- La Audiencia ordena seguir el proceso penal contra el nudista que va en bicicleta
- Está acusado de exhibirse en San Sebastián ante unos menores y la Fiscalía señala que «busca ser observado». Fue condenado en Francia por agresión sexual a su hijo. El auto precisa que hay indicios para estimar que cometió exhibicionismo. Un juzgado ya le absolvió porque no hay una ordenanza que prohíbe ir desnudo
- El Diario Vasco, 2009-02-13 # EFE
Este mismo ciudadano galo fue condenado en su país, el pasado 24 de junio, a un año y medio de prisión por agredir sexualmente a su hijo de 15 años, así como a diez años de inhabilitación para cualquier actividad profesional en contacto con niños, según la sentencia de la Sala de lo Criminal de la Corte de Casación de París, que se acaba de conocer.
Además de este caso, el imputado ha sido condenado también en Francia a otros tres meses de reclusión por cuatro episodios de exhibicionismo en la playa de Hendaya y por desacato a un agente de la autoridad, según una sentencia de la Corte de Apelación de Pau.
En el presunto caso de exhibicionismo cometido en San Sebastián, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha estimado la petición de la Fiscalía de que no se archiven las diligencias abiertas contra el ciudadano francés, como había decidido el Juzgado de Instrucción número 5 de San Sebastián, al considerar no suficientemente justificada la comisión de este presunto delito.
En un auto, la Audiencia rechaza contundentemente este planteamiento del juzgado, al que recuerda que «la fase de instrucción no tiene como finalidad la plena acreditación de los hechos», al tiempo que aprecia «indicios suficientes como para estimar» que podría haberse perpetrado un delito de exhibicionismo. El escrito señala que en este caso «hay una actuación deliberada y reflexiva» por parte del imputado, «encaminada a exhibirse desnudo y buscada a propósito con la intención de ser observado» por otras personas entre las que había menores de edad.
«Injerencias no deseadas»
El auto recuerda que las personas «tienen derecho a no sufrir injerencias no deseadas» en su esfera de intimidad y a «no verse inmersas en una acción» de este tipo con un «posible perjuicio en su intimidad sexual» y «sin su consentimiento».
El documento judicial recuerda que los hechos ocurrieron el pasado 15 de mayo en el paseo que conduce al Peine del Viento, cuando el imputado, que se encontraba tumbado sobre un pretil totalmente desnudo, fue requerido por unos policías para que se identificara y se vistiera, a lo que éste no accedió sino que, por el contrario, colocó los brazos «en jarra» y «optó por mostrar sus órganos genitales» a los paseantes, «incluidos menores de edad».
El texto judicial dice que, de la actitud del procesado, se desprende que «trataba de ser visto para llamar la atención» y descarta que se encontrara en una actitud en la que «simplemente» no le importara ser visto, como ocurre «en determinadas playas donde se toma el sol desnudo». Al contrario, destaca que el lugar donde ocurrieron los hechos es «una zona habitada, con múltiples instalaciones de ocio y deportivas, frecuentadas por jóvenes y niños, abierta al tráfico y al tránsito de peatones».
Por este motivo, la Audiencia ordena al Juzgado de Instrucción retomar la causa y continuar la investigación con la práctica de las diligencias que soliciten las partes.
Este mismo ciudadano francés fue absuelto el 15 de octubre por otro juzgado de instrucción donostiarra, al no existir ninguna ordenanza en este municipio que impida transitar desnudo por la vía pública. La Guardia Municipal recibió algunas quejas.
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