2009/04/24

> Berria: Adopzioa > COLOMBIA CIERRA PUERTAS A LA ADOPCION POR PAREJAS HOMOSEXUALES

  • Colombia cierra puertas a la adopción por parejas homosexuales
  • Negativa del Procurador General de la nación. El jefe del Ministerio Público le cierra la puerta a la posibilidad de que se amplíe el criterio consignado en las normas existentes, demandadas por varios ciudadanos que sostienen que se debe entender que no sólo las parejas heterosexuales pueden adoptar
  • COPE, 2009-04-24
Como informa el diario colombiano El País, pocas horas después de que la Corte Constitucional colombiana le diera luz verde al Procurador General de Colombia para que opinara acerca de la adopción de niños por parte de las parejas del mismo sexo, el jefe del Ministerio Público se pronunció en contra de la propuesta.

“No existe ni afectación del principio de igualdad ni del principio de la no discriminación con las parejas del mismo sexo”, dijo el procurador Alejandro Ordóñez, al pedirle a la Corte Constitucional que mantenga el Artículo 68 (numeral 3) de la Ley 1098 del 2006, al igual que el Artículo 1 de la Ley 54 de 1990, tal como están en la actualidad, es decir, que sólo se permita la adopción para parejas heterosexuales.

De esta manera, el jefe del Ministerio Público le cierra la puerta a la posibilidad de que se amplíe el criterio consignado en las normas existentes, demandadas por varios ciudadanos que sostienen que se debe entender que no sólo las parejas heterosexuales pueden adoptar, por cuanto en su concepto al no tener en cuenta a las parejas homosexuales, se están violando derechos fundamentales, como el de tener una familia.

“El Ministerio Público consideró que la Ley 1098 del 2006 está en armonía con la Constitución, en torno al respeto a la dignidad humana, a la igualdad, a la no discriminación, a la protección integral de la familia, así como a la prevalencia de los derechos de los niños”, afirma el concepto de la Procuraduría. Agrega que “la norma para nada afecta el reconocimiento de los derechos que la Corte Constitucional ha otorgado a las parejas convivientes del mismo sexo”.

“Lo justo y lo debido es el trato diferenciado y justificado, por lo cual no existe ni afectación del principio de igualdad, ni vulneración del principio de la no discriminación”, agregó la Procuraduría.

1 comentario:

  1. Hola.

    Un saludo desde Colombia, les comento que el Procurador causo mucha controversia en su elección por que es un católico fundamentalista (eso se vio cuando quemo un libro de una biblioteca publica por considerarlo inmoral), el concepto negativo hacia la adopción de parejas del mismo sexo es una mas de las terribles muestras del jefe del ministerio publico....otra fue el absolver a un ex-ministro y un ministro del delito de comprar votos en el congreso para garantizar la reelección del Presidente Uribe...en fin terrible

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