2009/04/19

> Iritzia: José María Lastras > VIUDEDAD Y PAREJAS DE HECHO

  • Viudedad y parejas de hecho
  • El País, 2009-04-19 # José María Lastras
Continuando con el tema de la viudedad, nos centraremos en otra cuestión "estrella": su otorgamiento a las parejas de hecho. La normativa actual reconoce este derecho a quienes se encuentren unidos a otra persona por análoga relación de afectividad a la conyugal. Sin embargo, su concesión está sujeta a fuertes requisitos. Así, recientemente el Tribunal Superior del País Vasco (TSJ) ha denegado la pensión al superviviente de una pareja de hecho, tras un periodo de convivencia de 15 años, por no estar inscrita en los registros habilitados al efecto.

Pese a que la pretensión del legislador al introducir este derecho fuese "acomodar el sistema a las nuevas realidades", no existe una absoluta equiparación entre las parejas matrimoniales y las "uniones de hecho". Así, por ejemplo, mientras que en caso de matrimonio la pensión se reconoce, con independencia de la situación económica en que queda el cónyuge supérstite, para las parejas de hecho se exige la existencia de una cierta "dependencia económica" respecto del causante; una "situación de necesidad". Este requisito se cumplirá cuando los ingresos del superviviente no excedan del 50% de los totales de la pareja o sean inferiores a 1,5 veces el SMI, variando en función de la existencia o no de hijos comunes.

Y se requerirá acreditar la "convivencia de hecho". Para ello, la norma exige probar (mediante certificado de empadronamiento) una convivencia estable y notoria, inmediatamente anterior al fallecimiento, con una duración ininterrumpida no inferior a cinco años. Además hay que aportar la certificación de la inscripción en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades autónomas o ayuntamientos del lugar de residencia, o documento público donde conste la constitución de la pareja; en ambos casos, con una antelación mínima de dos años respecto al fallecimiento. En las comunidades con Derecho Civil propio, cumpliéndose el requisito de convivencia, la consideración de pareja de hecho y su acreditación se llevarán a cabo según lo establecido en su legislación específica. De ahí la denegación de la pensión por el TSJ del País Vasco al no cumplirse los requisitos exigidos por la normativa propia de dicha comunidad, en lo que se refiere a la necesidad de inscripción de la pareja en un registro.

> Berria: Argitalpenak > "A CONTRADANZA", AVENTURAS DE "FAMA" EN ERRENTERIA

  • Aventuras de 'Fama' en Errenteria
  • Sale al mercado 'A contradanza', el libro de marcado carácter autobiográfico escrito por Fernando Telletxea en el que narra algunas de sus vivencias en la villa
  • El Diario Vasco, 2009-04-19 # M.L. · DV · Oarsoaldea
Es una de las últimas novedades literarias. Bajo el título de A contradanza, sale al mercado un nuevo libro escrito por Fernando Telletxea 'Fama'. Definido como una novela -la primera del autor- de marcado carácter autobiográfico, la obra cuenta entre sus escenarios algunos rincones de Errenteria que no les serán en absoluto extraños a los lectores de la comarca.

Telletxea ya adelantó meses atrás los contenidos de este volumen a Txema Arenzana, quien no dudó en recogerlos en las páginas de la revista Oarso 2008. Entonces, el que fuera apodado como 'Fama' desvelaba el por qué de ese título. Según explicaba, se debía al «ritmo de las personas que se mueven al margen de la sociedad bienpensante», que, a su juicio, «suele ser un tanto irregular».

A contradanza se presenta como un libro 'muy elaborado' -«he invertido ocho años en él», confiesa el escritor-, cuya acción se desarrolla entre los municipios de Errenteria y San Sebastián. «Me resulta difícil escribir algo que no tenga que ver con el pueblo. Mi memoria siempre me lleva ahí», asegura 'Fama'.

Su novela puede considerarse como el retrato de una sociedad, pero no una sociedad cualquiera, sino una muy cercana, la de esta villa de Oarsoaldea de mediados del pasado siglo XX. Pocos calificativos la definirían mejor que la de triste y oscura. Y no es extraño, ya que se encontraba marcada por la represión y la hipocresía. A pesar de ello, era preciso luchar por sobrevivir.

Un pasado conocido
Los protagonistas de este libro, que ya puede adquirirse en las librerías de la comarca, invitarán al lector a realizar un viaje al pasado, a revivir esos años largos y duros de la posguerra que continúan en la memoria de muchos vecinos de la zona. Serán también muchos los que se verán reflejados en ese relato, en el que el día a día desfila ante los ojos asustados de un niño de una sensibilidad muy especial, rodeado de unas vidas marcadas por la miseria.

Sí, es el retrato de una sociedad; una sociedad que tiene en la mujer el soporte de toda la estructura familiar, haciendo frente a las penalidades derivadas de la educación de los hijos y teniendo que soportar el maltrato constante del hombre, muchas veces inmerso en el pozo sin fondo del paro o del alcoholismo.

Quienes como Txema Arenzana ya han tenido la oportunidad de hacerse con un ejemplar de "A contradanza", declaran que «al pasar cada página nos encontraremos en sus calles con personajes reales (Don Roberto, el Doctor Albisu o Txapetxon), en muchos casos entrañables, de aquella época».

Sexo prohibido
Frente a tanta miseria, Fernando Telletxea 'Fama' pone el contrapunto en esos cortos espacios de la vida dedicados a la diversión, donde el sexo, sobre todo el calificado de prohibido, tiene un gran protagonismo. Habla entonces de las sesiones dobles de cine en el Reina o el On Bide -más tarde también el Alameda-; las fiestas de la Magdalena y, sobre todo, los bailes dominicales en la Alameda. Todo esto, eso sí, bajo la atenta vigilancia de la iglesia tratando de evitar el pecado.

"A contradanza" es, en definitiva, una novela cargada de nostalgia, y a la vez de denuncia de la hipocresía de aquella sociedad.

  • Los datos
  • Autor: Fernando Telletxea Oskoz 'Fama'.
  • Título:A contradanza.
  • Editorial: Huerga y Fierro editores, S.L.U. Editorial.
  • Número de páginas: 300.
  • Depósito legal: M-971-2009.
  • Primera edición: Marzo de 2009.

> Iritzia: Soledad Gallego-Díaz > DIFAMAR LAS RELIGIONES

  • Difamar las religiones
  • Es un error creer que la libertad de expresión alcanza a la defensa de cualquier creencia y no al derecho a combatirla. Naciones Unidas puede caer en algo tan indefendible como que las autoridades públicas fomenten las religiones
  • El País, 2009-04-19 # Soledad Gallego-Díaz
El relator de Naciones Unidas para seguimiento de la conferencia de Durban sobre racismo, xenofobia y formas conexas de intolerancia, el senegalés Doudou Diène, ha preparado un informe, que se empezará a discutir mañana, día 20, en Ginebra, en el que llama la atención sobre el fenómeno de "difamación de las religiones" y se alarma ante la expansión de una cultura contraria a la religión, que considera una de las principales fuentes de discriminación contra los creyentes y practicantes.

"La lucha contra la discriminación religiosa requiere un enfoque categórico centrado en la prevención de la difamación de las religiones", afirma. Se comprende que Naciones Unidas quiera acabar con el trato desigual entre creyentes y no creyentes, que exija igualdad de derechos y de obligaciones legales para unos y otros, que pida respeto a la libertad de expresión, de creencias y de culto religioso, pero no que considere su obligación proteger a las religiones de cualquier pérdida de estimación pública. ¿Por qué?

Difamar significa desacreditar a una persona, de palabra o por escrito, publicando algo contra su buena fama. En principio, debería ser aplicable sólo a personas y no a teorías políticas, religiones u otro tipo de creencias, porque ¿qué razón puede haber para que se considere incorrecto o peligroso el intento de desprestigiar ideas o creencias? ¿No se puede desacreditar la superstición, no se debe pelear por la pérdida de estimación pública de determinadas creencias, de toda índole, política, religiosa o económica? La historia contiene magníficos, y muy saludables, ejemplos de ese tipo de luchas y de los innegables beneficios que reportaron al conjunto de la humanidad.

Lo importante, lo que debería exigir Naciones Unidas, siempre y en toda circunstancia, es el respeto a la libertad de expresión individual, el derecho a la expresión de las personas que se consideran religiosas, practicantes o creyentes de cualquier religión, de manera que estén en condiciones de defender sus ideas en el mismo plano legal que quienes defienden cualesquiera otras (siempre dentro del respeto a la Declaración Universal de Derechos Humanos, por supuesto). Pero la libertad de expresión, como la libertad de creencias, debería amparar también la "difamación de las religiones", caso de que exista semejante concepto.

El documento de Diène contiene una denuncia expresa del fenómeno creciente de la islamofobia, es decir, de la discriminación, prejuicios y trato desigual de que son víctimas, en Occidente, los musulmanes, tanto a título individual como colectivo. La llamada de atención de Diène está plenamente justificada, porque es evidente que, a raíz del 11-S, se somete a los musulmanes a una sospecha generalizada y que se tiende a percibirlos, en bloque y de manera irracional, como enemigos de los valores de la democracia y los derechos humanos.

Pero una cosa es defender el escrupuloso respeto de los derechos individuales de los musulmanes, su derecho a tener mezquitas y a profesar su fe, y otra, impedir que se critiquen sus creencias o, incluso, que se las pueda someter a burla. Los musulmanes tienen todo el derecho del mundo a criticar al catolicismo o al judaísmo, y desde luego, al islamismo, si les da la gana, al igual que los católicos tienen derecho a desacreditar al Vaticano o a Mahoma. Y los humoristas, de cualquier procedencia o creencia, deberían tener derecho a reírse y a ridiculizar las creencias de unos y otros y combatirlas con la sátira y la burla.

Desde ese punto de vista, es francamente peligroso que el relator de Naciones Unidas defienda que el descrédito de las religiones "ofrece la justificación intelectual y la legitimación que sirve de sustento a toda forma de discriminación", porque es más bien él mismo quien está ofreciendo apoyo y sustento a viejas formas de censura. "La renuencia a aceptar la legitimidad de una ética religiosa en las decisiones y debates fundamentales de una sociedad democrática es una muestra de secularismo dogmático que conlleva no sólo el surgimiento de una cultura antirreligiosa, sino también la intolerancia hacia cualquier práctica, expresión o signo religioso", mantiene Diène. Da la impresión de que el experto de Naciones Unidas considera que existe una única ética religiosa, cuando en realidad existen muchas religiones diferentes, con preceptos éticos distintos (y en algunos casos, intolerables). En su afán por denunciar el peligro de un enfrentamiento entre religiones (que siempre han sido sanguinarios e inmisericordes), Naciones Unidas puede estar cayendo en algo igualmente indefendible: proponer que las autoridades públicas participen en la promoción o fomento de las religiones. Una piedra más en el camino de vuelta.

> Iritzia: Jaime Mendia · EHGAM > SOBRE PAREJAS DE HECHO, PSEUDO-HECHO Y DE DERECHO

  • Sobre parejas de hecho, pseudo-hecho y de derecho
  • Gara, 2009-04-19 # Jaime Mendia • Militante de Ehgam
El problema principal que le achacábamos a la Ley es que convertía a las parejas de hecho en algo amorfo que no se podía llamar «parejas de derecho» Todavía queda pendiente un debate social sobre el matrimonio y sobre otras formas de reconocimiento de las relaciones interpersonales. Trabajemos por ello

Recientemente se ha dado a conocer el caso de un hombre al que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco le ha denegado la pensión de viudedad tras haber convivido 15 años con una mujer y haber tenido un hijo con ella, y eso a pesar de que el Tribunal reconoce que reúne todos los requisitos necesarios para ello, excepto el haberse previamente inscrito en el registro de parejas de hecho.

Haciendo un poco de historia reciente, el Parlamento de Gasteiz aprobó la Ley de Parejas de Hecho vasca con el apoyo de todos los partidos políticos entonces presentes, excepto el PP, un poco antes de que las Cortes españolas aprobaran la ampliación de la Ley de Matrimonio Civil con la inclusión de las parejas formadas por personas del mismo sexo.

Esta Ley vasca, al regular las parejas de hecho, incluía en igualdad de condiciones a las parejas formadas por personas del mismo sexo, razón por la cual fue objeto de largos y apasionados debates dentro del movimiento de liberación sexual vasco, tanto en las asociaciones que lo forman como entre éstas y los políticos de los grupos que la estaban defendiendo.

En general, todos coincidíamos en que suponía un gran avance en el reconocimiento de la dignidad sexual de las personas, pero prácticamente ahí acababan los acuerdos, ya que, al menos en Ehgam y algún otro grupo, le veíamos algunos inconvenientes.

Por no aburrir, el problema principal que le achacábamos a la Ley es que convertía a las parejas de hecho, que llevaban ya 30 ó 40 años luchando por un reconocimiento de su existencia y derechos, con resoluciones judiciales a su favor, en algo amorfo que no se podía llamar «parejas de derecho», porque no se casaban, pero tampoco eran ya propiamente parejas de hecho, pues para serlo debían inscribirse en el registro creado por la Ley (con lo que pasaban del «pareja de hecho en sí» al «pareja de hecho por inscripción») y, si no lo hacían, ¿qué eran? Paradójicamente, las parejas de hecho reales dejaban de existir, y las a partir de ese momento denominadas «parejas de hecho» eran, en realidad, algo así como parejas de pseudo-hecho (ni realmente de hecho, ni realmente de derecho).

Les decíamos que valorábamos el intento de la Ley por dignificar las relaciones homosexuales, pero que no era de recibo que al beneficiar a un colectivo se perjudicara a otro, máxime cuando la solución que les proponíamos era tan sencilla como añadir a la Ley un punto en el que se indicara que el estar inscrita una pareja en el registro era suficiente para considerarla de hecho, pero que ello no debía impedir otras formas por las que pudiera demostrarse lo mismo (testigos de la pareja, cuentas comunes, empadronamiento en la misma vivienda, etc.).

La sorpresa llegó con la respuesta (verbalmente) violenta de algunos grupos: «¿Y qué quieren? ¿Que se lo demos todo, o qué? Si quieren algo, que se inscriban, que para eso les damos la oportunidad, y si no que se...». Hay que recordar que, por ejemplo, para Ezker Batua esta Ley era uno de sus proyectos estrella de aquella legislatura, y aunque al final se quedaron con la boca abierta cuando el PSOE se les adelantó por la derecha al aprobar el «matrimonio gay», eran muy agresivos en la defensa de «su» Ley.

Y nosotros les decíamos: «Pero ¿vosotros no vais de progre-guays? ¿Qué creéis que va a pasar cuando un juez deniegue a alguien sus derechos amparándose en que no estaba inscrito en el registro? (tal y como ahora ha pasado) ¿Y qué creéis que va a pasar cuando otro juez, más progresista que el anterior, reconozca a alguien sus derechos a pesar de no estar inscrito, dejando así la Ley fuera de juego?» Silencio como respuesta. Hasta hoy.

La verdad es que siempre nos quedó la duda de si para ayudar a las parejas homosexuales utilizaron a las parejas de hecho, básicamente porque no se atrevían entonces a hablar directamente de «matrimonio gay» o si, por el contrario, utilizaron el tema homosexual para meter mano a un problema como el de las parejas de hecho, que se les estaba escapando de las manos.

Para terminar, quisiera recalcar tres ideas:

Primera, que lo que ahora ha ocurrido con este señor no es un lamentable efecto imprevisto y no deseado de la Ley. Desde el mismo momento en que esta Ley se estaba redactando y aprobando se sabía que esto podía/iba a ocurrir, y se decidió que así fuera.

Segunda, que en Ehgam reconocimos los aspectos positivos de la Ley, y por eso aquel año otorgamos el premio Triángulo de Oro a las parlamentarias que en cada grupo la defendieron en el Parlamento vasco, ya que valoramos su esfuerzo personal y político; pero también fuimos conscientes de los aspectos negativos, y ésa fue una de las principales razones por la que ese premio no se lo dimos a los partidos políticos que aprobaron la Ley.

Tercera, que todavía queda pendiente un debate social sobre el matrimonio y sobre otras formas de reconocimiento de las relaciones interpersonales. Trabajemos por ello.