2009/01/28

> Berria: Bikoteak > GALICIA: EL REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO DE LA XUNTA SUMA MAS DE 1.500 UNIONES EN UN AÑO

  • El registro de parejas de hecho de la Xunta suma 1.530 uniones en un año
  • La inscripción en este ente es necesaria para equipararse en derechos con los matrimonios. A Coruña es la provincia con más formalizadas, un total de 720
  • El Correo Gallego, 2009-01-28 # X. Crego • Santiago
El Rexistro de Parellas de Feito de la Xunta de Galicia cuenta, un año después de su puesta en funcionamiento, con 1.530 uniones registradas. El ente, adscrito a la Consellería de Presidencia, suma algo más de 720 parejas inscritas en la provincia de A Coruña. Le sigue la de Pontevedra, con 556; Ourense, con 176; y Lugo, con 77.

Las personas que dan el paso de hacer figurar su unión en este ente ven reconocidos al mismo nivel que los matrimonios sus derechos económicos y patrimoniales, así como los sucesorios.

La constancia de una unión de hecho en los registros locales no implica esta equiparación y, aunque los concellos pueden remitir al autonómico las uniones que formalicen, solo podrán hacerlo con el consentimiento previo y expreso de los dos miembros de la pareja.

Por tanto, recuerda la Consellería de Presidencia, la constitución de la pareja de hecho solo se entenderá efectuada cuando figure en el registro de la Xunta de Galicia.

Acuerdos económicos
En este ente pueden inscribirse las declaraciones de constitución, modificación y extinción de las uniones. También son inscribibles los pactos que los miembros de la pareja consideren convenientes para regir sus relaciones económicas durante la convivencia y para liquidarlas tras la extinción de la misma, siempre se se ciñan a las leyes y que no limiten la igualdad de derechos de cada conviviente o que los perjudiquen gravemente, añade la Consellería de Presidencia.

Las inscripciones se resuelven en un plazo de tres meses a partir de la fecha de entrada de la misma en el registro. Las solicitudes pueden presentarse ante la delegación provincial de la Consellería de Presidencia que le corresponda al domicilio de los demandantes.

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