2009/06/25

> Berria: Abortua > AIDO DEFIENDE LA CONSTITUCIONALIDAD DEL ABORTO "COMO EN TOSA EUROPA"

  • Aído defiende la constitucionalidad del aborto "como en toda Europa"
  • Igualdad respalda su ley de plazos frente al informe de los fiscales conservadores. El dividido Poder Judicial votará en pleno su informe el próximo 23 de julio. El texto del ponente, conservador, duda que la norma encaje en la Constitución
  • El País, 2009-06-25 # Mónica Ceberio Belaza • Madrid
Una vez que parece claro que el Gobierno cuenta con suficientes apoyos parlamentarios para sacar adelante su reforma de la legislación sobre el aborto, la batalla política se ha trasladado a otros campos: del Congreso de los Diputados a organismos aparentemente técnicos y jurídicos pero tan cargados de ideología como el propio Parlamento. El Consejo Fiscal ha emitido un informe aprobado por la mayoría de sus miembros -seis, el sector conservador en bloque- sosteniendo la inconstitucionalidad del anteproyecto de ley. Otros cinco miembros, progresistas, hicieron un informe alternativo a favor del texto, aunque con observaciones críticas. La ministra de Igualdad, Bibiana Aído, dijo ayer que el Gobierno "estudiará con detenimiento ambos informes" para ver si se pueden introducir mejoras en el anteproyecto, pero defiende la constitucionalidad de la norma. "Ha sido un texto muy trabajado para cuya elaboración hemos consultado con numerosos juristas y expertos en Derecho Constitucional", señala. "Desde el principio hemos tenido muy en cuenta esta cuestión. Por otro lado, casi toda Europa tiene leyes de plazos y en ningún país se ha declarado inconstitucional". En casi todos estos Estados, las normas ni siquiera han sido recurridas por ningún partido.

La Secretaria de Igualdad del PSOE, Soledad Cabezón, quitó hierro ayer a las conclusiones del Consejo Fiscal diciendo que "el poder de legislar en nuestro Estado de derecho reside exclusivamente en el Parlamento", quien tendrá "la última palabra". "Este informe reproduce, nuevamente, las dos tendencias ideológicas que se han venido debatiendo a lo largo del proceso anterior a la presentación del anteproyecto", declaró, "y que seguirán manifestándose en el futuro del largo trámite que resta hasta la aprobación definitiva de la ley".

El próximo paso es el informe del Consejo General del Poder Judicial, que el próximo 23 de julio debe tomar en pleno una decisión sobre la constitucionalidad de la reforma. Sus vocales están absolutamente divididos. Ni este informe ni el del Consejo Fiscal son vinculantes para el Gobierno, pero las críticas van desgastando el anteproyecto de ley en el debate público y asentando un caldo de cultivo para cuando la norma llegue finalmente al Tribunal Constitucional, lo que sucederá casi con toda seguridad, como lleva meses anunciando las PP.

El Poder Judicial pidió hace un mes una prórroga para pronunciarse. Hoy, previsiblemente, aprobará otra. El ponente que ha escrito el borrador del informe, el conservador Claro José Fernández-Carnicero, se ha inclinado por defender la inconstitucionalidad del anteproyecto, según aseguran fuentes del CGPJ, pero su texto es sólo un primer paso. La comisión de Estudios e Informes -formada por el propio Fernández-Carnicero y Concepción Espejel (elegidos a propuesta del PP), Margarita Robles y José Manuel Gómez Benítez (propuestos por el PSOE) y Margarita Uría (vocal propuesta por el PNV)- es la encargada de estudiar el borrador del ponente y elaborar un informe que será el que se votará en el pleno del próximo día 23.

La composición del CGPJ pone las cosas difíciles al Gobierno. El politizado órgano tiene nueve vocales propuestos por el PSOE, nueve por el PP, uno por el PNV y otro por CiU. Si estos dos últimos dividieran sus votos, el desempate lo tendría el presidente, Carlos Dívar, nombrado por el PSOE pero conservador y muy religioso.

Pase lo que pase con este informe, una vez aprobada la ley en el Parlamento -las mayorías pueden modificarse en el trámite parlamentario, pero por el momento parece que el PSOE cuenta con los votos suficientes para sacarla adelante (con IU-ICV, el BNG, Esquerra Republicana y Nafarroa Bai, más los que pueda sumar de CiU y el PNV, que han dado libertad de voto s a sus parlamentarios)- el PP presentará su recurso de inconstitucionalidad. Volverá a repetirse el mismo esquema de división que en el CGPJ. Órganos, ambos, con representantes directa o indirectamente elegidos por los partidos políticos. En estos momentos, tras el fallecimiento en mayo de 2008 del magistrado conservador Roberto García-Calvo, los progresistas tienen mayoría. Pero sólo temporalmente. La ley del aborto aún tardará en llegarles y pueden pasar años antes de que los magistrados resuelvan.

  • La realidad social de 1985
  • El País, 2009-06-25 # M.C.B. • Madrid
"Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral". Eso dice el artículo 15 de la Constitución. Hubo debate en la ponencia constitucional sobre si debía escribirse "todas las personas", pero se consideró que el "todos" era más neutro; más fácil de aprobar con consenso en un momento político complicado. A partir de estas palabras, comienzan las dudas. ¿El feto tiene derecho a la vida? ¿Y el embrión? ¿Y el óvulo fecundado?

El Tribunal Constitucional tuvo que enfrentarse a estas disquisiciones en 1985. Dos años antes, el Gobierno de Felipe González había despenalizado parcialmente la interrupción voluntaria del embarazo.

La norma de 1983 fue recurrida por 54 diputados encabezados por José María Ruiz Gallardón, de Alianza Popular, padre del actual alcalde de Madrid. Los recurrentes apelaban, entre otras cuestiones, a la "realidad social" en la que debía interpretarse el artículo 15. Alegaban que la sociedad estaba mayoritariamente en contra del aborto. Si se aplicara este criterio ahora, la "realidad social" es incontestable: más de 100.000 mujeres abortan cada año en nuestro país.

El Constitucional decidió entonces -y a esa sentencia se aferran ahora los sectores conservadores para defender la inconstitucionalidad de la reforma legal del Gobierno- que el nasciturus no tiene derecho a la vida pero sí debe ser considerado como un bien jurídico protegido.

Ni los derechos de la mujer ni la protección del nasciturus tienen "carácter absoluto", según el Alto Tribunal, sino que deben ponderarse los bienes y derechos en juego. El Constitucional hizo entonces su balance a la luz de la realidad social de 1985. Tendrá que hacer otro a la luz de la del siglo XXI.

  • Es política, no derecho
  • EL País, 2009-06-25 # Alberto Jabonero • Abogado
Veinte años no es nada. Y en el espinoso asunto del aborto, menos aún. Son más de 20 los años transcurridos desde la despenalización parcial del aborto, pero parece que el tiempo no pasa y al hilo de la proyectada reforma de la ley de interrupción voluntaria del embarazo, de nuevo asistimos al mismo enfrentamiento, a la misma aparente división de la sociedad en dos mitades. Pero cabe preguntarse si esa división existe realmente o se trata más bien del estado de opinión que se crea desde determinados ámbitos, organismos o foros. Lo quieran o no quienes se adentran en el confuso debate acerca de la inclusión del nasciturus en el derecho a la vida proclamado en el artículo 15 de la Constitución, las mujeres han abortado, abortan y abortarán, y es posible afirmar que lo hacen con independencia de su filiación política, adscripción religiosa, clase social o cualquier otra categoría que pueda idearse. Y hasta ahora lo han hecho utilizando la cobertura de una ley incompleta, y hoy por hoy superada por la realidad social a la que se aplica.

Cuando se ha pretendido dar un paso adelante para evitar la hipocresía de una ley que se ha convertido, en la práctica, en una ley de plazos, se vuelven a alzar las voces de quienes afirman la inconstitucionalidad de tal opción. Se agita un avispero que parecía calmado en las dos últimas décadas. Pero no es casual que esa agitación derive, como antaño, de los grupos que pretenden proyectar sus convicciones morales y religiosas sobre la configuración normativa de una opción perfectamente legal y homologable con la mayoría de las legislaciones europeas. La voluntariosamente anticipada inconstitucionalidad de la nueva ley no parece descansar en sólidos argumentos jurídicos, sino que parece responder más bien al sesgo ideológico.

La ley de plazos es una opción de política legislativa y en esos estrictos límites habrá que valorarla: aparquemos los condicionantes morales y reconozcamos que las mujeres alcanzaron su mayoría de edad hace mucho tiempo. Su libertad de decisión, acomodada a determinados plazos -que demostradamente son los hasta ahora utilizados al amparo de la vigente ley-, será susceptible de incardinación constitucional a poco que se comprenda que en esta materia, la sociedad -y sobre todo la mujer- ha abandonado la doble moral que aún tiñe determinadas posiciones.

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