2009/06/29

> Berria: Indarkeria > ACHACAN A UN "ERROR MECANOGRAFICO" LA VIOLENCIA DE GENERO EN LESBIANAS

  • Achacan a un 'error mecanográfico' la violencia de género en lesbianas
  • Opinión de una fiscal especializada en estos delitos
  • El Mundo, 2009-06-29 # Alfonso M. C. • Santander
Un error mecanográfico. La sentencia del Juzgado de lo Penal de Santander que condena a una mujer por violencia de género al agredir a su esposa es realmente, en opinión de Teresa Peramato, fiscal delegada de la Fiscalía de Madrid para violencia de género, una condena por violencia doméstica que, debido a "un error mecanográfico" hace referencia "al párrafo equivocado [del Código Penal]".

De acuerdo con la fiscal, que asegura haber tenido acceso a la sentencia, "el fiscal acusó por un delito de violencia doméstica y pena con lo previsto en esa ley, pero se equivoca en el párrafo y la prensa entendió como un delito de violencia de género. Pero en realidad se castigó ese delito como de violencia doméstica".

En este sentido, Peramato, que participa en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en un curso sobre Políticas de mujer, incidió en que "violencia de género es únicamente la que ejerce el hombre sobre la mujer en relaciones de pareja presentes o pretéritas", lo que implicaría que no incluiría a las relaciones homosexuales, que entrarían en el concepto de violencia doméstica.

María Tardón, presidenta de la sección 27 de la Audiencia Provincial de Madrid especializada en violencia sobre la mujer, apoyó la postura de Peramato. Según explicó, "la violencia de género es la que se produce por parte de la pareja heterosexual, el hombre contra la mujer porque es una violencia muy específica y es aquella que tiene lugar dentro de esa pareja en la que el agresor ejerce una posición de dominio sobre la mujer". Por tanto, "si no se da ese supuesto de hecho es evidente que no hay justificación para aplicar la figura de la violencia de género entre parejas de carácter homosexual, sea el agresor varón o sea la agresora mujer".

La fiscal madrileña incidió al mismo tiempo en que la propia legislación está impidiendo en muchos casos el enjuiciamiento de delitos de violencia del hombre contra la mujer en el ámbito de la pareja.

"El derecho procesal se está convirtiendo en la garantía de impunidad del imputado". Así de contundente se mostró Peramato antes de reclamar la modificación del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En su opinión, "en 1882 el legislador no estaba pensando en la víctima, sino en el testigo", al establecer la dispensa de no declarar contra su cónyuge. El problema, en su opinión, es que "la letra de la ley dice que esa mujer, cuando haya sido golpeada salvajemente, puede no declarar contra su agresor".

El problema es cómo modificar la ley. "Debe hacerse con mucho cuidado para no agravar aún más la situación de la víctima", asegura Peramato, que tiene muy claro que en ningún caso debe presionarse aún más a la mujer que ha sufrido malos tratos ni amenazarla con derivas legales ante una posible falta de colaboración con la Justicia. «Hay que sentarse y hablarlo tranquilamente. Es un tema muy delicado pero que hay que resolver», explica.

El artículo referido establece que "están dispensados de la obligación de declarar los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil, así como los parientes naturales a que se refiere el número 3 del artículo 261" y remarca que "el Juez instructor advertirá al testigo que se halle comprendido en el párrafo anterior que no tiene obligación de declarar en contra del procesado; pero que puede hacer las manifestaciones que considere oportunas, consignándose la contestación que diere a esta advertencia".

En opinión de Peramato, existe un sentir generalizado entre todos los actores directos contra la violencia de género en torno a este asunto. La pelota estaría ahora en el tejado del Parlamento, cuyos miembros deberían empezar a debatir este asunto en las comisiones correspondientes.

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