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2009/06/25

> Berria: Etorkinak > EL PSOE APRUEBA LA NUEVA LEY DE ASILO CON EL APOYO DE PP Y CIU Y EL RECHAZO DE LA IZQUIERDA

  • La nueva ley de Asilo se aprueba con el apoyo de PP y CiU y el rechazo de la izquierda
  • El ministro del Interior agradece a los portavoces sus aportaciones porque la ley "es ahora mejor que como la hizo el Gobierno"
  • El País, 2009-06-25 # Anabel Díez • Madrid
Los cambios que el Congreso ha introducido en la ley de Asilo y Protección Subsidiaria no son suficientes como para que los grupos de izquierda lo aprueben. Así hoy esta ley saldrá camino del Senado con los votos a favor del PSOE, PP y CiU y la oposición de ERC-IU-ICV que aún con el reconocimiento de las "mejoras" no son tantas como para apoyarla absolutamente.

Pero sí hay cambios y sustanciales respecto a como salió del Consejo de Ministros. Se recupera la "posibilidad" de pedir asilo en embajadas y consulados, se garantiza la presencia del Alto Comisionado para los Refugiados (ACNUR) en todas las etapas del proceso de solicitud, así como de las ONG especializadas. Se incluye como motivo para pedir asilo la persecución por razón de identidad y orientación sexual.

También se cita expresamente este derecho para los niños, los discapacitados o cualquier persona especialmente vulnerable. Incluso los que están en contra sí ponen en valor que se acorten los plazos de concesión de asilo y se garantice la confidencialidad de todo el proceso. El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, agradeció a todos los portavoces sus aportaciones porque la ley "es ahora mejor que como la hizo el Gobierno".

Pero la crítica que formularon los grupos de izquierda, en voz del diputado de ERC, Joan Tarda, fue muy severa al no establecer la obligatoriedad sino sólo "la posibilidad" de que se pueda pedir el asilo directamente en embajadas y consulados. Y, por otro lado, que se niegue a los ciudadanos de la Europa comunitaria el derecho a pedir asilo. "Como si en países europeos no existiera persecución por razón de raza y orientación sexual", denunció Joan Tardá.

El portavoz socialista Juan Moscoso puso el énfasis en explicar los aspectos más garantistas como la creación de un procedimiento de urgencia que cuenta con las mismas garantías que el ordinario y en el que se da la posibilidad a ACNUR de que presente un segundo informe en los casos que no esté de acuerdo con la denegación de una petición de asilo.

> Elkarrizketa: Laura Bugalho > "NO ES TAN DIFICIL APLICAR LA LEY DE IDENTIDAD EN LA DE EXTRANJERIA"

  • Entrevista : Laura Bugalho, acusada de falsedad documental por su ayuda a sin papeles
  • “No es tan difícil aplicar la ley de Identidad en la de Extranjería”
  • Miles de personas se han movilizado en todo el Estado para denunciar la detención que a finales de mayo sufrió Laura Bugalho por asesorar a personas migrantes, trans, y trabajadoras sexuales.
  • Diagonal, n. 205, 2009-06-25 # L.C. • Redacción
DIAGONAL: Activista LGTB, fundadora de Transgaliza, llevas años asesorando a migrantes desde el Área de Migraciones de la Confederación Intersindical Galega. ¿Qué potencia ves en el hecho de conectar estas realidades?
LAURA BUGALHO: La interrelación viene dada porque muchas personas de diferentes orígenes y que son LGBT han venido aquí con toda la problemática de la ley de extranjería, que es muy rígida y nefasta a la hora de ayudar a que esas personas tengan unos derechos y unas libertades, como se menciona en el propio título de la ley orgánica. Estas militancias son diferentes campos que van a lo mismo: al libre desarrollo de la personalidad. Al fin y al cabo, si además de tener una visión de género, de clase, antihomofóbica, antitransfóbica, antilesbofóbica... sumas todas las fobias, te das cuenta de que la militancia es una lucha compartida. Por eso no debemos quedarnos en nuestros colectivos, sino sumarnos a otros.

D.: ¿En qué fase está el proceso por el que te acusan de un supuesto delito de falsedad documental’?
L.B.: No he recibido todavía el auto judicial por el que se me acusa de ese cargo. Por suerte me ha tocado una jueza bastante progresista. En los últimos tiempos, he acudido en calidad de testigo en demandas por estafas y mafias de la inmigración y siempre hemos sido citadas ante esta jueza, que para mí es una garantía. Pero deseo que esto termine ya, que las otras denuncias por las cuales he llegado a este punto se lleven a cabo, que la jueza las termine, y que a los que se les demuestre su actividad delictiva cumpla la condena y nos dejen en paz a quienes luchamos por otro mundo posible.

D.: ¿Te han devuelto los documentos y ordenadores que te confiscaron en tu trabajo y en tu casa?
L.B.: En casa no entraron. Eso ha sido el correr de la calle, el miedo y quizás la preocupación exagerada, que es entendible. Vinieron a la oficina y se llevaron un certificado de Caritas y el ordenador del sindicato, que sigue en la policía. Me consta que tengo los teléfonos intervenidos, así como el correo electrónico.

D.: Has destapado en el pasado casos de extorsión a migrantes... ¿Cuál crees que ha sido el motivo de tu detención? ¿Un aviso a navegantes?
L.B.: No sé. Esto es una presunción que debería quedar clara con las resoluciones judiciales que deben salir. Dejémoslo ahí, porque esto se va a poner bien a las claras, por qué se me detiene y por qué se me intenta poner miedo en el cuerpo. Sabiendo que la solidaridad fue inmensa, me siento acompañada.

D.: En el XXI Encuentro Estatal de Colectivos LGTB que el Gobierno organizó en mayo, la representante del PSOE dijo: “La sociedad española es hoy un ejemplo de los derechos civiles, gracias a la generosidad y entrega de los activistas LGTB”, ¿qué piensas de esto?
L.B.: A veces se hacen brindis al sol. Es cierto que hemos tenido algunos cambios legislativos que pueden significar cierta mejora pero que no dejan de tener su crítica. Una crítica que no quiere escuchar, en este caso, la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB). En el caso de los matrimonios civiles, la izquierda siempre estuvimos en contra per se. Está bien que se restituya un derecho, pero habría mil maneras como abolir la figura del matrimonio y desacralizar la Iglesia. En el caso de la Ley de Identidad de Género es una norma que mejora a personas, pero indica que los trans tenemos una disforia de género y que necesitamos tratamiento psiquiátrico o revisión psiquiátrica. En esto la OMS tendrá que ponerse las pilas y si no, la desobediencia es lo que nos toca.

D.: Entre otras limitaciones, la Ley de Identidad de Género no contempla la atención a migrantes transexuales con permiso de residencia, a las que se impide cambiar de nombre y sexo en el registro civil…
L.B.: Exacto. Humildemente conozco bien la Ley de Extranjería y la de Identidad de Género. Cuando vino Pedro Zerolo a Galiza, le dije que era fácil hacer un ente cruzado de dos funciones legislativas para que las personas trans pudiesen tener su realidad de papeles y arreglar su situación administrativa. Zerolo me dijo que eso no lo podían hacer porque las personas son de otro país. Directamente no están por la labor.

D.: ¿Podemos hablar de una Ley de Extranjería transhomófoba?
L.B.: En primer lugar es misógina, en tanto en cuanto yo no reconozco un texto que habla sólo de los inmigrantes y los trabajadores. Es una ley rígida en su ejecución y ambigua porque cada subdelegación de Gobierno responde con una solución. Y es fóbica en muchas cuestiones. Las personas LGTB queer nos quedamos en una situación de paréntesis. No es tan complicado aplicar la ley de Identidad de Género en la de Extranjería. Yo no soy legisladora pero yo lo veo fácil. Todo es voluntad, pero somos una minoría, aunque se nos venda desde el Gobierno como una figura a la que se ha apoyado mucho.

2009/05/18

> Berria: Etorkinak > LA LEY DE EXTRANJERIA DARA PERMISOS DE TRABAJO A LAS MUJERES MALTRATADAS


  • La Ley de Extranjería dará permisos de trabajo a las mujeres maltratadas
  • El anteproyecto de reforma suaviza la reagrupación familiar y el internamiento de 'sin papeles'. Aclara que las ONG no serán penalizadas por ayudarles
  • El País, 2009-05-18 # Tomás Bárbulo • Madrid
El Gobierno ha modificado sustancialmente el anteproyecto de reforma de la Ley de Extranjería. La versión definitiva que, como anunció el presidente José Luis Rodríguez Zapatero en el debate sobre el estado de la nación, ha sido remitida al Consejo de Estado, recoge numerosas sugerencias aportadas por los organismos a los que el texto fue sometido a consulta. Entre las novedades del documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS, destaca el tratamiento a las víctimas de violencia de género en situación irregular, cuyos expedientes de expulsión quedarán paralizados desde el momento en que realicen la denuncia; además, podrán obtener autorizaciones provisionales de estancia y de trabajo, por circunstancias excepcionales, hasta que termine el procedimiento judicial. En 2008, el 44% de las mujeres asesinadas por sus parejas o ex parejas fueron inmigrantes.

Aunque mantiene la filosofía restrictiva de la primera versión, el anteproyecto suaviza algunos requisitos en materia de reagrupación familiar, repatriación de menores, expulsión de inmigrantes irregulares y prolongación del periodo de internamiento. También aclara el punto relativo a quienes proporcionen "hospitalidad" a los sin papeles. Los trabajos han sido coordinados por la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, bajo la dirección del ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho. El Ejecutivo tiene previsto enviar el nuevo texto al Congreso antes de que finalice el periodo de sesiones, en verano.

Éstas son las novedades más importantes:

- Víctimas de violencia de género. Ahora, cuando una extranjera sin papeles acude a denunciar una agresión, las autoridades tienen la obligación de poner en marcha un expediente sancionador por estancia irregular. Sólo cuando es pronunciada una sentencia firme que confirme su denuncia puede obtener un permiso de estancia y de trabajo. La nueva redacción del anteproyecto de ley incluye un artículo que ofrece a las mujeres la posibilidad de obtener una autorización provisional de estancia y de trabajo por circunstancias excepcionales; es decir, que puedan trabajar hasta que se pronuncie la sentencia. Además, "si al denunciar una situación de presunta violencia de género la mujer extranjera pusiera de manifiesto (...) que se halla en situación irregular, el expediente sancionador incoado" por ese motivo será suspendido "hasta la resolución del procedimiento penal denunciado".

La extranjera que se halle en esa situación podrá solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales a partir del momento en que se dicte una orden de protección a su favor o cuando cuente con un informe del ministerio fiscal en el que se constaten indicios de violencia de género. "Dicha autorización no se resolverá hasta que recaiga sentencia o concluya el procedimiento penal". También las autoridades podrán concederle una autorización de trabajo provisional, que conllevará su habilitación para permanecer en España en régimen de estancia. Esa autorización concluirá en el momento en que se conceda o deniegue definitivamente la autorización por circunstancias excepcionales.

Si el procedimiento penal concluyera declarando a la extranjera víctima de violencia de género, se cerrará el expediente sancionador incoado por estancia irregular en España "sin que quepa propuesta de sanción" y podrá concedérsele una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales. Pero si finalmente no quedara establecida su condición de víctima, se reanudará el expediente suspendido.

- Reagrupación familiar. El anteproyecto restringe la reagrupación familiar de los ascendientes y la limita a los mayores de 65 años. Sin embargo, en la nueva redacción abre la vía a la reagrupación a menores de esa edad por razones humanitarias, para evitar, por ejemplo, que no se pudiera reagrupar simultáneamente a unos progenitores porque el padre tuviera 70 años y la madre 63. El artículo 17 señala que el extranjero tiene derecho a reagrupar con él en España a su cónyuge, a sus hijos y a los del cónyuge siempre que sean menores de 18 años o discapacitados; también a los menores de 18 años o discapacitados de los que el residente sea representante legal y a sus ascendientes o a los de su cónyuge cuando estén a su cargo y sean mayores de 65. Ahora añade: "Excepcionalmente, cuando concurran razones de carácter humanitario podrá reagruparse al ascendiente menor de 65 años".

También se modifican y suavizan las exigencias económicas para la reagrupación. Hasta ahora sólo se tenían en cuenta los ingresos del reagrupante. Ahora se añaden a éstos los de su cónyuge. "En la valoración de los ingresos a efectos de la reagrupación (...) se tendrán en cuenta otros ingresos aportados por el cónyuge que resida en España y conviva con el reagrupante".

Asimismo, el anteproyecto establece que "en caso de muerte del reagrupante, los familiares reagrupados podrán obtener una autorización de residencia independiente (...)".

- Hospitalidad. La ambigua redacción del punto 2.c del artículo 53 del anteproyecto, relativo a infracciones graves, hizo temer a algunas ONG que iban a ser penalizadas por socorrer a inmigrantes en situación irregular. Ello levantó una gran polvareda, a pesar de que la secretaria de Estado de Inmigración insistió repetidamente en que se trataba de una imprecisión y que iba a ser subsanada. El artículo va dirigido, sobre todo, contra las personas que utilizan cartas de invitación para favorecer la inmigración irregular.

La primera redacción calificaba como infracción grave "promover la permanencia irregular en España de un extranjero. Se considerará que se promueve la permanencia irregular cuando el extranjero dependa económicamente del infractor y se prolongue la estancia autorizada más allá del periodo legalmente previsto (...)". La nueva redacción dice que es infracción grave -castigada con hasta 10.000 euros de multa- "promover la permanencia irregular en España de un extranjero cuando su entrada legal haya contado con una invitación expresa del infractor y continúe a su cargo una vez transcurrido el periodo de tiempo permitido por su visado o autorización (...)".

- Internamiento. Uno de los capítulos más polémicos del anteproyecto es el referido al ingreso de los sin papeles en centros de internamiento. Además de incrementar el periodo de encierro de 40 a 60 días, incluía tres supuestos en los que el cómputo de la reclusión quedaba suspendido (prorrogado) y hacía aquélla mucho más larga: mientras durara la tramitación del procedimiento de asilo, mientras se resolviera la admisión de habeas corpus o mientras el extranjero estuviera enfermo. En la nueva redacción, los 60 días siguen en pi, pero se establecen garantías judiciales para la suspensión del cómputo por solicitar asilo -sólo podrá prorrogarse un máximo de 14 días- y para la admisión del habeas corpus. La suspensión por enfermedad queda fuera de la nueva redacción.

Una nueva disposición adicional compromete al Gobierno a aprobar, en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la ley, un reglamento que desarrolle el régimen de internamiento de los extranjeros.

- Reagrupación para españoles. Los españoles, incluidos los extracomunitarios nacionalizados, tendrán ventajas para reagrupar a sus ascendientes. Así lo asegura una nueva disposición adicional: en el reglamento que desarrolla la ley "se podrán establecer condiciones especiales más favorables" respecto a las previstas en esta ley, para la reagrupación familiar ejercida por los españoles.

ASISTENCIA JURÍDICA. Abogado para los internos
Se facilita a los extranjeros la posibilidad de que designen a un abogado de oficio en los procesos contra las resoluciones que pongan fin a la vía administrativa en materia de denegación de entrada, devolución o expulsión. La manifestación de la voluntad de recurrir "deberá realizarse en la forma y ante el funcionario público que reglamentariamente se determinen, de manera que se garantice la facultad de ejercer su derecho a la asistencia jurídica gratuita también cuando (...) el extranjero pudiera hallarse privado de libertad".

MENORES. Escuchar antes de repatriar
Por primera vez, la ley incluye la necesidad de oír al menor "si tiene suficiente juicio" y de contar con un informe del ministerio fiscal antes de su repatriación. "Los mayores de 16 y menores de 18 años", añade, "tendrán capacidad de obrar en el procedimiento de repatriación (...) personalmente o a través del representante que designen". Además, cuando se trate de menores de 16 "con juicio suficiente" y "voluntad contraria" a la de su tutor, se suspenderá el procedimiento hasta nombrar al defensor judicial que le represente.

EXPULSIONES. Aumentan las garantías
El anteproyecto de la ley incrementa las garantías de la expulsión. Cuando los infractores sean extranjeros y realicen conductas tipificadas como muy graves o graves (carecer de autorización de residencia, trabajar sin permiso...) podrá aplicarse, "en atención al principio de proporcionalidad", en lugar de la sanción de multa, la expulsión del territorio español, previa la tramitación del correspondiente expediente administrativo y "mediante la resolución motivada que valore los hechos que configuran la infracción".