el 57.2) y la Audiencia de Tarragona ha llevado el caso de Eva y Magatte al Tribunal de la UE. Los magistrados tarraconenses creen que la ley es contraria al derecho comunitario en su principio "al respeto de su vida privada y familiar".
No es una cuestión fácil de resolver. ¿Se debe proteger a las víctimas contra su voluntad? Por un lado está el derecho de cualquiera a hacer con su vida lo que le venga en gana, incluso si eso conlleva ponerse en riesgo. Pero, por otro, ¿qué ocurre si la mujer muere o es gravemente agredida? ¿Quién es el responsable? ¿Ella? ¿El Estado por no haberla protegido? ¿Deben tener los jueces capacidad para decidir lo más conveniente o se les debe obligar a que impongan el alejamiento en todas y cada una de las sentencias?
El Código Penal se reformó en 2003 para establecer el alejamiento obligatorio para la violencia machista y doméstica, cuando gobernaba el PP -dos años antes de que se aprobara la Ley de Violencia de Género-. Antes de esa fecha, eran los jueces los que tenían la última palabra. El Gobierno baraja la posibilidad de modificar la ley para que los jueces puedan volver a decidir, pero no hay ninguna decisión tomada. En el Ministerio de Igualdad estudian la cuestión. Pero tardan en decidir. Ya en febrero de 2006 el entonces ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, anunció que el Ejecutivo estaba "dispuesto a contemplar" que el alejamiento fuera una pena "flexible".
Juzgados y Audiencias Provinciales han presentado, desde 2005, una veintena de cuestiones de constitucionalidad por este artículo del Código Penal, pero el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado. Hay consenso dentro de la judicatura sobre la conveniencia de la reforma. Los magistrados entienden que hay casos de maltrato leve y puntual, sin riesgo de reincidencia, en los que no tiene sentido impedir a la mujer volver con su pareja si ese es su deseo. En este sentido, se pronunció el grupo de expertos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en abril de 2006. Añadieron que si la ley no se modifica y tienen que imponer el alejamiento en todos los casos, al menos se les debería permitir poder dejar en suspenso la medida.
Por otro lado, los jueces dicen que las razones que llevaron a que se impusiera esa norma ya no existen. "Las órdenes de alejamiento se introdujeron en la legislación en 1999", explica la presidenta del Observatorio de Violencia de Género del CGPJ, Inmaculada Montalbán. "Se establecieron como pena obligatoria para los casos de violencia de género y doméstica en 2003 porque, al ser una pena tan reciente, los jueces no estaban acostumbrados a imponerla y la usaban poco. Pero ya ha cambiado la cultura de los jueces. El alejamiento está normalizado y no existe ese riesgo".
Algunas asociaciones de mujeres no están de acuerdo. "Los jueces son todavía precavidos a la hora de dictar medidas de alejamiento", señala Consuelo Abril, presidenta de la Comisión de investigación de Malos Tratos a Mujeres. "Poner esta decisión de nuevo en sus manos sería un retroceso. Los procedimientos penales son muy rápidos y el juez apenas tiene tiempo para ver cada caso. Por otro lado, la mujer maltratada no tiene capacidad para saber si está en riesgo. Lo que dice puede tenerse en consideración, pero ella está dentro del ciclo de la violencia y percibe el peligro que corre. En el caso de Eva, no creo que se pueda confiar en alguien que te ha pegado puñetazos y te ha amenazado de muerte".
Este último argumento lleva a la cuestión más peliaguda. Si se reformara la ley y se dejara la decisión en manos del juez, ¿debe protegerse a una mujer en contra de su deseo si se percibe que está en riesgo? La Audiencia Provincial de Valladolid, uno de los tribunales que ha acudido al Constitucional, consideró que cuando el alejamiento se impone contra la voluntad de la víctima "se atenta contra su dignidad y contra su derecho a decidir libremente con quién quiere compartir su vida".
El magistrado Ramón Sáez, que también ha cuestionado la constitucionalidad de este artículo, pregunta al alto tribunal si los poderes públicos tienen el derecho de separar a cónyuges y convivientes. Dice que, con esta medida, "la mujer pasa de estar sometida al maltratador a estarlo al Estado" y que "imponerle una medida de protección que ella no desea es persistir en el mito de que es incapaz de decidir por sí misma". "Al no distinguir los supuestos de riesgo de otros en los que no hay un pronóstico de peligrosidad, se impone a la mujer una solución única y se le confisca la posibilidad de optar. Además, identifica su comportamiento como un fenómeno patológico, al presentar su decisión de mantener la convivencia con su pareja como algo extraño y morboso".
En uno de los casos que juzgó Sáez, un chico le había tirado una grapadora a su novia y le había provocado un hematoma. Ella le denunció pero continuaron viviendo juntos. La Fiscalía, que apoyó la cuestión de constitucionalidad, criticó el alejamiento obligatorio porque eliminaba "para los supuestos puntuales, ocasionales y de escasa gravedad, cualquier posibilidad de reconciliación o reparación extrajudicial".
Los jueces piden que les dejen usar su sentido común. "En los casos graves, el Estado estaría haciendo dejación de funciones si no dicta una orden de alejamiento aunque la mujer no lo desee", señala la magistrada Montalbán. "Pero en estos otros casos leves, debería dejarse al juez que decida, apoyado por informes técnicos que determinen que la voluntad de la mujer no está viciada y que no hay riesgo de reiteración delictiva". "El alejamiento obligatorio es ineficaz", señala Ramón Sáez. "Las parejas vuelven a vivir juntas diga lo que diga el Estado. Una pena de estas características está abocada al fracaso".
- Eva C. R., víctima de malos tratos que quiere vivir con su pareja: "Aquella agresión está superada. No le dejaré porque lo diga un juez"
- El País, 2009-10-08 # Ferran Balsells
Eva, de 45 años, mantiene una desconfianza perpetua al otro lado del teléfono. Antes se ha negado a charlar en persona, a que le tomen fotografías, a revelar su apellido y a que la entrevista arroje una sola pista sobre su localización. La mujer fue víctima de malos tratos hace dos años y desde entonces está empeñada en convivir con su agresor. Esta aparente contradicción, poco aceptada en la arena pública, explica parte de su secretismo. Hay más: ni su familia conoce su situación.
El temor a ser descubierta no le resta claridad a su argumentación, que desconcertó a la Audiencia de Tarragona, encargada de decidir sobre el recurso interpuesto por la mujer para anular la condena a su agresor por quebrantar la orden de alejamiento. Esta instancia judicial optó por elevar el caso al Tribunal de Justicia de la UE. Los magistrados dicen de ella que habló "en condiciones de plena autonomía personal, independencia económica, con competencia cultural y social, sin atisbo alguno de presión psicológica o rasgos de sumisión". "Mi pareja y yo terminaremos juntos", asegura Eva.
Pregunta. Su pareja le pegó, amenazó con matarla mientras clavaba un cuchillo en el colchón a pocos centímetros de donde yacía usted. ¿Por qué está en contra de la sentencia que impide que esa agresión vuelva a suceder?Respuesta. Ocurrió sólo una vez. Desde entonces hemos trabajado mucho para rehabilitarnos. Estos años han sido una lucha para arreglar lo que no funcionaba. ¿Qué pasa con ese proceso tan duro? La ley no lo tiene en cuenta. La relación volvía a ser buena y nos obligan a separarnos.
P. Usted le denunció.R. Estaba alucinada, no esperaba nada así. Él pasaba por apuros económicos, tenía problemas con la bebida. Luego le dejé muy claro que debía resolverlo si creía en nosotros, y reaccionó. Nos ha costado más de un año pero ha dejado el alcohol, nos hemos mudado de ciudad y empezamos de nuevo. Se equivocó.
P. La condena siempre implica la orden de alejamiento.R. De saber que se impondría ese alejamiento no le habría denunciado. Cuando lo supe intenté retirar la denuncia pero el fiscal siguió adelante en contra de mi voluntad. No estoy diciendo que mi pareja hiciera lo correcto. Pero cuando amas a una persona es muy duro que un juez te diga: ya está, no la verás nunca más.
P. Por eso pidió a su pareja que volviera a vivir con usted.R. Había algo que me decía que debía seguir con él y nos impusimos ciertas condiciones que hemos ido cumpliendo. No le dejaré porque lo diga un juez. Aquella agresión está superada.
P. El episodio fue muy contundente. ¿Cómo se supera algo así?R. Sí, no fue ninguna tontería. Muchas veces he estado al borde de abandonar, me veía incapaz de afrontarlo y le tenía miedo. Pasamos unos meses separados. Pero si nos queríamos debíamos agarrar el toro por los cuernos, resolver ciertas cosas para poder vivir juntos. Hemos asistido a psicólogos, realizado terapias.
P. Parece muy segura de que no volverá a ocurrir.R. Si mi pareja no hubiera realizado todo este proceso tarde o temprano habría vuelto a pegar a otra mujer. Si hubiéramos cumplido la condena de alejamiento y el mantuviera sus problemas con el alcohol sí tendría motivos para tener miedo. Ya no. Él es muy consciente de que debe pagar por lo que me hizo. Pero nadie puede imponernos esto: no podemos vernos ni hablar hasta 2012. No importa, cuando haya cumplido la condena volveremos a estar juntos. Lo tengo clarísimo.
P. El día que se conoció su caso muchos lectores comentaron en Internet que usted podría ser la próxima víctima mortal por violencia de género.R. Es lo mismo que me dijo el fiscal, pero no soy idiota. Si mi pareja no hubiera cambiado jamás habría seguido adelante. Es un problema grave, pero cada caso es único. Una orden de alejamiento sólo alarga el problema y alimenta odios. Esta medida tampoco ha repercutido en un descenso de las mujeres fallecidas. Tal vez deba haber un alejamiento durante cierto tiempo pero la ley por sí sola no resuelve nada.
P. La policía supo que ustedes rompieron la orden de alejamiento porque los vecinos alertaron de discusiones en su domicilio.R. Tuvimos muy mala suerte. Por culpa de mi trabajo me había tomado dos pastillas para dormir y él se había olvidado las llaves de casa. Golpeó la puerta y gritó para despertarme. Alguien avisó a la policía y cuando llegaron yo ya estaba durmiendo otra vez.
P. Si ahora vuelven a romper la orden de alejamiento su pareja podría acabar en la cárcel por reincidencia. ¿Mantienen algún contacto?R. No puedo contestar a esta pregunta.