2009/10/22

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  • El fiscal pide al Supremo que condene al juez Ferrín Calamita como prevaricador
  • El magistrado retrasó la adopción de una niña por un matrimonio de dos mujeres. Su abogado afirma que era una situación "completamente nueva" y que necesitó "mirarla con lupa"
  • El País, 2009-10-22 # Mónica Ceberio Belaza . Madrid
Tanto el fiscal como el abogado de las afectadas por la actuación del juez Fernando Ferrín Calamita en un expediente de adopción abierto por un matrimonio de lesbianas creen que el magistrado no sólo "retrasó maliciosamente" la adopción, hecho por el que fue condenado hace 10 meses, sino que prevaricó en varias ocasiones; esto es, dictó resoluciones injustas a sabiendas. Lo peor que puede hacer un juez en el ejercicio de sus funciones. Ambos han pedido, en la vista celebrada hoy en el Tribunal Supremo, que se le castigue como tal. El abogado de Ferrín ha pedido su absolución alegando que el juez, ante una situación "completamente nueva", aplicó nuevos criterios.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia condenó a Ferrín Calamita en diciembre de 2008 a dos años, tres meses y un día de inhabilitación para empleo y cargo público, así como a pagar 6.000 euros de indemnización a la pareja denunciante. El fiscal y el abogado de las dos mujeres recurrieron en casación. Ferrín también lo hizo, para sostener que no cometió delito alguno.

El fiscal, Antonio Barranco, afirma que algunas resoluciones dictadas por Ferrín son "inequívocamente prevaricadoras" y revelan que el magistrado no sólo quería retrasar una adopción "que cumplía todos y cada uno de los requisitos legalmente exigidos", sino que tenía la "voluntad inequívoca" de dificultarla e impedirla "por medios espurios". Asegura que los requisitos de este delito -que se trate de una "patente, notoria e incuestionable contradicción con el ordenamiento jurídico"- concurren en el caso. Hubo una "clara intención homófoba" y "voluntad de contrariar de manera grosera la ley", según el ministerio público, que pide una inhabilitación de 18 años para el juez por "prevaricación continuada" con la agravante de haber cometido el delito por la orientación sexual de la víctima.

El abogado del magistrado Ferrín Calamita, Javier María Pérez-Roldán, ha seguido una línea de defensa clara: la situación era "completamente novedosa", había "menores en juego" y, por lo tanto, el juez debía adoptar medidas de excepción. "Era un caso nuevo y el juez decidió mirarlo con lupa, ¿con qué se podía comparar?" se ha preguntado el abogado, como si estuviera fuera de lugar comparar este expediente con una adopción por parte de una pareja heterosexual.

La homosexualidad era, de hecho, la única situación "novedosa": la niña iba a crecer con dos madres en lugar de con un padre y una madre. Pero esta era una posibilidad que el legislador había ya incluido en el ordenamiento jurídico y que los jueces, en tanto aplicadores de la ley, deben acatar; no valorar y discutir consigo mismos o con otros si van a hacerla cumplir o no.

"Al juez no le gusta lo que dicen y quiere que digan lo que quiere oír: que el matrimonio homosexual es dañino para la niña porque así lo ha decidido él, diga lo que diga la ley", señaló el TSJ en la sentencia de condena. Y añadió que el retraso en el expediente, en el que "se inventan trámites y requisitos no exigidos por la ley", se produjo "por una auténtica compulsión homófoba".

En los procesos en que uno de los cónyuges solicita la adopción del hijo biológico de su esposo o esposa -lo que ocurría en este caso, en el que la niña fue concebida mediante inseminación artificial por una de las mujeres y su esposa procedió a adoptarla después- no se necesita procurador. El juez Ferrín lo exigió. Tampoco es necesario, ni mucho menos habitual, nombrar un defensor judicial a los menores en este tipo de adopciones. Ferrín también lo hizo, "con el peregrino argumento de los intereses contrapuestos de madre e hija", según el tribunal.

El juez pidió un informe al equipo psicosocial del juzgado. Como no le gustaron los resultados (la psicóloga y la trabajadora social concluyeron que la niña estaba perfectamente), preguntó sobre "la influencia sobre la menor de carecer de figura paterna y tener dos maternas", "la probabilidad de que la menor salga homosexual visto el ejemplo" y sobre el "derecho del menor a ser insertado en familia 'normal". Después, decidió cuestionar ante el Tribunal Constitucional la ley que modificó el Código Civil para permitir los matrimonios entre personas del mismo sexo y equipararlos a los heterosexuales. Todos estos trámites retrasaron la adopción durante meses y por ellos fue condenado el magistrado. Antes de la sentencia, en febrero de 2008, le suspendieron de empleo y sueldo.

El abogado de las afectadas, José Luis Mazón, pide al Supremo una condena de 18 años de inhabilitación y multa por prevaricación continuada. De forma subsidiaria, por si el Supremo no le da la razón, pide que se le castigue por un delito de discriminación por razón de orientación sexual a tres años de prisión e inhabilitación por cuatro años. "El magistrado ha dictado una serie de resoluciones arbitrarias, estrafalarias, inauditas, por el solo hecho de que la adopción la quería llevar a cabo una pareja de mujeres", ha señalado hoy en la vista. "El móvil era abyecto, asesino del Derecho".

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