- Interior dice que los tribunales negaron que hubiera vejaciones en Arkaute
- Dos aspirantes a ertzaina denuncian haber sido objeto del denominado 'cucharón', una broma pesada que simula un coito anal
- El Diario Vasco, 2009-02-02
A través de una nota, Interior explica que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha sentenciado una vez que se hayan producido tales prácticas y en dos ocasiones más el Juzgado de Instrucción número 1 de Vitoria.
Según se explica, "el departamento de Interior es riguroso en la defensa de los derechos y las buenas prácticas en la Ertzaintza y su colaboración con las investigaciones judiciales ha sido en todo momento total". Además, aclara que "las personas que han denunciado los tratos vejatorios, lo han hecho sólo tras suspender el curso de ingreso en la Ertzaintza " y que "con anterioridad, no habían hecho mención alguna de los mismos".
En uno de los casos, un joven denunciante que no paso las pruebas, "incluso llegó a calificar su período académico en Arkaute como 'el más feliz de su vida'", indica Interior.
Simulación de un coito anal
Este comunicado llega después de la noticia publicada por 'El País', en la que se da cuenta de la denuncia interpuesta por dos aspirantes a ertzainas a doce compañeros por bajarles los pantalones y simular una violación en la academia policial. Las víctimas de estas supuestas vejaciones denuncian haber sido objeto en varias ocasiones del denominado 'cucharón'. "Me bajaron los pantalones y un compañero se bajó los suyos y empezó a empujar friccionando contra mi zona anal como si me estuviera dando por el cuelo", explica uno de los denunciantes, pertenenciente a la 19ª promoción.
La juez que investigó las agresiones -ocurridas en febrero y junio de 2008 y grabadas en vídeo- ha sobreseído la causa al entender que los agentes "fueron sometidos a la broma denominada del cucharón" y que se trataba de una "humillación puntual, pero en ningún caso puede entenderse que ese comportamiento se reiterara de manera persistente en el tiempo de forma que los denunciantes fueran desprovistos de su dignidad de un modo tan grave que constituya un delito contra la integridad moral".
La juez de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV, Susana Junquera, señala además que aunque los hechos constituyeran una "falta de vejaciones injustas", esta habría prescrito porque transcurrieron más de seis meses entre la agresión y la denuncia. El auto ha sido recurrido, al igual que una de las dos demandas interpuestas en la vía Contencioso por entender los agentes que no superaron las pruebas por situación de acoso moral. La otra demanda está aún pendiente de sentencia.
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