2009/10/07

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  • El TSXG decidirá si se repite el juicio por el asesinato de dos homosexuales en Vigo
  • El Ideal Gallego, 2009-10-07 # A. Barbadillo . A Coruña
En manos de la sala de lo civil y lo penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) quedó ayer la decisión de confirmar o revocar la resolución por la que un jurado de Vigo absolvió en febrero a Jacobo Piñeiro Rial del asesinato de Isaac Al-Dani Pérez Triviño y Julio Anderson, dos jóvenes homosexuales, en un piso de la calle Oporto de la misma ciudad.

Tanto la Fiscalía como la acusación que ejerce la madre de una de las víctimas habían solicitado al alto tribunal gallego la anulación del veredicto del tribunal popular y la sentencia, que amparaba su decisión exculpatoria en las circunstancias de “legítima defensa” y “miedo insuperable” que, determinaron los jurados, empujaron al acusado a infligir, en julio de 2006, cerca de 60 puñaladas a los dos hombres con los que había pasado las últimas 12 horas y con los que, en un caso, había mantenido relaciones sexuales.

Fue, según quedó recogido en la resolución de la sección quinta de la Audiencia de Pontevedra, el temor a que los dos conocidos lo violaran y le dieran muerte lo que guió al procesado en su acción, que perpetró con el cuchillo con el que, supuestamente, uno de los fallecidos le había amenazado para forzarle a acostarse con ellos. A continuación, se apropió de distintos efectos de sus víctimas para simular un robo, roció los cuerpos y algunos enseres con alcohol y les prendió fuego a ellos y a la vivienda. Antes de abandonarla, abrió la espita del gas.

Garantías procesales
Por el riesgo de generar una explosión que podría haber tenido consecuencias devastadoras, la magistrada presidenta impuso a Piñeiro Rial la pena máxima por el delito de incendio, 20 años de cárcel. Las dos acusaciones habían solicitado una pena de 40 años más por el doble asesinato, y ayer reclamaron en la vista de apelación la devolución de las actuaciones a la Audiencia pontevedresa, en base a un supuesto incumplimiento de las normas y garantías procesales.

Se refirió el fiscal a la “indefensión” que, entiende, se generó al denegársele en el juicio al Ministerio Público la posibilidad de formular ciertas preguntas a las forenses sobre la naturaleza de los cortes que el acusado presentaba y que, según el jurado, probaban que el autor confeso de las muertes tuvo que defenderse.

Según el fiscal, esas lesiones fueron uno de los “principales argumentos” para la exculpación, por lo que un interrogatorio más amplio sobre sus causas podría haber dado alternativas de cara a conformar el veredicto.

No es ésta la única irregularidad a la que se remiten las acusaciones. Ambas hablan de los “defectos”, “contradicciones” y “arbitrariedades”, formales y de fondo, de la resolución, que llegan a tachar de “falta de lógica”. Se refieren, entre otros motivos, al punto en que el tribunal concluye que “no puede probar la intención” del acusado de acabar con la vida de uno de los fallecidos: “No puede inferirse un ánimo distinto del de matar en quien propina a otros 22 y 35 puñaladas, rociando seguidamente sobre los mismos líquido inflamable para prenderles fuego finalmente”.

Confesión
Pero además, el fiscal acusa al jurado de “absoluta irracionalidad” en este punto, en tanto que “omite la confesión” de Piñeiro Rial, que admitió que pretendía acabar con las vidas de los dos hombres por el terror que sufría. Éste le habría llevado, siguiendo la sentencia, a acuchillar a los dos hombres, para luego, con ambos gravemente heridos e inmovilizados, volver a atacarlos para rematarlos; uno de ellos se encontraba maniatado y encerrado, ya desfallecido, en una de las habitaciones, por lo que el agresor tuvo que tirar la puerta a patadas, antes de volver a apuñalarlo y degollarlo.

El hecho de que ya no representaran ninguna amenaza cuando recibieron las puñaladas mortales lleva a la Fiscalía a dudar de que pueda aplicarse la circunstancia eximente de legítima defensa y el que ya hubiera mantenido relaciones con uno de los hombres, a rechazar la concurrencia de ese “miedo insuperable” ante la amenaza de una hipotética violación.

Tales argumentos, que se completan con la apreciación de “incompatibilidades” entre las pruebas practicadas y el veredicto y la conclusión de la acusación particular de que debe ser un jurado técnico y no lego el que intervenga en esta causa tuvieron respuesta de la defensa de Piñeiro Rial, que pide que se desoigan las pretensiones de las otras partes y se rebaje la condena por el delito de incendio, bajo la premisa de que éste no generó un grave peligro ya que las ventanas del inmueble estaban abiertas.

Para la abogada de la defensa, tanto la Fiscalía como la representación de la madre de Isaac Al-Dani Pérez Triviño intentan en fase de apelación subsanar “defectos absolutamente insalvables” de la anterior instancia. “Las causas de la apelación están tasadas (...) No podemos recurrirlo todo”, zanjó.

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