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2009/12/09

> Berria: Eskubideak > LA NENA ACONSEJA A LOS GITANOS QUE INSCRIBAN SU UNION EN EL REGISTRO CIVIL

  • 'La Nena' aconseja a los gitanos que inscriban su unión en el Registro Civil
  • El Tribunal de Estrasburgo ha reconocido los 29 años que vivió con su marido y condena a España a pagar 70.000 euros
  • Público, 2009-12-09 # EFE . Madrid
María Luisa Muñoz Díaz, la mujer de etnia gitana apodada La Nena a la que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dado la razón sobre el cobro de la pensión de viudedad, ha aconsejado hoy a todos los gitanos y gitanas que inscriban su unión en el Registro Civil después de casarse por el rito gitano.

Así lo ha manifestado María Luisa en una rueda de prensa en la que sus abogados y representantes de la comunidad gitana han valorado la sentencia del Tribunal de Estrasburgo, que condenó ayer a España a abonar 75.412,56 euros a esta mujer, que reclamaba una pensión de viudedad desde que murió su marido en el año 2000.

La demandante se casó por el rito gitano en 1971 y sus seis hijos aparecían en la cartilla de la Seguridad Social, el Libro de Familia y en el reconocimiento de familia numerosa. En 2000 falleció su esposo, que había cotizado durante 19 años y un año después el Instituto Nacional de la Seguridad Social rechazó su solicitud de pensión de viudedad.

"Como un ocho de contenta"
La Nena, que ha manifestado sentirse "como un ocho de contenta", ha dicho comprender a los gitanos que no quieren inscribir su unión en el Registro porque "para nosotros nuestro matrimonio es legal", pero les ha aconsejado que realicen ese trámite "para beneficiarse en el futuro", al igual que ya han hecho sus hijos.

En el mismo sentido, el presidente de la Unión Romaní España, Juan de Dios Ramírez-Heredia, ha pedido a la comunidad gitana española que acepte las leyes y les ha recomendado que cuando decidan vivir juntos "luego vayan al Registro Civil".

"Creemos que debemos regirnos por las mismas leyes que el resto de españoles", ha dicho Ramírez-Heredia, quien ha querido dejar claro que "cuando una pareja gitana se acerca al Registro Civil no es para casarse, porque ya está casada, sino para cumplir un trámite". Respecto al valor de la sentencia ha destacado que "es el día más importante para la comunidad gitana española y europea desde hace muchos siglos".

Identidad y valores gitanos
Por su parte, el presidente de la Fundación Secretariado Gitano, Isidro Rodríguez, ha considerado que el fallo del Tribunal de Estrasburgo supone una "llamada de atención" a la Administración y a la Justicia españolas para que reconozcan la identidad y los valores de los gitanos al aplicar las normas. A su juicio, la sentencia recoge que la unión de María Luisa Muñoz era "un matrimonio de buena fe", lo que no significa que el matrimonio por el rito gitano tenga efectos civiles.

Sebastián Sánchez, uno de los abogados que ha llevado el caso, ha calificado la sentencia de "histórica" y ha considerado que va a crear jurisprudencia en el sentido de que "cualquier gitano de cualquier país europeo sabe que puede acudir a un tribunal sensible a las minorías y a sus reivindicaciones". Sánchez ha precisado que el fallo reconoce el derecho de María Luisa a cobrar la pensión con efectos retroactivos desde el fallecimiento de su pareja.

La Nena ha dado las gracias a sus abogados y a los periodistas, que "habéis sido chachipiruli", y ha dicho que el dinero le va a servir para "tapar agujeros o cráteres", pero que va a seguir trabajando en su puesto de flores. El Ministerio de Trabajo e Inmigración ha recordado en un comunicado que María Luisa Muñoz cobra la pensión de viudedad como pareja de hecho desde el 1 de enero de 2007 como el resto de la ciudadanía en su misma situación.

Trabajo asegura que ya cobraba una pensión
El Ministerio de Trabajo e Inmigración afirmó este miércoles que La Nena recibe una pensión de viudedad desde el 1 de enero de 2007 porque la prestación está reconocida para las parejas de hecho "con independencia del rito" con que hayan practicado su unión.

Trabajo explica que en la legislación española los matrimonios distintos del civil y celebrados por otra clase de ritos no producen efectos civiles, a excepción de aquéllos que tienen lugar en alguna de las formas religiosas aceptadas expresamente por el Estado y por tanto inscritos en el Registro.

En su caso, La Nena se benefició de la Ley 40/2007 de Medidas en Materia de Seguridad Social, que entró en vigor el 1 de enero de 2008 para reconocer la pensión de viudedad en parejas de hecho. La norma estableció de forma excepcional la posibilidad de recibir la prestación reconocida con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2007.

María Luisa Muñoz, que para entonces ya estaba inmersa en el procedimiento judicial de reivindicación de la pensión de viudedad, se acogió a esta excepcionalidad "por lo que desde el 1 de enero de 2007 recibe la prestación como el resto de ciudadanía en su misma situación", informó Trabajo.

2009/11/13

> Berria: Trans > INDIA: LAS PERSONAS TRANSEXUALES E INTERSEXUALES PODRAN IDENTIFICARSE COMO UN "TERCER SEXO"

  • Las personas transexuales e intersexuales de la India podrán identificarse como un “tercer sexo” en los formularios de voto
  • Dos Manzanas, 2009-11-13 # Flick
Las personas transexuales e intersexuales de la India podrán elegir identificarse como una categoría separada de los sexos masculino y femenino en los formularios de registro electoral, un documento de gran importancia en un país como India, de más mil millones de habitantes, con dificultades para censar a su población y que exige el registro oficial como votante para poder ejercer ese derecho.

La categoría “O” (”others”) se añadirá de esa forma a la documentación electoral. La elección de esa tercera categoría será voluntaria.

Se trata de una decisión que cabe entender en el contexto de tradiciones culturales como la india o la pakistaní, que recogen la figura de los “eunucos”, personas que desempeñan un rol de género distinto a los tradicionales masculino y femenino. En la actualidad el término designa fundamentalmente a mujeres transexuales, la mayoría de las cuales son discriminadas y se ven obligadas a vivir en la marginalidad. Hace unos meses dosmanzanas se hacía eco, precisamente, de una decisión de la Corte Suprema de Pakistán que suponía un cierto reconocimiento legal de dicha realidad.

2009/11/10

> Berria: Bestelakoak > UN REGISTRO EVITARA LA DONACION SIN CONTROL DE SEMEN Y OVULOS

  • Un registro evitará la donación sin control de semen y óvulos
  • Sanidad tarda dos décadas en garantizar que un mismo donante no tenga más de seis hijos. Es una exigencia legal para frenar la endogamia y el negocio. La base de datos conectará en tiempo real los archivos de las clínicas
  • El País, 2009-11-10 # Jaime Prats . Valencia
En España no hay forma de saber cuántos hijos puede tener un mismo donante de semen. En teoría no podrían ser más de seis, según estableció la ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida de 1988. Pero desde entonces no se ha desarrollado ningún instrumento para supervisar que este aspecto de la norma se cumple.

El límite de los seis bebés nacidos por donante (de espermatozoides o de ovocitos) se fijó para evitar problemas de consanguinidad, aunque especialistas como Mark Grossmann, presidente de la Asociación para el Estudio de la Biología de la Reproducción, creen que esta limitación ha quedado obsoleta por la movilidad de la población. Este listón también pretende evitar un exceso de donación de óvulos por parte de una misma mujer, una práctica que se compensa con 900 euros, frente a los 50 o 60 en el caso de los varones. La extracción de ovocitos es molesta, requiere medicación, anestesia y comporta ciertos riesgos, por lo que "no es razonable que una mujer pueda donar en exceso", indica Grossmann, que codirige el departamento de embriología del Centro Médico Teknon de Barcelona.

Para poder garantizar que con el semen, los óvulos o los embriones de unos mismos donantes no nazcan más de seis bebés mediante procesos de fecundación asistida el Ministerio de Sanidad está preparando un registro nacional de donantes de gametos (semen y óvulos) y preembriones que pretende tener operativo a finales de año o, como muy tarde en la próxima primavera, según apuntó ayer a este diario Augusto Silva, director general de Terapias Avanzadas y Trasplantes del ministerio. Pero, además, esta base de datos será muy útil para saber "de dónde vienen y a dónde van las células [espermatozoides u óvulos] congeladas", como apunta Grossmann, que ha tenido acceso al borrador de una de las primeras versiones que se presentó en la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, de la que es miembro. De esta forma, el registro permitirá tener perfectamente identificados tanto los donantes como el destino de sus muestras biológicas, incluidos los preembriones, de los que se desconoce con detalle el número que puede haber congelados en los tanques de las distintas clínicas de reproducción asistida.

El registro se ha convertido en una tarea pendiente que los sucesivos titulares de la cartera de Sanidad han arrastrado desde hace 21 años. Ni siquiera con la aprobación de la nueva ley de reproducción asistida de 2006 se puso en marcha esta base de datos, a pesar de repetidos intentos. Lo más parecido que existe son los archivos que cuentan los centros de reproducción asistida. Cada una de estas clínicas guarda información de sus propios donantes, de forma que pueden controlar cuándo uno de ellos ha concebido a seis hijos y, por ello, ha de prescindir de sus muestras. Pero estas personas pueden acudir a otras clínicas y seguir teniendo descendencia, sin que exista la posibilidad de cruzar estos datos.

El proyecto de Sanidad descansa sobre dos pilares. Por un lado, un real decreto, del que ya existe un borrador, que detallará la información que deberá registrarse, como los nombres y apellidos del donante, el número de muestras que se almacenan de cada uno de ellos y su descendencia, además de características genéticas o clínicas. Sin embargo, el elemento clave para la operatividad de la medida es el diseño de una plataforma informática que permita compartir toda esta información en tiempo real entre las clínicas. "La idea es contar con un sistema piramidal, de forma que los centros de reproducción comuniquen la información a las comunidades autónomas, y éstas al ministerio", comenta Grossmann.

El ministerio tampoco tenía opción a retrasar mucho más el desarrollo de estas medidas. Una directiva exige la identificación estricta de todo tipo de muestras biológicas para poder permitir su libre tránsito a través de los territorios de la Unión Europea sin que existan problemas de trazabilidad y correr el riesgo de perderles la pista. Debido a la falta del registro y de estos controles, "ahora se da la circunstancia de que, por ejemplo, podemos traer semen de Bélgica pero no podemos enviarlo", apunta Grossmann.

A esta base de datos solo tendrán acceso las clínicas y las distintas administraciones (la autonómica, sobre la que descansan las competencias sanitarias, y la estatal). La norma no contempla que los hijos nacidos de estas muestras puedan acceder a la identidad de sus padres biológicos. Como en el caso de los órganos para trasplante, el sistema español es extraordinariamente garantista en lo que se refiere a la confidencialidad de los donantes. No sucede lo mismo en otros países europeos. En Gran Bretaña, por ejemplo, la ley permite a los nacidos mediante estas técnicas saber quién es su padre o madre biológico. Esta circunstancia unida a las limitaciones que existen en países como Italia, donde la donación de gametos está prohibida, han convertido a España en un país muy atractivo para personas de otros países que desean someterse a una fecundación in vitro.

21 años de espera
- La ley 35 / 1988 sobre Técnicas de Reproducción asistida establece en su disposición adicional tercera: El Gobierno, en el plazo de un año contado a partir de la promulgación de la ley, regulará la creación y organización de un registro nacional informatizado de donantes de gametos y preembriones con fines de reproducción humana con las garantías precisas de secreto y en forma de clave.
- La Ley 14 / 2006 que sustituye a la de 1988 recoge de nuevo el registro aunque no fija plazos.

2009/10/30

> Berria: Hiesa > KENIA REALIZARA UN CENSO DE HOMOSEXUALES, DELITO CASTIGADO CON LA CARCEL, "PARA EVITAR LA DIFUSION DEL SIDA"

  • Kenia realizará un censo de homosexuales, delito castigado con la cárcel, para evitar la difusión del sida
  • Europa Press, 2009-10-30
El Gobierno de Kenia va a realizar un censo para registrar a la población homosexual en un esfuerzo para aumentar la lucha contra la expansión del sida, a pesar de que la homosexualidad es un delito castigado por la ley en este país africano, lo que aumenta los temores por esta nueva medida.

El director del programa de prevención del sida en Kenia, Nicholas Muraguri, declaró a la BBC que es vital que el Gobierno pueda llegar hasta la comunidad homosexual, puesto que, aseguró, este sector de la población no tiene información sobre la enfermedad.

Mientras, los analistas aseguran que muchos homosexuales temerán revelar su tendencia sexual en un país donde la homosexualidad está castigada con penas de hasta 14 años de cárcel. Aunque Muraguri reconoció que era poco probable conseguir un recuento exacto, aseguró que tener una idea más clara del número de personas homosexuales supondrá una gran ayuda para realizar intervenciones directas como la distribución de profilácticos.

Asimismo, explicó que este registro implicará que los homosexuales varones identifiquen, a su vez, a otros, y que haya responsables sanitarios realizando pruebas del sida y dando información sobre relaciones sexuales seguras. "Los kenianos no pueden permitirse decir que la comunidad homosexual está aislada en una esquina, forman parte de nuestras vidas", aseguró Muraguri.

"Este grupo debe tener información y servicios para que sepan cómo protegerse de la enfermedad y cómo evitar la infección", prosiguió. Los analistas indican que Kenia ha hecho cierto progreso en su lucha contra el sida, puesto que en la década de los noventa una de cada diez personas tenía este virus, un índice que ha descendido en la actualidad al seis por ciento.

El censo, que comenzará en junio del año que viene, será el primero de este tipo en África. Los kenianos se muestran divididos por su impacto, puesto que algunos residentes de Nairobi afirman que no creen que ayude a controlar la difusión del virus.

2009/08/19

> Berria: Trans > AUSTRALIA: DOS HOMBRES TRANSEXUALES VEN RECONOCIDO SU DERECHO A SER REGISTRADOS COMO VARONES

  • Dos hombres transexuales australianos ven reconocido su derecho a ser registrados como varones sin necesidad de cirugía genital
  • Dos Manzanas, 2009-08-19 # Flick
Los derechos de las personas transexuales siguen siendo una de las grandes asignaturas pendientes en lo que concierne a la esfera LGTB, también en países supuestamente desarrollados. Un ejemplo es la noticia que nos llega desde Australia, donde dos hombres transexuales han tenido que acudir a los tribunales para ver reconocido su derecho a ser registrados como varones debido a que no se habían sometido a cirugía de reasignación genital y conservaban todavía órganos reproductivos femeninos. Se trata, desgraciadamente, de una situación que sigue siendo la norma en buena parte de los países occidentales.

El tribunal les ha dado la razón, considerando que el hecho de que ambos hombres conservaran vagina, ovarios y útero no era motivo para denegarles el cambio de su situación registral. Su identidad de género es masculina, así como su aspecto físico (ambos han llevado a cabo tanto mastectomía como tratamiento hormonal). “Esto abre un montón de oportunidades a muchas personas que nunca antes han intentado ver su sexo legalmente reconocido porque pensaban que no sería posible”, ha declarado uno de los demandantes.

En España, la ley reguladora de la rectificación registral relativa al sexo de las personas (conocida popularmente como ley de identidad de género, término genérico que con frecuencia lleva a equívocos respecto a su contenido) sí permite a las personas transexuales corregir su situación registral sin necesidad de haber llevado a cabo cirugía de reasignación genital, aunque exige haber recibido tratamiento hormonal durante un periodo mínimo de dos años para acomodar las características físicas al sexo de que se trate (exigencia que no es necesaria si concurren razones de salud que desaconsejen el tratamiento hormonal).

2009/08/03

> Berria: Arrazakeria > AMNISTIA INTERNACIONAL DENUNCIA QUE EN ESPAÑA "EL RACISMO ES INVIISBLE" Y NO SE COMPUTA

  • Amnistía Internacional denuncia que en España "el racismo es invisible" y no se computa
  • El director de la sección española del organismo sostiene que la Administración no documenta oficialmente los incidentes racistas y xenófobos
  • El País, 2009-08-03 # Servimedia . San Lorenzo de El Escorial
El director de la sección española de Amnistía Internacional, Esteban Beltrán, ha denunciado este lunes que en España "el racismo es invisible" y que "no se documentan oficialmente" los incidentes xenófobos que se producen en el país. Beltrán ha hecho estas declaraciones en los Cursos de Verano de la Universidad Complutense en San Lorenzo de El Escorial, donde ha inaugurado el encuentro “Dignidad y Derechos Humanos. Lucha contra la Impunidad y la Pobreza”.

El director de la organización protectora de los Derechos Humanos alertó de que España "es uno de los únicos cinco países de la Unión Europea" que no dejan constancia oficial de los incidentes racistas y xenófobos que se producen en el ámbito de las escuelas, los lugares de ocio y las comisarías. Según explicó, la última vez que España informó a la Agencia Europea de Derechos Fundamentales, que se ocupa de esta cuestión, se contabilizaron oficialmente entre diez y doce casos de racismo, mientras que el Gobierno británico hablaba de 55.000 incidentes racistas.

Beltrán insiste en que "las políticas de inmigración de los sucesivos Gobiernos españoles has sido vulneratorias de Derechos Humanos y muy mal situadas en materia de racismo y xenofobia". A su juicio, el esfuerzo que se ha hecho desde la Administración ha sido el control fronterizo y no la integración. En este sentido, puso como ejemplo el caso de Mauritania, donde Amnistía Internacional ha documentado cómo las autoridades maltratan a los inmigrantes que quieren viajar a España y cómo existe una colaboración estrecha entre el Gobierno español y el mauritano para impedir la salida de los inmigrantes.

En cuanto a la crisis económica, quiso dejar constancia de la relación de este fenómeno con la inmigración. Según comentó, en momentos de recesión económica el número de inmigrantes disminuye, pero las sociedades se vuelven más ofensivas, con mayores brotes de racismo y xenofobia.

Petición a De la Vega
Por último, Beltrán se ha referido al viaje a Suramérica de la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, y ha informado de que Amnistía Internacional ha remitido una carta a De la Vega para que tenga en cuenta una agenda de Derechos Humanos en su viaje, sobre todo en Paraguay y en Colombia. En Paraguay, para que su gobierno readmita las sentencias de la Cumbre Interoamericana que desalojó a la fuerza a los indígenas. En el caso de Colombia, que sufre un conflicto armado, para que haga una declaración pública a favor de los defensores de los Derechos Humanos que sufren el acoso de los paramilitares de la guerrilla y del propio Gobierno colombiano.

2009/07/29

> Berria: Abortua > C. VALENCIANA: CAMPS CREARA UN REGISTRO PARA LOS ABORTOS Y LOS BEBES FALLECIDOS

  • Camps creará un registro para los abortos y los bebés fallecidos
  • La Generalitat ofrecerá la posibilidad de inscribir los muertos "prenatales". La idea se enmarca en la respuesta del PP valenciano a la reforma del aborto
  • El País, 2009-07-29 # J.P. . Valencia
La Generalitat valenciana pondrá en marcha un censo, al margen del Registro Civil y sin efectos jurídicos, en el que los padres que lo deseen podrán inscribir a bebés que hayan nacido muertos o hayan fallecido durante las primeras 24 horas. También se incluyen los fetos procedentes de abortos. Esta medida es una más de la batería de iniciativas que, bajo el paraguas del llamado Plan Más Vida, ha lanzado el presidente valenciano, Francisco Camps, en respuesta a la reforma del aborto del Gobierno. Entre sus objetivos, figura fomentar "una cultura de vida", así como proteger "la vida en formación". El eje de está política es la ley de Protección de la Maternidad, un texto basado en una iniciativa legislativa popular impulsada por grupos antiabortistas.

La posibilidad de registrar a recién nacidos fallecidos no está en dicha ley, sino en el conjunto global de medidas, como afirmaron fuentes de la Consejería de Bienestar Social, que no quisieron dar más detalles del proyecto. El titular de Bienestar Social, Juan Cotino, explicó ayer en La Razón que con esta opción se pretende "reconocer a los padres su derecho a dejar constancia de que el hijo que no ha sobrevivido era su hijo, tenía nombre, padre y madre".

La idea se limita a "humanizar el ordenamiento" ya que, según la Ley del Registro Civil, sólo se pueden registrar bebés a partir de las 24 horas de vida. La Generalitat quiere ofrecer la posibilidad a los padres de inscribir los nacimientos y fallecimientos prenatales (fetos hasta los seis meses), perinatales (a partir de los seis meses) y los recién nacidos que mueran antes de las 24 horas.

El PP intentó impulsar una iniciativa similar de ámbito estatal. El Senado la aprobó en noviembre de 2008, pero fue derrotada en el Congreso posteriormente. En cambio, la mayoría absoluta del PP en las Cortes valencianas permitió no sólo tramitar con extrema rapidez la ley de Protección de la Maternidad, sino acelerar su aprobación, a toda prisa, en el último pleno celebrado antes del verano

La norma contempla aspectos como la subvención a redes de voluntarios antiaborto que podrán albergar en sus casas a mujeres embarazadas en situación vulnerable durante la gestación y abre la posibilidad de contar con familias de acogida -remuneradas con 1.000 euros mensuales- que se presten a tener en casa a estas embarazadas hasta un año y medio después de dar a luz. La ley prevé también la creación de tres centros de atención a la maternidad -uno por provincia- cuya función será "informar a las embarazadas". Computa el feto en gestación como un hijo más a efectos de prestaciones y servicios de la Generalitat (reconocimiento de familia numerosa, beneficios fiscales autonómicos).

Cotino, en quien Camps ha delegado la coordinación de la política social de la Generalitat, pretende que todas las medidas del programa Más Vida estén en marcha el próximo marzo. De momento, ya ha comenzado a conceder fondos a entidades antiabortistas. En abril, el Gobierno valenciano publicó una orden de ayudas de 100.000 euros destinadas a organizaciones que tuvieran como fin primordial entre sus estatutos "garantizar y proteger el derecho a la vida en formación, la protección a las gestantes que estén decididas a tener a su hijo, así como la protección a la familia". También a las asociaciones que trabajen en "la creación de una cultura de la vida o que se pueda desprender de su actuación general que dichas acciones están entre sus fines".

2009/07/15

> Berria: Hiesa > EL REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS INFECTADAS POR VIH ESTARA LISTO DENTRO DE UN AÑO

  • El registro nacional de infectados por VIH estará listo dentro de un año
  • Siete comunidades han entregado ya sus datos al Plan Nacional sobre el Sida
  • El País, 2009-07-15 # Cristina Castro . Santander
Diez años después de que se aprobara su creación, será el año que viene cuando el Sistema de Información sobre Nuevas Infecciones por el VIH -un registro con los diagnósticos de las personas infectadas con el virus del sida- pueda contar con los datos de todas las comunidades autónomas. La secretaria del Plan Nacional sobre el Sida, Teresa Robledo, ha afirmado este miércoles que siete comunidades y una ciudad autónoma han aportado ya sus datos, pero que el año que viene ya contará con la información de "todo el territorio nacional".

Robledo ha resaltado que es necesario disponer "definitivamente" de este registro, que ha estado atascado durante años por las reclamaciones de ONG que criticaban que no garantizaba el anonimato de los afectados. En el encuentro Sida y Salud Pública en el siglo XXI, celebrado en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo de Santander, Robledo ha asegurado que el registro y el "fomento de la detección precoz" del sida son los ejes de la estrategia 2008-2012. En este sentido, ha destacado que es vital acelerar el diagnóstico puesto que uno de cada tres infectados no lo sabe y más de la mitad de los contagios los producen este tercio de los portadores del VIH.

El diagnóstico podrá ayudar a hacer "una fotografía" de la situación. Actualmente, el sida se contagia mayoritariamente por transmisión sexual (ocho de cada 10 nuevos casos). De ese 80%, el 45% es heterosexual y el 35% homosexual. El 16% se contagia por el uso compartido de jeringuillas.

Italia es el único país europeo que no cuenta con un sistema de notificación de casos de ámbito nacional, una herramienta que, según Robledo, servirá para "conocer qué está ocurriendo en España" y poder así "diseñar las estrategias y políticas adecuadas".

2009/07/07

> Berria: Trans > ANDREA MUÑIZ DENUNCIA QUE NO PUEDE CAMBIAR SU NOMBRE, LO QUE LE IMPIDE CASARSE

  • Transexual denuncia que no puede cambiar su nombre, lo que le impide casarse
  • ABC, 2009-07-07 # EFE . San Sebastián
La presidenta de la asociación Transexualidad-Euskadi, Andrea Muñiz, ha denunciado hoy que, frente a lo que regula la legislación, el Registro Civil de San Sebastián no cambia "de forma completa" su nombre y el sexo masculino que figuran en los archivos oficiales, lo cual asegura que le "impide" casarse.

Muñiz ha difundido hoy un comunicado que dirige también al ministro de Justicia, Francisco Caamaño, al lehendakari Patxi López, al defensor del pueblo español, Enrique Múgica, y al ararteko Íñigo Lamarca, a quienes pide que insten al Registro Civil donostiarra a que "cumpla su obligación sin más dilaciones".

A pesar de que nació varón, Muñiz es actualmente una mujer que desea casarse con su pareja, algo que le impide, según cuenta, el "limbo burocrático" en el que se halla.

Muñiz sostiene en su nota que tiene "el orgullo" de ser una de las personas que contribuyó a que se aprobara la Ley de Identidad de Género en marzo de 2007, normativa que según recuerda permite hacer los trámites necesarios para cambiar los datos relativos al nombre y al sexo de las personas en los registros oficiales.

Eso es precisamente lo que esta mujer intentó hacer cuando la Ley entró en vigor, "como otras muchas personas transexuales" en toda España.

Sin embargo, explica que su solicitud no ha sido resuelta todavía "de forma completa", ya que la nota marginal con los datos anteriores a su cambio de sexo "aún consta" en su partida literal de nacimiento.

Muñiz precisa que se trata de un documento de carácter restringido, como sucede con las partidas literales de nacimiento de personas adoptadas.

Asegura que el registro civil donostiarra "lleva 21 meses incurriendo en un delito" porque cada vez que se presenta allí para llevar a cabo este "simple trámite" le dan "largas".

Estas circunstancias "lesionan" sus derechos y le impiden, además, "contraer matrimonio de forma civil, como cualquier otra ciudadana de este país".

Muñiz atribuye esta situación al posible "conservadurismo de una parte" de la sociedad "que no puede entender que una discriminación secular y radical" hacia el colectivo transexual haya sido resuelta y "busca dificultades donde no las hay".

> Komunikatua: Transexualidad-Euskadi > COMUNICADO DE TRANSEXUALIDAD-EUSKADI DENUNCIANDO AL REGISTRO CIVIL DE DONOSTIA-SAN SEBASTIAN

  • Comunicado de TRANSEXUALIDAD-EUSKADI denunciando al Registro Civil de Donostia-San Sebastián
  • TRANSEXUALIDAD-EUSKADI, 2009-07-07 # Andrea Muñiz . Presidenta
Soy Andrea Muñiz Celestino, y tengo el orgullo de ser una de las personas que hemos contribuido a que se aprobara la Ley de Identidad de Género, el pasado1 de marzo de 2007.

En cuanto la Ley entró en vigor, presenté en el Registro Civil de Donostia-San Sebastián mi solicitud para el cambio legal de nombre y sexo, como otras muchas personas transexuales en todo el Estado Español.

A estas personas, se les resolvió inmediatamente, en cuestión de semanas, pues se trata de un simple trámite gracias a la nueva Ley. Sin embargo, mi solicitud no ha sido resuelta todavía de forma completa, ya que la nota marginal con los datos anteriores aun consta en mi Partida Literal de nacimiento; dichas partidas son de carácter restringido, al igual que las Partidas literales de nacimiento de personas adoptadas, por lo tanto el Registro Civil de San Sebastián, lleva 21 meses incurriendo en un delito; cada vez que me presento en dicho Registro Civil, se me dan largas, las cuales me encuentro en un “limbo burocrático”, que me impide contraer matrimonio de forma civil, como cualquier otra ciudadana de este país.

Preguntándome por la causa de esta actitud, me respondo que puede estar en el conservadurismo de fondo de una parte de nuestra sociedad, que no puede entender que una discriminación secular y radical hacia nuestro colectivo haya sido radicalmente resuelta y busca dificultades donde no las hay.

Por todo ello, dirijo públicamente este escrito al Ministro de Justicia, Sr. Don Francisco Caamaño, al Lehendakari, Sr. Don Patxi López, al Defensor del Pueblo español, el Sr. Don Enrique Múgica Herzog, y al Ararteko-Defensor del Pueblo vasco, el Sr. Iñigo Lamarca Iturbe, para que insten al Registro Civil de Donostia-San Sebastián a que cumpla con su obligación sin más dilaciones que lesionan mis derechos.

Dirijo también este comunicado a todos los medios, con el fin de sensibilizar a quienes tienen el deber de atenderme.

2009/06/26

> Komunikatua: FELGTB > LA FELGTB EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE LEGALICE LA SITUACION DE BEBES POR VIENTRE SUBROGADO

  • La FELGTB exige al Ministerio de Justicia que legalice la situación de bebés por vientre subrogado
  • Ante la negativa de Inocencio Arias de inscribir a los hijos de dos parejas homosexuales
  • El cónsul español en Los Ángeles no inscribe a los hijos de dos parejas gays españolas cuestionando una resolución de la Dirección de Registros y Notariado
  • FELGTB, 2009-06-26
Inocencio Arias, cónsul de España en Los Ángeles (California), desde sus competencias meramente administrativas, está, por un lado, retrasando las peticiones de filiación de dos parejas de homosexuales de sus hijas nacidas en Estados Unidos por vientre subrogado, para acabar negándolas. La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, FELG TB, entiende que la negación de la nacionalidad a hijos e hijas de españoles incumple el principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución.

“La desprotección legal en la que este consultado está dejando a estas menores, al negarles los derechos de ciudadanía que tenemos el resto de los españoles, no tiene justificación”, ha destacado Antonio Poveda, presidente de la FELG TB. La Dirección General de Registros y Notariado dictó una resolución en febrero que establecía que los encargados de los registros tenían la obligación de realizar la inscripción de menores que nacen de vientre subrogado, y resolver cualquier duda que les surja impugnándolo ante un juez, no negando su ciudadanía.

Luisa Notario, vocal de Diversidad de la Federación, ha resaltado que “Inocencio Arias no puede negarse a hacer una inscripción absolutamente legal y válida en Estados Unidos porque tenga dudas respecto a ley de reproducción asistida porque estos padres sólo quieren inscribir a sus hijas, no hay más”.

La FELGTB además exige al Ministerio de Justicia y el Ministerio de Asuntos Exteriores que tome cartas en el asunto y que regularice inmediatamente la situación de estas niñas dejando claro de nuevo que la resolución de la Dirección General obliga a los consulados a realizar las filiaciones dentro de sus competencias administrativas, que no judiciales.

2009/03/14

> Erreportajea: Eskubideak > LAS NUEVAS FAMILIAS SE ADELANTAN A LAS LEYES

  • Las nuevas familias se adelantan a las leyes
  • Varias parejas homosexuales empujan cambios en la normativa sobre los derechos parentales
  • Público, 2009-03-14 # Patricia Rafael • Madrid
La reforma de 2005 del Código Civil que reguló los matrimonios entre personas homosexuales colocó a España en los primeros puestos mundiales en la igualdad de derechos. Sin embargo, los legisladores no tuvieron en cuenta que esa reforma afectaba a otras tantas normativas, que a su vez frustraban a una parte de la ciudadanía sus deseos de ser padres y madres en igualdad de derechos. Esos derechos los recoge de forma clara el artículo 14 de la Constitución: "Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

En ocasiones, este principio ha sido olvidado por las instituciones y han sido los propios ciudadanos los que han tenidos que recordarlo. Los afectados han propiciado así cambios legislativos, administrativos y resoluciones que no dejen resquicio ni a la duda, ni a la doble interpretación.

Pioneros
El caso más reciente, conocido esta semana, viene de la mano de la Dirección General de Registros y del Notariado (dependiente del Ministerio de Justicia), que ha permitido a un matrimonio de gays inscribir a sus hijos nacidos de un vientre de alquiler en Estados Unidos, una práctica prohibida en España por la Ley de Reproducción Asistida.

Con la resolución, que apela entre otros fundamentos, al interés del menor y al artículo 14 de la Carta Magna, Justicia rectifica su negativa anterior que llegó a acusar a los padres de un fraude de ley. "En España, están prohibidos los vientres de alquiler, pero no en EEUU, y para este caso ya había un precedente con la baronesa Thyssen, que tuvo dos hijos de una madre de alquiler. Lo que ha ocurrido en este caso es que los padres eran dos hombres, ya que, si se hubiera presentado sólo uno de los dos en el Consulado, no hubiera habido problemas", explica la profesora de Derecho Internacional Privado de la Universidad Complutense, Elena Artuch.

La discriminación también era el motivo de la consulta que una pareja de lesbianas envió en junio pasado al blog de la ministra de Igualdad, Bibiana Aído. Las mujeres alertaban de un vacío legal en la Ley de Reproducción Asistida. La normativa, aprobada un año después de que se diera el visto bueno al matrimonio homosexual, exige que la donación de gametos (espermatozoides u óvulos) sea anónima. Con una excepción: cuando se utilice semen del marido de la mujer en cuyo útero se implanta el óvulo fecundado. La palabra marido era el problema, pero la Comisión de Bioética del Ministerio de Sanidad resolvió que si la ley autoriza la donación entre parejas heterosexuales, también debe ser así entre las homosexuales.

Como dice Artuch, "una vez más, el Derecho ha ido por detrás de la vida". En esta ocasión, para mostrar la realidad de otras familias que tan sólo reivindican su derecho a formar una familia.

Sacadudas: Derechos amparados por el Estado
¿Pueden los homosexuales adoptar hijos en España? Sí. Así lo recoge el Código Civil tras la reforma de 2005 que regularizó el matrimonio entre homosexuales. Según explica la profesora de Derecho Privado Internacional de la Universidad Complutense de Madrid, Elena Artuch, la normativa equipara sus derechos a los de los heterosexuales, que además están amparados por el artículo 14 de la Constitución.

¿Y pueden en el extranjero? Prácticamente es imposible. Según señalan varias agencias que tramitan adopciones en el extranjero, como son países de la Europa del Este o de Asia, estos Estados lo tienen prohibido. En China, incluso, llegan a exigir que las parejas solteras que solicitan adoptar un niño firmen ante notario que no son homosexuales.

¿Qué aprobó la Comisión Nacional de Reproducción Asistida? El órgano consultivo dependiente del Ministerio de Sanidad dejó claro en un dictamen emitido el pasado diciembre que las parejas de mujeres homosexuales pueden usar las técnicas de fertilidad en igualdad de condiciones que las parejas de heterosexuales. La Ley de Reproducción Asistida, aprobada en 2006, exige que la donación de gametos sea anónima, con la única excepción de si se trata de esperma del marido. La resolución de la Comisión no deja ahora lugar a dudas.

¿El dictamen cambiará la normativa? Tras la resolución de la Comisión, el Gobierno tiene previsto realizar cambios en la ley que regula las técnicas de reproducción asistida. El objetivo, tal y como plantea el Ministerio de Justicia, es que no haya espacio a la interpretación. La intención es sustituir términos como marido por cónyuge varón no casado por persona no casada, o paternidad por filiación. La reforma afectará principalmente al artículo 5 de la Ley de Reproducción Asistida.

¿Es legal el uso de vientres de alquiler? No en España. La Ley de Reproducción Asistida lo prohíbe expresamente. No ocurre así en algunos estados de EE UU, así como en Reino Unido, Grecia o India. Francia prepara una legalización parcial de la práctica (prohibida también en la actualidad). Pero, según parece, el proyecto de ley que prepara el Gobierno vetará a los homosexuales el uso de la técnica y sólo estará permitido en los casos en los que la futura madre no pueda gestar a su propio bebé por motivos médicos o genéticos. Una pareja gay ha conseguido que la Justicia española le dé la razón y ha registrado a sus hijos nacidos en un vientre de alquiler en EEUU.

¿Es un precedente esta resolución? Sí. La Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, es un órgano administrativo y, como tal, su decisión sienta un precedente, tal y como reconocen en el departamento que dirige Francisco Caamaño.

¿Qué más derechos regula a ley? El artículo 7.3 de la Ley de Reproducción Asistida permite además que la filiación de un hijo conste en el Registro Civil a favor de dos mujeres.

2009/03/12

> Berria: Justizia > "ESTA BATALLA FUE FRUTO DEL MIEDO", ACLARAN LOS GAYS QUE FUERON PADRES POR VIENTRE DE ALQUILER

  • «Esta batalla fue fruto del miedo», aclaran los gays que fueron padres por vientre de alquiler
  • Avance en los derechos de los homosexuales. Uno de los progenitores, natural de Gijón, sostiene que les tocó lidiar con «la España loca por las contradicciones»
  • La Nueva España, 2009-03-12 # A. Rubiera • Gijón
«Me felicitan por haber sido un valiente y me entra la risa. En realidad toda esta batalla legal que iniciamos mi esposo y yo fue fruto del miedo». El miedo, explica José, a perder un día, por alguno de los miles de quiebros que tiene la ley y la política, lo que tanto tiempo llevaban soñando estos dos varones españoles, los primeros que ejercieron en Valencia su derecho al matrimonio homosexual: ser padres de plenos derechos.

José, gijonés de nacimiento y crianza pero afincado en Valencia desde hace años, es uno de los cuatro protagonistas de un nuevo hito en la historia de los derechos de los homosexuales en España. Los otros tres actores principales son su esposo, Juan, y sus dos hijos mellizos, de poco más de cuatro meses, fruto de una gestación de sustitución que es como se conoce en versión formal a la modalidad de «vientre de alquiler», legal en EE UU pero no así en España. Su éxito ha sido el de haber logrado que la Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, autorice la inscripción en el Registro Civil español de los niños, siempre a través del Consulado de Los Ángeles, que fue el lugar de nacimiento de los mellizos.

Ese reconocimiento supone que en el libro de familia constarán expresamente como hijos de José y de Juan, dos varones, sin subterfugios como los que hasta ahora venían utilizando otras parejas en situación similar. Esa posibilidad de registro está en cuestión debido a que la legislación española no reconoce la relación paterno-filial al considerar ilegal la participación de una madre de alquiler en una gestación.

Ante la negativa rotunda del Consulado español en Los Ángeles -cuyo titular es Inocencio Arias-, a inscribir a los niños como sus hijos, los padres aseguraron una primera inscripción en el Registro Civil estadounidense, pero siguieron peleando lo que consideraban su derecho: ser los orgullosos progenitores de dos niños españoles, con su libro de familia en regla, sin que fuesen considerados unos «apátridas», ni estar pendientes de una hipotética expulsión del territorio pasado el tiempo legal de estancia de los «sin papeles».

La inscripción registral, que ayer mismo les comunicó el Consulado que estaba autorizada, se hace por «interés superior de los menores», según ha invocado la Dirección General de los Registros. A ese interés general José añade otro más práctico: «el intento de evitar un grave conflicto internacional si España se negase a validar los reglamentos y documentos oficiales que emite EE UU; porque ellos podrían empezar a hacer lo mismo con las legislaciones españolas». José sostiene que, si bien nunca pensó que su horizonte como miembro de un matrimonio homosexual estuviera del todo despejado, «nunca imaginé que el camino iba a estar lleno de tantas piedras». Asume que a su familia le ha tocado lidiar con «la España loca de las contradicciones» y, también, con «lastres franquista que aún plagan los estamentos judiciales. Esa regeneración de la Justicia es la que aún le queda pendiente a la democracia en este país». A ellos les queda pelear por unos permisos de paternidad que el INSS valenciano les denegó.

> Komunikatua: FELGTB > UNA GUIA DE LA FELGTB EXPONE LOS DERECHOS DE FILIACION DE LAS MADRES LESBIANAS Y BISEXUALES

  • Una guía de la FELGTB expone los derechos de filiación de las madres lesbianas y bisexuales
  • Dos mujeres casadas tienen el derecho de inscribir el nacimiento de su bebé como hijo/a de ambas, pero algunos Registros ponen trabas
  • FELGTB, 2009-03-12
La FELGTB ha preparado una guía de buenas prácticas en la aplicación de modificación de la ley 14/2006 que permite la filiación automática de las y los recién nacidos en el seno del matrimonio de dos mujeres. Anteriormente a esta ley, y después de la aprobación del matrimonio, los bebés debían ser adoptados por la madre no biológica pero esa modificación permite la inscripción registral desde su nacimiento como hijo o hija de ambas.

Las reiteradas quejas de usuarias de esta ley por la heterogeneidad de las demandas para llevar a cabo la filiación o por el desconocimiento o ignorancia del funcionariado que las atiende, ha llevado a la Federación a la realización de esta guía de buenas prácticas, destinada a las futuras madres y a las y los funcionarios que no conocen aún los procedimientos y exigen a las mujeres a acudir al Registro previamente al nacimiento de sus bebés o les solicitan documentación específica que se encuentra fuera de los requerimientos establecidos por la ley.

“La arbitrariedad de los Registros crea mucha inseguridad en las futuras familias y apostamos porque tengan en sus manos este documento que les sirva para conocer sus derechos y a exigirlos”, ha declarado Boti García Rodrigo, vocal de Relaciones Institucionales de la FELGTB y autora de la guía. “Y si se encuentran con algún problema, que tengan la seguridad de que éste es el proceso correcto y recurran a la Dirección General de Registros y Notariado”.

2009/03/11

> Berria: Justizia > HABLAN LOS PADRES GAYS: "NUESTRO CASO AYUDARA A OTROS HOMOSEXUALES"

  • Tras la autorización del Gobierno para registrar a los niños
  • Hablan los padres gays: 'Nuestro caso ayudará a otros homosexuales'
  • Critican las trabas administrativas para registrar a los niños. Lamentan que los homosexuales no puedan recurrir a una madre de alquiler
  • El Mundo, 2009-03-11 # Europa Press • Valencia
El matrimonio de homosexuales valencianos que ha conseguido que la Dirección General de los Registros ordene la inscripción en el Registro Civil de sus dos hijos nacidos en Estados Unidos de una madre de alquiler expresó este miércoles su satisfacción.

Esta resolución supone que se ha "abierto una puerta para defender los derechos de todas las familias" que se encuentren en la misma situación, según aseguró José, uno de los conyuges.

La pareja presentó un escrito ante el Registro Civil Consular de Los Ángeles, en Estados Unidos, para solicitar la inscripción de nacimiento de sus hijos, nacidos en San Diego (California) en octubre de 2008 mediante el método de gestación por subrogación. Esta petición fue denegada alegando que la legislación española no reconocía la relación paterno-filial al considerar ilegal la participación de una madre de alquiler.

No obstante, la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia ha emitido una resolución, con fecha de 18 de febrero, en la que argumenta para aprobar esta inscripción que el Registro de EEUU ya ha validado su registro.

José aclaró que aún no se ha producido la inscripción de los menores, puesto que ahora la pareja valenciana se ve obligada a remitir de nuevo toda la documentación al consulado en Los Ángeles para que esta entidad envíe el libro de familia con los asientos de los bebés -que la pareja logró traer a España como ciudadanos americanos- y sus certificados de nacimiento. Esta misma tarde, el matrimonio iniciará los trámites para enviar la documentación a Estados Unidos.

Trabas administrativas
Asimismo, José se congratuló de la decisión de la Dirección General aunque lamentó que llega después de una demostración de que "en el Estado español hay cosas que no son lógicas". En este punto, recordó las trabas que han padecido a pesar de que en el país está reconocido el matrimonio homosexual y que Ley de Técnicas de Reproducción Asistida admite que un nacido figure como hijo de una mujer lesbiana y de su esposa.

En este sentido, relató que a lo largo del proceso pidieron ayuda al Ministerio de Igualdad, que les dijo que no podía intervenir porque no eran mujeres, y al Defensor del Pueblo, que se la denegó por considerar que habían cometido un "fraude de ley". "Además, cómo es posible que un consulado que ese supone que está para defender los intereses de los nacionales en el extranjero vaya en nuestra contra", se preguntó.

Otro de los "problemas" a los que se enfrenta esta pareja es que, según aseguró José, no cobran su sueldo desde que pidieron la baja para cuidar a los bebés. A pesar de que le fueron concedidas las bajas de paternidad y maternidad, la dirección provincial en Valencia del Instituto Nacional de la Seguridad Social rechazó pagar estos permisos argumentando que "no está contemplado en ninguno de los supuestos de la ley", apuntó José, quien señaló que están estudiando la posibilidad de llevar a los tribunales esta decisión administrativa.

Aun así, José reiteró su "satisfacción" por que su caso "ayudará a otras parejas homosexuales". Al respecto, recordó que hay parejas gays en las que uno de los miembros lleva años intentando coadoptar al hijo de su cónyuge sin conseguirlo.

"Si muriera el padre que figura como oficial qué pasaría con los hijos", se preguntó José, quien consideró que el Estado "tendría que pensar sobre todo en el beneficio de los menores".

> Berria: Justizia > UNA PAREJA GAY CONSIGUE QUE JUSTICIA REGISTRE A SUS DOS HIJOS NACIDOS DE UNA MADRE DE ALQUILER

  • Una pareja gay consigue que Justicia registre a sus dos hijos nacidos de una madre de alquiler
  • Los niños se concibieron en California, donde el consulado español denegó su inscripción en el Registro Civil
  • ABC, 2009-03-11 # M.M. • Madrid
La Dirección General de los Registros y del Notariado ha revocado una decisión del Registro Civil consular de Los Ángeles (EE.UU.) que había denegado a una pareja de hombres españoles la inscripción de nacimiento de sus dos hijos nacidos mediante un vientre de alquiler.

Según la resolución de esta Dirección del Ministerio de Justicia, los hechos ocurrieron en 2008, cuando I.B.G y J.C.M.E, ambos ciudadanos españoles, solicitaron la inscripción de nacimiento de sus dos hijos varones nacidos en San Diego (California) y por «gestación de sustitución».

El Registro Civil consular decidió denegarles lo solicitado, con invocación de la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción asistida, que, entre otras cosas, prohíbe la «gestación de sustitución».

La ley española de Reproducción Humana Asistida establece que será «nulo de pleno derecho» cualquier acuerdo en el que se convenga la gestación, pagando o sin pagar, por parte de una mujer que renuncie a la filiación materna de esos hijos a favor de un tercero.

Según esta legislación, la filiación de esos hijos nacidos por «gestación de sustitución» será determinada por el parto. Si bien en la resolución de Justicia se reconoce la prohibición de la ley española, dicho precepto «no es aplicable al presente caso», ya que no se trata de determinar la filiación de los nacidos en California, sino de «precisar si una filiación ya determinada en virtud de certificación registral extranjera puede acceder al registro civil español».

La ley española de Reproducción Humana Asistida establece que será «nulo de pleno derecho» cualquier acuerdo en el que se convenga la gestación, pagando o sin pagar, por parte de una mujer que renuncie a la filiación materna de esos hijos a favor de un tercero.

Según los fundamentos de derecho de esta resolución, la inscripción en el registro español del nacimiento y filiación de estos dos niños, «no vulnera el orden público internacional español, ya que también en Derecho español se admite la filiación en favor de dos varones en casos de adopción, sin que quepa distinguir entre hijos adoptados e hijos naturales, ya que ambos son iguales ante la ley».

Otra de las razones por las que «no vulnera el orden público internacional español» es porque «se permite que la filiación de un hijo conste en el registro civil a favor de dos mujeres, personas del mismo sexo».

«Por esta razón, no permitir que la filiación de los nacidos conste en favor de dos varones resultaría discriminatorio por una razón de sexo, lo que está radicalmente prohibido por el artículo 14 de la Constitución Española», según el contenido de esta decisión.

Desde Justicia se señala que el interés superior del menor aconseja proceder a la inscripción en el registro (no hacerlo podría vulnerar la Convención sobre los derechos del niño) y se recuerda el derecho de los menores «a una identidad única», lo que se traduce en el derecho a disponer de una filiación única válida en varios países. Por todo ello, Justicia ordena que se proceda a la inscripción en el registro civil consular de los dos menores.

> Berria: Justizia > JUSTICIA RECTIFICA Y ACEPTA REGISTRAR A DOS HIJOS DE "MADRE DE ALQUILER"

  • Justicia rectifica y acepta registrar a dos hijos de 'madre de alquiler'
  • El País, 2009-03-11 # Emilio de Benito • Madrid
Los hijos de un matrimonio gay concebidos por un vientre de alquiler podrán ser inscritos en el Registro Civil sin que figure una madre. La resolución modifica la postura mantenida hasta ahora por el Ministerio de Justicia, y soluciona el problema legal planteado por la paternidad conseguida mediante la llamada gestación subrogada, una práctica que aunque es ilegal en España, está permitida en algunos Estados de EE UU, como California.

La situación fue planteada por un matrimonio de Valencia, José y Juan (nombres supuestos), que en octubre tuvieron dos hijos con una madre de alquiler en San Diego (California). Entonces, el consulado se negó a inscribir a los niños como hijos de ambos, a pesar de que en el certificado de nacimiento no figuraba el nombre de madre alguna, y sí se establecía que ambos eran los padres de los pequeños.

La directora general de Registros y el Notariado, Pilar Blanco- Morales, avaló entonces aquella postura: "Lo que estas parejas han hecho es un fraude de ley internacional. Ya sabían que en España esa práctica es ilegal. Ese hijo tiene una madre biológica, y eso no se puede obviar", señaló.

Pero eso fue antes de que nacieran los pequeños. Éstos llegaron en enero a España con un visado de turistas, siempre bajo el cuidado de sus padres. Y la propia Blanco-Morales, en una resolución fechada el 18 de febrero que le llegó el lunes a la pareja, ordena que "se proceda a la inscripción en el Registro Civil Consular del nacimiento de los menores", y que en su filiación figuren los dos hombres.

"No pueden quedar en un limbo jurídico", señaló ayer a este periódico. Por eso, en la resolución, de 10 folios, se explica que ante la posibilidad de que los niños vivieran una doble situación (con dos padres en Estados Unidos y con una madre, aunque ésta nunca se haya encargado de ellos ni los haya vuelto a ver, en España), "siempre es preferible proceder a dicha inscripción en nombre del interés superior del menor".

Blanco-Morales insistió en ese aspecto. "Lo que importa es la situación de los menores y no nos vamos a enredar en un debate de juristas", dijo. "La solución que hemos adoptado no implica que la legislación española [que prohíbe la gestación por subrogación] haya cambiado", recalcó, "pero los hijos nacidos de españoles son españoles".

La directora general no descartó que en otros casos parecidos (hay al menos media docena de parejas gays españolas esperando un hijo por esta técnica sólo en Estados Unidos) se tomen decisiones similares, "aunque habrá que estudiarlos caso a caso para ver si son iguales".

Los padres se mostraron satisfechos. "Lo verdaderamente importante es que nuestros hijos, que ahora lo son también ante el Estado, crecen sanos y felices". "Atrás queda la decepción causada por la falta absoluta de apoyo de las organizaciones y personalidades que dicen defendernos", afirmaron en una nota en referencia a las asociaciones gays y las instituciones (Ministerio de Igualdad, Defensor del Pueblo), a las que pidieron ayuda sin éxito.

"Ahora sólo nos queda esperar el resultado de las reclamaciones que hemos presentado" ante la Seguridad Social, "tras habernos negado ésta el pago de nuestros permisos tanto paternal como maternal", insisten. Conseguido esto, sólo querrán tener una vida como la de cualquier familia.

2009/03/10

> Berria: Justizia > UNA PAREJA GAY LOGRA INSCRIBIR A DOS HIJOS NACIDOS CON UNA MADRE DE ALQUILER EN ESTADOS UNIDOS

  • Una pareja gay logra inscribir a dos hijos nacidos con una madre de alquiler en EEUU
  • El Mundo, 2009-03-10 # María Peral • Madrid
El Ministerio de Justicia ha autorizado la inscripción en el Registro Civil de dos bebés hijos de un matrimonio de varones homosexuales que los concibieron en Estados Unidos con una madre de alquiler, técnica prohibida de forma expresa en España.

Los valencianos Ignacio B. y Juan C. M., casados tras la aprobación de la ley que permite el matrimonio homosexual, acudieron en un principio a la adopción nacional e internacional para poder tener hijos. Al no lograrlo, se desplazaron a California y llegaron a un acuerdo con una mujer para que gestara a un bebé con el semen de ambos varones y con óvulos donados por otra mujer.

Las leyes de California permiten esta práctica, prohibida por la Ley española sobre Técnicas de Reproducción Asistida. De acuerdo con la legislación californiana, la madre de alquiler recibe una cantidad que no puede superar los 25.000 dólares, cantidad que no responde a un pago contractual sino a una compensación por la pérdida de salarios, bajas laborales y seguro de vida.

El pasado octubre nació no uno, sino dos bebés. Pero el Consulado español en Los Ángeles se negó a inscribirlos en el Registro Civil consular como hijos de Ignacio y Juan alegando la "categórica prohibición" de los vientres de alquiler en la legislación española.

El Ministerio de Justicia ha revocado ahora esa decisión estimando un recurso promovido por el matrimonio gay. La Dirección General de los Registros invoca el "interés superior" de los menores y su derecho a "una filiación única válida en varios países, y no de una filiación en un país y de otra filiación distinta en otro país, de modo que sus padres sean distintos cada vez que cruzan una frontera".

Para la Dirección General, el superior interés de los hijos "se impone sobre cualquier otra consideración en juego", incluso sobre el supuesto fraude de ley en que los padres habrían incurrido para eludir la ley española que impide la concepción de hijos mediante madres de alquiler.

> Berria: Justizia > LOS HIJOS DE "MADRES DE ALQUILER" SE PUEDEN INSCRIBIR EN EL REGISTRO

  • Los hijos de 'madres de alquiler' se pueden inscribir en el registro
  • Justicia rectifica y permite la inscripción de dos niños concebidos por una pareja gay por gestación subrogada en California
  • El País, 2009-03-10 # Emilio de Benito • Madrid
Son hijos de españoles y viven en España, pero estaban a punto de convertirse en sin papeles. Los dos niños -de los que los padres no quieren dar más datos- nacieron en octubre en San Diego (California), pero el consulado español no quiso inscribirlos en el correspondiente registro como hijos de españoles. La razón: en el certificado de nacimiento que les dieron no figuraba ninguna madre y sí dos padres, el matrimonio de dos hombres españoles que había donado su semen para que una mujer llevara a cabo la gestación por ellos.

Según dijo entonces la directora general de Registros y Notariados, Pilar Blanco-Morales, como esta práctica está prohibida en España, los padres habían cometido un "fraude de ley" al recurrir a la técnica en California, donde es legal. Hoy se ha sabido que la misma dirección dictaminó en febrero que los niños podían ser inscritos.

La resolución, que firma la propia Blanco-Morales, establece que "siempre es preferible proceder a dicha inscripción en nombre del interés superior del menor". Con ello se abre la puerta para casos futuros, ya que hay al menos media docena de parejas de gays que, ante las dificultades para adoptar, han recurrido a esta técnica para tener sus hijos.

Los padres valoran la resolución, aunque afirman que aún no han acabado el proceso. Les falta por recuperar las pagas y los permisos por maternidad que la Seguridad Social les negó al no poder inscribir a sus hijos.

2009/02/03

> Berria: Bikoteak > ANDALUCIA: IGUALDAD DE HUELVA REGISTRA 145 PAREJAS DE HECHO EN 2008

  • Igualdad registra 145 inscripciones de parejas de hecho en 2008
  • El 57,9 por ciento de las parejas onubenses inscritas tiene entre 25 y 35 años
  • Huelva Información, 2009-02-03
La Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía ha cerrado 2008 con un total de 145 inscripciones de parejas de hecho en Huelva, seis inscripciones menos que en ejercicio anterior. De ellas, 84 se encuentran en la franja de edad comprendida entre los 25 y los 35 años. Con un porcentaje idéntico a 2007, el pasado año se registró un 99% de uniones de hecho de distinto sexo y el 1% restante del mismo sexo. En lo que se refiere al número de altas y bajas, 2008 se cerró con 122 altas, 15 menos, y 23 bajas, nueve más que el año anterior.

El registro de Igualdad y Bienestar Social en Huelva contabiliza 521 registros de parejas desde 1996. Las nuevas fórmulas de convivencia y la evolución de la configuración familiar además de las transformaciones sociales han dado con distintas fórmulas de unión al margen del matrimonio.