2009/04/26

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  • Nuestro Alarde por derecho y justicia
  • El Diario Vasco, 2009-04-26 # Satur Ibargoyen • Junta del Alarde y Junta de Mandos del Alarde de San Marcial
Una vez más se va acercando la fecha de la celebración de nuestro querido Alarde, y no quisiéramos pasar por alto algo que a nuestro entender, no se ha visto lo suficientemente reflejado en la opinión pública, tanto de Irun como fuera de Irun; hablamos de la sentencia que el pasado mes de mayo dictó el Tribunal Supremo con referencia a nuestro Alarde. Decimos que ha pasado desapercibido pues desde que la sentencia se publicó allá por el mes de julio, hemos tenido que seguir leyendo y escuchando en muchos medios cómo califican a nuestro Alarde de forma despectiva e insultante; no sólo eso, en algunas ocasiones se han referido de esta forma a la población de nuestra ciudad que, como es conocido por todos, en su gran mayoría lo único que lleva pidiendo más de 10 años es poder seguir celebrando el Alarde tal y como se ha celebrado desde tiempo inmemorial. No son los medios los únicos que han seguido en la misma tónica tras la publicación de la sentencia, ya que incluso hemos tenido que salir al paso de declaraciones de representantes institucionales que todavía, parece, no han asumido la sentencia.

La Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, con fecha 28 de mayo del 2008, ratifica al TSJPV, quien ya con anterioridad había sentenciado que la celebración del Alarde como tal fiesta que conocemos no discrimina a la mujer, ni vulnera el artículo 14 de la Constitución y que por lo tanto, se puede celebrar y realizar en la vía pública, limitando o seleccionando a quienes participan en él, en razón de las características particulares e históricas que tiene, siendo legal y no atentando al derecho de igualdad entre hombres y mujeres. Pues bien, todo esto es lo que sigue siendo ignorado en foros de opinión y, lo que para nosotros resulta más grave, por personas con altas responsabilidades en instituciones públicas.

Esta sentencia afirma que nuestro Alarde es constitucional, pues no atenta contra la igualdad ni discrimina por razón de sexo. La sentencia también considera que el principio de libertad asumido por el ordenamiento constitucional (a través de los diferentes derechos fundamentales a los que concierne, principalmente los de libertad de conciencia, de expresión, reunión y manifestación y asociación) legítima al Alarde. El texto también asegura que es derecho de los organizadores del Alarde el determinar la composición del mismo, y es obligación del Ayuntamiento proteger la autonomía privada de esos organizadores.

La sentencia deja claro que es constitucionalmente válido el respeto a la tradición para defender una determinada forma de hacer el Alarde de acuerdo con lo que fueron las Milicias Forales.

Por último destacamos que la sentencia reafirma que los partidarios de un desfile con mujeres soldados no tienen el derecho de imponer sus convicciones a los partidarios de nuestro Alarde, ni tienen el derecho de integrarse en dicho Alarde.

Sin duda hay un antes y un después de esta sentencia del Tribunal Supremo y esto es algo que todos tenemos que tener claro de cara a las próximas fiestas de San Pedro y San Marcial; por una parte nuestra propia concepción de la fiesta como tal es respetada por los tribunales y por otra, de cara a las instituciones tenemos derecho a reclamar la no injerencia de cualquier índole en la celebración y la preparación del Alarde. Aprovechamos está ocasión para recordar que la parte demandante hizo un último intento frente al Tribunal Constitucional y también fueron rechazados sus postulados, ¿qué más pruebas podemos pedir?

Queremos y podemos decir de forma clara y rotunda que nadie puede calificarnos de discriminatorios, sin que al hacerlo vulnere las decisiones de la Justicia. Ha quedado claro además, que la defensa de la tradición es un argumento absolutamente válido. Por supuesto la sentencia evidencia que nadie puede negarnos el derecho a celebrar nuestro Alarde como siempre lo hemos hecho. Además de todo esto, la resolución aclara que el Ayuntamiento tiene la obligación de defender nuestra manera de celebrar el Alarde ante quienes lo entienden de manera diferente.

Con esta sentencia se cierra la puerta a la judicialización que durante años ha sufrido nuestro Alarde por parte de quienes sin razón, han deseado que desaparezca; al mismo tiempo queremos abrir la puerta a un largo futuro donde Irun pueda celebrar su Alarde en paz, alegría y con toda solemnidad.

En resumen todo este proceso ha sido un largo camino en los tribunales, en el que una y otra vez se ha reconocido la legitimidad, legalidad y comportamiento no discriminatorio de nuestro Alarde y por tanto el derecho a celebrar el Alarde de la forma que la mayoría de nuestro pueblo quiere.

Cuando hablamos de nuestro Alarde, hablamos de nuestra cultura; manteniendo ese legado histórico, mantenemos la fiesta como nosotros la entendemos, sin entrar a valorar otras formas de ver la fiesta. La ciudadanía irunesa ha dado muestras de su tolerancia y liberalidad en multitud de ocasiones a lo largo de su historia y de la misma manera lo ha demostrado en este tema. Por eso pedimos que cesen ya los insultos contra la opinión inmensamente mayoritaria de los iruneses, que se respete su forma de entender el Alarde y que un año más podamos cumplir con el Voto realizado por nuestros mayores, en paz y alegría.

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