2009/01/27

> Berria: Lana > OBLIGAN AL CORTE INGLES A CONCEDER A UN TRABAJADOR DISCRIMINADO POR SER GAY

  • Deben conceder traslado a un trabajador discriminado por ser gay
  • Madrid Digital, 2009-01-27
Con fecha de 2 de enero de 2009, Inspección de Trabajo insta a El Corte Inglés a conceder de modo automático un traslado de centro a un trabajador que así lo había pedido y al que se le había denegado, tal y como reconoce Inspección de Trabajo, por su orientación sexual. La demanda había sido interpuesta en mayo de 2008 por los servicios jurídicos de la Federación de Comercio, Hostelería y Turismo de CCOO Madrid.

Fernando Petidier Cano, técnico escaparatista en el centro de Castellana de El Corte Inglés, había sido un trabajador modelo hasta que se decidió a pedir traslado al centro de El Corte Inglés en Vigo, ciudad donde iba a residir a partir de su matrimonio con su pareja, un hombre.

El trabajador pidió el traslado cinco meses antes de su boda en el departamento de Personal de Castellana. El 28 de octubre se casaba y aún no había recibido noticias por lo que una semana antes habla con el jefe de Personal de Castellana, Angel Gastaca y le concierta una cita para el 1 de noviembre con Gonzalo Rodríguez Rico, jefe de Personal del centro de Vigo, con la garantía de que si pasaba con éxito la entrevista se le concedería el traslado.

El 1 de Noviembre de 2006 le entrevista, en ausencia de Rodríguez Rico, el jefe de Administración. Éste le comunica que ha leído su solicitud y expediente, que es formidable, y que por su parte le daba ya la bienvenida a su centro de Vigo, pero que antes debía tener la entrevista con Dº Gonzalo; que le llamarían en uno o dos días para que fuese otra vez.

El 9 de Noviembre de 2006 al pasar los días, viendo que se le agotaba el permiso por matrimonio y tendría que volver a Madrid, decide ir a personal de Vigo de nuevo y le atiende, por fin, Dº Gonzalo Rodríguez Rico. Tras informarle que había leído su expediente, le preguntó si su mujer era de Vigo a lo que Fernado Petidier le aclaró que sí pero que, en este caso, se trataba de un hombre. A continuación le dijo que lo sentía mucho, pero que en ese momento no había vacante para él en dicho centro. Fuera del despacho pudo oír cómo decía" estos maricones de mierda se creen con el mismo derecho que todos".

El 18 de julio de 2007 el jefe de Personal de Castellana, Angel Gastaca le comunica que se olvide del traslado; que no se lo darían ni a corto, ni a medio, ni a largo plazo y que hiciera lo que quisiese.

Desde el 16 de Agosto de 2007 está de baja por un cuadro ansioso-depresivo.

Inspección de Trabajo constata que desde mayo 2006 se han trasladado 4 personas a Vigo y que además se han celebrado seis contratos indefinidos en ese mismo centro además de innumerables contratos temporales. La resolución de Inspección de Trabajo concluye que existe discriminación por razón de orientación sexual en la decisión de la empresa de no proceder al traslado y que no existe justificación objetiva y razonable de la negativa al traslado de este trabajador, habiéndose producido nuevas incorporaciones en el centro de destino tanto a nivel general como a nivel particular del propio departamento donde habitualmente viene prestando sus servicios.

Y, por lo tanto, entiende Inspección que, independientemente de la iniciación del proceso sancionador, se ha requerido a la empresa por si, en los procesos de revisión, se produjera el alta médica por mejoría del trabajador y la reincorporación a su puesto de trabajo, deberá proceder automáticamente al traslado de Madrid a Vigo.

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