2009/02/25

> Berria: Trans > NAFARROA: NABAI PRESENTA LA PRIMERA LEY INTEGRAL PARA LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS TRANSEXUALES

El parlamentario de Nafarroa Bai Ioseba Eceolaza junto a la actriz Carla Antonelli, ex coordinadora del área transexual del PSOE
  • Nafarroa Bai presenta la primera ley integral de España para los derechos de los transexuales
  • Nafarroa Bai dice que el proyecto aborda "un asunto complejo" y es "la expresión institucional de la lucha social" de un colectivo "rechazado y denostado"
  • Público, 2009-02-25
El grupo de Nafarroa Bai ha registrado en el Parlamento de Navarra el primer proyecto de ley integral que se plantea en España para la atención y el reconocimiento de derechos de las personas transexuales.

Un texto en el que desde hace tiempo han trabajado junto a NaBai, entre otros, el coordinador de transexualidad de la federación estatal LGTB, Martín Berenguer, o el presidente de la asociación navarra de transexuales Ilota Ledo, Ivan Garde, y para cuya presentación han contado hoy con el apoyo de la actriz Carla Antonelli, ex coordinadora del área transexual del PSOE.

El proyecto de ley, ha explicado el parlamentario Ioseba Eceolaza, aborda "un asunto complejo" y es "la expresión institucional de la lucha social" de un colectivo "tantas veces rechazado y denostado".

Porque la transexualidad, ha precisado, "no es un concepto sólo biológico sino sobre todo psicosocial", ya que este último factor "es el que impera" y por ello los transexuales buscan adaptar su aspecto físico, reasignar su sexo, al que "sienten como propio".

"Las dificultades son incontables y el sufrimiento es considerable", ha subrayado Eceolaza, por eso este proyecto de ley trata de "facilitar" el proceso y de hacerlo desde la infancia, mediante la "protección de los menores", ya que a partir de los tres años "las manifestaciones empiezan" y la persona comienza a ver "limitada su capacidad para desarrollarse", ha asegurado Garde.

Ha añadido que no es por tanto para los afectados un asunto de número, de cuántos transexuales hay, sino de "importancia para la persona" que siente "una ausencia en sus derechos de ciudadano y una presión social con todo lo que esto conlleva".

Por eso el proyecto de ley de NaBai se ocupa del ámbito educativo, social, laboral, jurídico, psicológico y médico para "garantizar los derechos" de las personas transexuales "en igualdad de condiciones con el resto de la ciudadanía", de forma que "nadie pueda ser objeto de discriminación, penalización o castigo por su orientación sexual o identidad de género".

Se trata de atender "a nuestros derechos" porque "las obligaciones como ciudadanos ya las tenemos", ha comentado Carla Antonelli, quien por eso, ha dicho, "le pido a mi propio partido que apoye esta normativa a favor de la igualdad social y la igualdad real de todos los españoles", y ha agregado que "no se puede hacer oposición política con los derechos humanos".

> Berria: Indarkeria > GALICIA: DETENIDO EN OURENSE TRAS ADMITIR QUE MATO A UNA JOVEN DE 26 AÑOS Y LA TIRO AL RIO ALVIA

  • Detenido en Ourense tras admitir que mató a una joven de 26 años y la tiró después al río Avia
  • El Correo Gallego, 2009-02-25
Un hombre de 48 años ha sido detenido por la Policía Nacional como presunto autor de la muerte de una joven de 26 años que desapareció en Ourense el pasado 11 de febrero. Al arrestado se le acusa de un presunto homicidio, aunque en la declaración policial admitió los hechos: que mató a la joven, y que posteriormente la tiró al río Avia, en la provincia de Ourense. Un amplio dispositivo busca a esta hora el cuerpo, tanto por aire como por el cauce fluvial y las riveras del río.

Según explica la Policía Nacional ayer, la joven -de nacionalidad brasileña- desapareció el pasado día 11. La mujer, que compartía piso con una amiga en la capital ourensana, se había citado con un hombre y no se habían vuelto a tener noticias de ella desde aquel día. Fue su amiga la que presentó la denuncia en la Comisaría de Ourense.

A partir de aquí, la Policía Nacional puso en marcha el dispositivo 'Operación Milenium' con la colaboración del grupo de homicidios y desaparecidos, ubicado en Madrid. La línea principal de la investigación "se centró en el ambiente más próximo de la desaparecida", y más en concreto, aquellas personas con las que contactó el día de su desaparición, explicó ayer la Policía.

A raíz de este dispositivo, a la Policía Nacional le pareció sospechosa la actitud de una de las personas con las que habló ese día. Era un hombre, R.F.A., que durante su declaración "incurrió desde el primer momento en diversas contradicciones". Tras ser citado en varias ocasiones por la Policía Nacional, en la mañana de hoy era arrestado y trasladado a dependencias policiales.

El detenido tiene 48 años y es natural de la provincia de Ourense. Una vez en la Comisaría, y en presencia de un abogado, el hombre confesó ser el responsable de la muerte de la joven brasileña. A continuación, detalló que tras cometer el homicidio se deshizo del cuerpo de la víctima lanzándolo al río Avia, que pasa por Ribadavia y desemboca en el río Miño.

Nada más confesar la autoría de los hechos, la Policía Nacional activó un dispositivo de búsqueda y localización del cadáver. Al cierre de esta edición, efectivos policiales, de Protección Civil y de otros cuerpos policiales locales continuaban 'peinando' todo el río Avia, en un operativo que está coordinado desde la Subdelegación del Gobierno en Ourense.

> Berria: Sexualitatea > UN PEZ FOSIL DE AUSTRALIA, PIEZA CLAVE EN EL ORIGEN DEL SEXO

  • Un pez fósil de Australia, pieza clave del origen del sexo
  • El animal, con una antigüedad de 365 millones de años, es la evidencia más antigua de reproducción interna
  • El País, 2009-02-25
¿Cuándo comenzó la reproducción sexual? Un pez fósil hallado en Australia con una antigüedad de 365 millones de años es el vertebrado más antiguo conocido que se reproducía sexualmente, según un estudio realizado por el Museo de Historia Natural de Londres y el Museo Victoria de Australia, que concluye que la reproducción sexual comenzó antes de lo que se pensaba. El pez, que tiene un embrión de cinco centímetros, "es la evidencia más antigua de reproducción interna", afirma a la BBC Zerina Johanson, una de las científicas que trabajan en la investigación.

"Creemos que este fósil nos descubrirá una forma más primitiva de reproducción", continúa Johanson, que subraya la importancia del descubrimiento por la dificultad de encontrar muestras de reproducción biológica en fósiles. Los científicos han llamado al espécimen encontrado Incisoscutum ritchiei.

El pez sufrió una modificación de la aleta pélvica en su vientre. Según los autores del estudio, el macho habría transferido el esperma a la hembra a través de esta aleta, parecida a la de los tiburones modernos, durante el apareamiento. "Creemos que es el origen de la erección masculina porque parte de este órgano se encuentra sobre un cartílago blando", explica el John Long, paleontólogo del Museo Victoria en Australia y coautor del estudio.

Los investigadores pensaban que este pez fósil, que ha permanecido en la colección del Museo de Historia Natural desde los años 80, había muerto poco después de comer. Sin embargo, reinterpretaron los huesos y descubrieron que su "última comida" era un embrión.

> Berria: Eliza > REINO UNIDO: EL OBISPO NEGACIONISTA LLEGA A LONDRES

  • El obispo negacionista llega a Londres
  • Williamson fue escoltado por la policía y no quiso hacer declaraciones
  • El País, 2009-02-25
El obispo 'negacionista', Richard Williamson, ha llegado esta madrugada al aeropuerto londinense de Heathrow, después de que el Gobierno argentino le diese diez días para abandonar el país el pasado jueves. Williamson, de nacionalidad británica, despertó la ira de la comunidad judía en todo el mundo al asegurar que no más de 300.000 judíos murieron en los campamentos de concentración nazis, en vez de los seis millones reconocidos en la historia.

Las autoridades argentinas alegaron para su expulsión que Williamson había declarado ser empleado administrativo de la Asociación Civil "La Tradición", cuando en realidad era sacerdote y director del seminario lefevrista de la Reja, a las afueras de Buenos Aires. Los obispos católicos de Inglaterra y Gales han condenado las afirmaciones del obispo católico, que calificaron de "totalmente inaceptables".

> Berria: Indarkeria > EL ACUSADO DE MATAR A SVETLANA NIEGA SER EL AUTOR DEL CRIMEN

  • El acusado de matar a Svetlana niega ser el autor del crimen
  • La joven rusa falleció tras acudir con el que fue su novio a un programa de televisión en el que rechazó retomar la relación
  • El País, 2009-02-25 # Europa Press • Alicante
El acusado de la muerte de la joven rusa Svetlana Orlova, fallecida de un corte en el cuello en noviembre de 2007 tras acudir con su ex novio a un programa de televisión en el que rechazó retomar la relación, negó hoy haber cometido el crimen y haber estado en el edificio donde residía la víctima ese día, durante su declaración en el juicio que se celebra desde hoy en la sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante.

Ricardo Antonio N.R. declaró hoy que el pasado 18 de noviembre de 2007, día en el que sucedieron los hechos, no estuvo en el edificio en el que vivía Svetlana, donde la encontraron muerta, ni tocó los timbres preguntando por "una rusa", ni la esperó en el portal "ni nada". Asimismo, el acusado señaló que los vecinos le situaron en el lugar de los hechos porque "verían a alguien parecido a él", porque había salido "por la televisión".

En su escrito provisional de acusación el fiscal pide para el acusado dos años de prisión por un delito de maltrato habitual y 14 años de cárcel por otro de homicidio, así como una indemnización en concepto de responsablidad civil de 330.000 euros para los familiares de Svetlana y otra de 4.510,52 euros a la Generalitat valenciana por los gastos de atención a la fallecida.

Por su parte la acusación particular solicita 20 años de prisión por un delito de asesinato y tres años por otro de maltrato habitual. La defensa solicita la libre absolución de su cliente.

Las cámaras, también en el juicio
La vista del juicio al acusado de la muerte de la joven Svetlana se filmará íntegramente por el ente autonómico de Radio Televisión Valenciana, que distribuirá la señal al resto de cadenas de televisión y emisoras de radio, según han informado hoy fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV). Se trata de la primera vista oral que será grabada íntegramente en la provincia de Alicante, aunque ya existen otros precedentes en la Comunitat Valenciana, como el juicio contra el anestesista Juan Maeso o el crimen de Alcàsser. Dos cámaras de la televisión autonómica grabarán las dos sesiones previstas de este juicio, que tendrá lugar en la Sección Primera de la Audiencia de Alicante. La cobertura se llevará a cabo a través de un sistema cerrado que recogerá las imágenes y las derivará al resto de medios, para los que se ha habilitado una sala de prensa en la biblioteca de la Audiencia de Alicante donde recibirán la señal. No obstante, los medios no podrán realizar conexiones en directo desde la Audiencia, sino que recibirán el material audiovisual y a partir de éste elaborarán su noticia. Además "el tribunal tendrá la capacidad de decidir qué imágenes podrán ser difundidas y cuáles no, con el fin de garantizar la seguridad de los testigos y de las personas que intervengan en el proceso", han manifestado fuentes del TSJCV.

El objetivo de esta iniciativa es "ordenar el acceso de los medios de comunicación a la información", dada la expectación que se ha generado, y permitir al tribunal que desarrolle la vista con "tranquilidad" y con todas las garantías de un proceso judicial justo, han añadido las citadas fuentes. La subdelegada del Gobierno en Alicante, Encarna Llinares, ha comentado que la decisión de grabar el juicio por televisión sólo será positiva si ayuda a "concienciar más a la gente" y a que "no se tolere una sola agresión, ni tan siquiera verbal".

> Berria: Bikoteak > EL CONGRESO RECHAZA CORREGIR LA "DISCRIMINACION" A PAREJAS DE HECHO EN PENSIONES DE VIUDEDAD

  • El Congreso rechaza corregir la «discriminación» a las parejas de hecho en pensiones de viudedad
  • La ley les reclama requisitos distintos a los que pide a los matrimonios PP y PSOE votaron en contra de una proposición presentada por el PNV
  • El Diario Vasco, 2009-02-25 # Juanma Velasco • DV • San Sebastián
Si las viudas siguen siendo, en muchos casos, imagen de pobreza y de olvido de las coberturas sociales, la situación por la que pasan las mujeres que enviudan después de haber constituido una pareja de hecho es, si cabe, peor. Y el escenario se va a mantener así. A corto plazo, seguirán siendo objeto de «discriminación» respecto a los matrimonios, según denuncian.

El Congreso ha rechazado una proposición de ley que buscaba abrir un debate para corregir los requisitos distintos que, a la hora de poder acceder a la pensión de viudedad, se piden a las viudas de pareja de hecho respecto a las de los matrimonios. Los partidos mayoritarios, PP y PSOE, votaron en contra de la propuesta presentada por el PNV, aunque se mostraron partidarios de abordar «una reforma integral de la pensión de viudedad» en el seno de la Comisión del Pacto de Toledo del Congreso. Hay trabajo por delante.

A pesar de los avances, contraer matrimonio o constituir una pareja de hecho todavía acarrea importantes diferencias en coberturas y protección. Las leyes reguladoras de parejas de hecho autonómicas han ido abriendo paulatinamente caminos hacia la equiparación, como la adopción o la misma consideración frente a Hacienda. Como quiera que existen importantes competencias en manos del Estado, hay ámbitos que «quedan fuera» de la equiparación, como la Seguridad Social.

No obstante, en la legislación estatal en este campo también ha habido avances, como la Ley 40/2007 de medidas en materia de Seguridad Social -en vigor desde enero de 2008- que, entre otros aspectos, permite por primera vez a las parejas de hecho acceder a la pensión de viudedad. Eso sí, los requisitos que se piden para este tipo de uniones son distintos que los que se exige a los matrimonios. Esta «discriminación», ya denunciada por una viuda donostiarra de pareja de hecho en DV, es la que llevó al PNV a presentar una proposición de ley para reformar la Ley 40/2007 que ha sido rechazada la pasada semana en el Congreso.

«Relación de cinco años»
Entre otros aspectos, la proposición pedía reformar el artículo 174 de dicha ley que exige, para acceder a la pensión, la acreditación de requisitos económicos, tales como que en el año natural el cónyuge vivo «no alcance el 50% de la suma de los ingresos» de la pareja; y de acreditación de la relación, como «una duración ininterrumpida no inferior a cinco años» como pareja de hecho, cosa que no se pide a los matrimonios.

También se reclama el cambio de la retroactividad que contempla esta ley, que permite acogerse a esta prestación si la muerte dentro de la pareja de hecho sucedió antes de la entrada en vigor de la norma. Entre los requisitos para acogerse a este derecho con carácter retroactivo se pide la existencia de «hijos comunes».

En opinión del parlamentario del PNV Emilio Olabarria, en la Ley 40/2007 se vulnera el «artículo 14 de la Constitución que proclama el principio de igualdad». Olabarria recuerda que la de viudedad es una pensión «de naturaleza contributiva», de la que la persona se beneficia por lo que «cotizó el cónyuge fallecido en vida». Por este motivo, «como en el caso de los matrimonios, en el que una persona que tiene derecho a la pensión de viudedad puede compatibilizar esta prestación con rentas de trabajo, no tiene sentido que se establezcan criterios más cualificados para las parejas de hecho».

La proposición de ley no salió adelante en el Congreso, merced al voto en contra de los dos partidos mayoritarios, PP y PSOE (el resto votó a favor).

No obstante, ambas formaciones admitieron la necesidad de una reforma en profundidad de la pensión de viudedad pero en el seno de la Comisión del Pacto de Toledo del Congreso de los Diputados.

«Es una burla y un agravio total»
Lola Pérez es una donostiarra viuda de pareja de hecho que no ha podido acogerse a los requisitos planteados por la ley para recibir una pensión de viudedad, a pesar de haber convivido con su pareja durante veinte años. Junto a otras viudas, acudió a la sesión del Congreso de la semana pasada y salió «frustrada» de lo que allí aconteció. «La intervención de Isabel López i Chamosa (PSOE) -que comparó la relación de las parejas de hecho con la de los diputados que comparten piso- fue una burla a las personas que estábamos presentes», recuerda. Para la donostiarra, «las parejas de hecho, como muchos matrimonios, vivimos juntos por amor. Trabajamos y también cotizamos como cualquier persona».

En su opinión, la ley actual y los requisitos que reclama para acceder a una pensión de viudedad son «un agravio total. ¿A qué esperan para cambiarlo?»

> Elkarrizketa: Mario Marrone > "LAS RELACIONES TRAUMATICAS PASAN DE GENERACION EN GENERACION"

  • Mario Marrone • Psiquiatra y psicoanalista: «Las relaciones traumáticas pasan de generación en generación»
  • El experto considera que «las políticas sociales pueden ser un apoyo para mantener la integridad de la familia»
  • El Diario Vasco, 2009-02-25 # Cristina Turrau
Ha hablado de Relaciones interpersonales traumáticas en un curso destinado a profesionales sanitarios, educativos y del ámbito de la empresa, organizado en San Sebastián por Psi-Donostia. Mario Marrone afirma que las relaciones traumáticas se transmiten de generación en generación. Y que queda mucho por investigar sobre el modo en que lo hacen.

- Trabajó con John Bowlby, psicoanalista inglés que desarrolló la teoría del apego. Sus padres pensaban que la atención parental perjudicaría al niño...
- Bowlby detectó que el niño que tenía problemas de conducta y aprendizaje venía de familias disfuncionales. En ellas había problemas de violencia, maltrato o descuido. Fue su punto de partida. Luego se interesó por los episodios de separación temprana. En los años 50, cuando a un niño le ingresaban en un servicio de Pediatría, a los padres no les dejaban quedarse todo el tiempo. Trabajó con un matrimonio de asistentes sociales y filmaron a niños de uno o dos años que habían sido separados de sus padres.

- ¿Y qué encontró?
- Que los niños estaban ansiosos y que necesitaban del trato con sus progenitores. A medida que pasaba el tiempo, los problemas se acentuaban. Pero, algunas veces, el niño se tranquilizaba. En estos casos se pensaba que el niño se había adaptado. Pero él descubrió que había ocurrido una ruptura interna que daría problemas a largo plazo.

- ¿Cuál es la teoría del apego?
- Es una forma de entender por qué las relaciones de familia y de pareja tienen una influencia tan grande sobre el bienestar o malestar psicológico de los individuos.

- La infancia nos marca más de lo que pensamos...
- Ya no son teorías o hipótesis sino algo que se ha investigado y demostrado por distintos métodos de laboratorio. Los estudios del apego han desarrollado muchos instrumentos de investigación.

- ¿Cómo recuperarse de una infancia con problemas?
- Es importante hablar en la familia de lo que ha ocurrido. Ver el mundo desde la perspectiva de otro también ayuda.

- ¿Qué consecuencias tienen las relaciones traumáticas?
- En muchos casos, el problema se transmite de generación en generación y entonces se necesita terapia. O individual o familiar. A veces una persona puede cambiar por la influencia positiva de alguien cercano. Pero lo más efectivo es la terapia.

- ¿Qué falta por conocer de las relaciones traumáticas?
- Probablemente lo que menos se sabe son los detalles de la transmisión intergeneracional. Porque no es mecánica. Hay mucho para estudiar en ese terreno. Son procesos complejos porque detrás de ellos hay mecanismos psicológicos muy complejos.

- Además de la terapia, ¿qué ayuda a superar una infancia difícil?
- Las políticas sociales pueden ser un apoyo para mantener la integridad de la familia y la seguridad en el trabajo. También la educación puede ayudar.

- ¿Está de acuerdo con el concepto de 'resiliencia'? Alguien en la vida que ayuda a superar grandes problemas...
- Sí. Y de la importancia de los procesos reflexivos. Resulta crucial hablar abiertamente de los acontecimientos familiares. Porque cuando hay abusos sexuales o violencia doméstica la cuestión se convierte en un tema tabú.

- Lo que sabemos del sufrimiento de los niños, ¿es sólo la punta del iceberg?
- Sí. La sociedad desconoce mucho de lo que pasa. Hay traumas infantiles de los que puede hablarse, aunque sólo hasta cierto punto. Porque hay familias que tratan de ocultar procesos de pérdida y de duelo. Pero hay otros traumas de los que no se habla.

- Y hay que hablar de ello...
- Desde luego. Hay quien pega en la calle a su hijo en una acción que es un verdadero maltrato. Y está convencido de que lo que hace está bien.

- Llegará un momento en que alguien parará a ese padre o madre...
- En algunos países es un acto delictivo pegar a un niño. Hay cosas que no se pueden hacer ni justificar.
  • Perfil
  • Nació en Rosario (Argentina). Después de realizar sus estudios de Medicina emigró al Reino Unido.
  • Es psiquiatra y psicoanalista, miembro de la Asociación Británica de Psicoanálisis y Grupoanálisis.
  • Trabajó con John Bowlby en la clínica Tavistock de Londres y también ejerció en el servicio nacional de salud de Gran Bretaña.

> Berria: Homofobia > DOS MIL PERSONAS SE MOVILIZAN EN FACEBOOK CONTRA EL VEREDICTO DEL JURADO POPULAR

  • Dos mil personas se movilizan en Facebook contra el veredicto del jurado popular
  • El grupo creado por un joven vigués en la popular red social denuncia que el dictamen es “homófobo”
  • Faro de Vigo, 2009-02-25 # M. Fontán • Vigo
La indignación por el veredicto del jurado popular que absuelve de asesinato al joven que mató de 57 puñaladas a otros dos en un piso de la calle Oporto de Vigo ha llegado a Internet. Y más concretamente a Facebook. La iniciativa de un vigués de crear un grupo en esta conocida red social para mostrar su repulsa por el polémico dictamen ha contado con un gran respaldo y en apenas dos días más de 2.000 personas de todas partes de España e incluso del extranjero ya se han unido a este foro. Y la protesta no quedará en la red ya que, a través de este grupo, se han convocado sendas concentraciones que tendrán lugar el próximo 8 de marzo en Vigo y en Madrid.

El grupo creado en Facebook lleva por título: “Tod@s contra o tribunal popular homófobo de Vigo”. La iniciativa partió de Rober Bass, un vecino de Vigo de 39 años que confiesa que se quedó “alucinado” tras conocer la decisión del tribunal popular de absolver a Jacobo Piñeiro Rial de los asesinatos de Isaac Pérez Triviño y Julio Anderson Luciano. Este joven tiene claro que si las víctimas no fuesen gays, el veredicto habría sido muy diferente. E indignado por lo que considera una “barbaridad” y “una injusticia”, el pasado domingo por la noche decidió, a título individual, crear el foro en la red social. La respuesta fue masiva: ayer, a las 22 horas, ya se habían unido al grupo un total de 2.121 usuarios de Facebook. Y todo apunta a que el número seguirá creciendo.

Esta iniciativa no sólo ha servido para que cientos de personas hayan canalizado de forma espontánea en Internet su repulsa por un veredicto que sólo condena a Jacobo Piñeiro por el delito de incendio, exculpándolo de los asesinatos. Tal y como se puede ver en el foro, se han convocado sendas concentraciones para el 8 de marzo que se celebrarán en Vigo y en Madrid, en ambos casos en la Puerta del Sol. Diversos colectivos han mostraro su apoyo a estos actos de protesta, que ya se han empezado a organizar y que están pendientes de los permisos de las subdelegaciones del Gobierno correspondientes.

Comentarios
El sentimiento unánime de las personas que se han sumado a este grupo de Facebook es la indignación. “¿Los miembros del jurado tendrán alma?” o “Debemos exigir la repetición del juicio; es una vergüenza”, son algunos de los muchos comentarios que se pueden leer en la página. “Si los asesinados no hubiesen sido gays, otro gallo les hubiera cantado”, apunta otro joven. Y es que para la mayoría de los integrantes del foro, la decisión del jurado tiene carácter homófobo, tal y como ya apuntó el abogado de la acusación particular.

El grupo creado por el vigués Rober Bass no es el único que se ha puesto en marcha en Facebook contra el veredicto del crimen de la calle Oporto. La indignación popular ha llevado a crear otro foro al que ayer ya se habían unido 134 personas y que lleva por título: “Julio, Al Daní, nom esquecemos:homofobia racista no júri popular de Vigo”. Igual que en el otro grupo, los comentarios van en una dirección: hacer una denuncia pública del dictamen y pedir que los recursos ante el TSXG sirvan para cambiar este veredicto.

Al margen de Facebook, ayer se pronunciaba sobre el veredicto la ministra de Igualdad, Bibiana Aído, quien mostró su “absoluto desacuerdo” con el mismo: “Desde el respeto a la sentencia, no se puede considerar una agresión con 57 puñaladas como un acto de defensa propia”.

> Berria: Indarkeria > C. MADRID: UNA SUPUESTA MALTRATADA SE ENZARZA CON SU VECINDARIO POR AVISAR A LA POLICIA

  • Una supuesta maltratada se enzarza con sus vecinos por avisar a la policía
  • El País, 2009-02-25 # José Antonio Hernández • Madrid
"¡Decidme quién os ha llamado, porque si tengo unos vecinos que son gilipollas, no es culpa mía!". Es lo que espetó Encarnación V., de 40 años, a los agentes policiales que habían acudido a su domicilio al ser avisados por los vecinos de que ella y su marido mantenían una fuerte discusión y se oían golpes.

"Sí, hemos discutido, pero no pasa nada, marchaos". Justo cuando la esposa hablaba con los agentes en el hall de casa, salió el marido, muy enfadado, y dando voces: "No habéis escuchado a mi mujer, marchaos que aquí no pintáis nada". La esposa dio un portazo y los agentes abandonaron el lugar.

Ocurrió en un bloque del barrio de Carabanchel hacia la una y media de la madrugada. La noche fue agitada en el bloque. Sobre las dos y media, la emisora de la policía avió de nuevo a los mismos agentes para que volvieran al domicilio de Encarnación. Los vecinos habían vuelto a llamar al 091. El matrimonio seguía inmerso en disputas. Incluso oyeron las voces que salían de la casa, y que se apagaron al tocar el timbre los policías, según el atestado policial.

Esta vez abrió la puerta el marido, Luis M. G.: "¡Qué cojones hacéis aquí otra vez! ¡No os dije antes que os fuérais!". Los agentes le conminaron a que bajase la voz y les tratase con más respeto. "Aquí no hay ruido ni nada, iros". Y volvieron a marcharse. Pero dos horas después, la emisora les avisó de nuevo. En esta ocasión se entrevistaron con una vecina que se quejaba de que después de haberse ido ellos, habían pateado la puerta de casa y soltado insultos y comentarios racistas. Ella es de origen sudamericano: "Negra de mierda, vete a tu país y métete en tus cosas". Los agentes volvieron a llamar a la puerta del matrimonio, que en ese momento ya no discutía. La pareja se enzarzó entonces con los policías. Incluso les amenazaron con dar cuenta de ellos a un conocido que "os puede quitar ese uniforme".

Mientras, la vecina oía los insultos a través de la puerta, llena de patadas. Los agentes le pidieron que acudiera al día siguiente a comisaría para prestar declaración. La mujer declaró que había sido otro el vecino que alertó inicialmente al 091 tras escuchar la fuerte discusión del matrimonio, pero que ella misma ha podido comprobar que son "continuas" las peleas que hay en el matrimonio. Según la vecina, mientras daba patadas la insultó con frases del tipo "inmigrante de mierda, te vas a enterar". La vecina indicó que en las tres veces que había estado allí esa noche la policía, nada más irse los agentes, la supuesta agredida bajaba muy enfadada y la emprendía con ella. "Me dejaba notas insultantes en la puerta, que retiraba cada vez que veía llegar a los policías". También comentó que, en un momento dado, la mujer se situó en las escaleras y, dirigiéndose a los vecinos, a gritos, soltó: "Hijos de putas, es que venís a joderme a mí a y a mi marido, meteros en vuestras cosas".

Finalmente, la policía ordenó al marido que se personase en la comisaría al día siguiente para tormarle declaración, pero no aplicó el protocolo de violencia doméstica en vista de la fiereza de la esposa negando haber sido agredida, y contra el criterio de los vecinos, que habían escuchado muchas peleas. Por otra parte, y según fuentes jurídicas, la policía ha detenido a Edgar Stalin G. C. tras ser sorprendido en casa de su esposa, a la que no podía acercarse al pesar sobre él una orden de alejamiento. Lo llamativo de este caso, ocurrido en el barrio de Ciudad Lineal, es que la esposa, María Z., trató de engañar a los policías diciéndoles que ya se había celebrado el juicio y que la citada orden de alejamiento estaba revocada. Los agentes se acercaron al domicilio para ver si su marido cumplía el alejamiento.

Pero se econtraron con la sorpresa de que estaba con ella quien no debía, el marido. Eran policías de la Unidad de Atención y Protección de la Familia. La pareja comentó la orden de alejamiento había sido revocada, pero los agentes consultaron el registro y se cercioraron de que no. Y se lo llevaron detenido a la comisaría, ante el disgusto de la mujer. Posteriormente, comprobaron que, aunque la medida de alejamiento persistía, los hechos que lo motivaron habían sido juzgados y Edgar, absuelto.

> Iritzia: Peio M. Aierbe > ¿QUITARNOS DE ENCIMA LOS MENORES O CUMPLIR LA LEY?

  • ¿Quitarnos de encima a los menores o cumplir la ley?
  • Noticias de Gipuzkoa, 2009-02-25 # Peio M. Aierbe • SOS Arrazakeria
Ocurrió la semana pasada. El día 16 llegó a Elgeta el primer chico de los 16 que, según los planes de reestructuración de los servicios de protección de la Diputación, debe acoger el denominado centro terapéutico. Fue verlo y romper el chaval a llorar. No era para menos. La mayoría de los cristales rotos, un solo baño y sin condiciones mínimas, sin canalización y expulsando los residuos directamente al exterior, una pésima instalación eléctrica, rota y con todos los cables salidos, con un perro muy agresivo en la entrada... La empresa que lleva esta instalación es Urgatzi.

¿Qué es lo que está ocurriendo? Después de todo lo sucedido con el centro de acogida de Tolosa, de infausto recuerdo, ¿es que no hemos aprendido nada? O tal vez sí. Tal vez de lo que se trata es de aplicar, directamente, un maltrato que desanime a estos chavales a buscar la protección de las instituciones guipuzcoanas. ¿Será que nos sumamos a esa política, que ya se practica en otras comunidades, de hacer todo lo posible para quitarnos de encima a esos menores?

Este último episodio viene a ilustrar noticias inquietantes que venimos conociendo en las últimas semanas y que coinciden en tratar a los chavales con extrema dureza y dejándoles claro que no tienen ningún futuro aquí: ni de papeles, ni de formación, ni de integración en el entorno. La contratación de profesionales sin cualificación como educadores para que cumplan tareas básicamente de contención hacia los menores. La calificación de Elgeta como "centro de no retorno," cerrando las puertas a toda posibilidad de integración en territorio guipuzcoano.

Así se entiende que en no pocos centros estén consiguiendo que los chavales se acaben yendo. Eso sí, ¡firmando un papel en que dicen que lo hacen voluntariamente! La palma, en este sentido, se la lleva Zarautz: de 23 chicos consiguieron que se fueran 20.

Desde SOS Racismo denunciamos estas prácticas que atentan contra los derechos de estos menores y que suponen una violación clara de las obligaciones que fija la actual legislación, por lo que estamos realizando las gestiones a nuestro alcance para que cese esta práctica de maltrato institucional.

> Berria: Futbola > "NO ME CABE DUDA DE QUE EN EL FUTBOL HAY GAYS, ALFILES, TORRES Y PEONES"

  • «No me cabe duda que en el fútbol hay gays, alfiles, torres y peones»
  • ABC, 2009-02-25
Que un jugador de fútbol reconozca públicamente que es homosexual sigue siendo la asignatura pendiente del deporte rey en cuanto a libertad se refiere.

Y, según considera Unai Emery, entrenador del Valencia C.F., el machismo que impera en este deporte es la principal barrera, aunque considera que al final se conseguirá. "No me cabe duda que en el fútbol hay gays, alfiles, torres y peones", aseguraba recientemente.

"Es un colectivo difícil, sobre todo, en el mundo del fútbol", añade. "Como en todos los colectivos de profesionales o en la vida, en el fútbol también debe o habrá", reconocía en un artículo publicado en el diario 'Levante', en el que confesaba que, posiblemente, había tenido compañeros gays pero "nunca me lo han dicho".

En el polémico artículo, se pone de manifiesto que diversas actitudes de algunos futbolistas no facilitan la confesión pública de gays en este deporte. Como la del lateral del Real Madrid, Fabio Cannavaro, quien dijo a la revista 'Vanity Fair' que "convivir con compañeros gays puede traer problemas y provocar situaciones embarazosas".

Más recientemente, el seleccionador de fútbol italiano, Marcello Lippi, aseguraba no haber conocido a ningún futbolista homosexual a lo largo de su carrera, aunque sí confesó que, según lo que le han contado, hay algunos con "cierta tendencia" no reconocida. Eso sí, "creo que entre los futbolistas no hay gays".

Por temor a la reacción de los aficionados, los futbolistas no lo hacen público. Así se expresó el año pasado un futbolista retirado, que vistió las camisetas del Celtic, Chelsea o Aston Villa, declarando, además, que conocía personalmente a cerca de una docena de futbolistas profesionales que son homosexuales, añadiendo que no lo hacen público por temor a la reacción de los aficionados.

Pero sí se han dado casos, como el que conmocionó el mundo del balompié a comienzos de la década de los noventa. El inglés Justin Fashanu confesó que había mantenido relaciones sexuales con varios futbolistas de la primera división inglesa. Y todos se echaron las manos a la cabeza. Ocho años después, la Policía le encontró ahorcado en su casa.

Sin embargo, en otras modalidades sí se han dado casos de deportistas que han salido del armario. Como Matthew Mitcham, australiano, que ganó en las pasadas olimpiadas una medalla de oro. En el mundo del tenis también son conocidos los casos como Billie Jean King, Martina Navratilova o Amelie Mauresmo, quienes confesaron su homosexualidad de manera pública.

> Berria: Futbola > UNAI EMERY Y SU "TEORIA" SOBRE LOS GAYS

  • Unai Emery y su teoría sobre los gays
  • El Mundo, 2009-02-25
El Valencia tiene un compromiso de vital importancia este jueves ante el Dinamo de Kiev, donde se juega su futuro en Europa en la presente temporada. A Unai Emery se le esperaba este miércoles para hablar de la previa del partido y de la continuidad del equipo en la Uefa y lo hizo, pero no se quedó ahí y sorprendió a los presentes al compartir su teoría sobre los gays.

Que un jugador de fútbol reconozca públicamente que es homosexual sigue siendo la asignatura pendiente del deporte rey en cuanto a libertad se refiere. Y según considera Unai Emery, entrenador del Valencia C.F., el machismo que impera en este deporte es la principal barrera, aunque considera que al final se conseguirá.

"Es un tema que ofrece mucho morbo pero que puede perjudicar más a este colectivo, que es un colectivo difícil en el mundo del fútbol. En el mundo del fútbol puede haber gays y no es diferente a todo lo demás, lo que hay que hacer es ayudar", afirmó el técnico en la rueda de prensa previa al partido de UEFA.

En cuestiones meramente deportivas, el técnico vasco del Valencia consideró que el partido ante el Dinamo es una buena oportunidad para su equipo y negó que clasificarse para los octavos de final del torneo pueda resultar contraproducente para el objetivo marcado en la Liga de acabar entre los cuatro primeros.

"Hay que hacerlo lo mejor posible, jugar al máximo en cada competición. Creo que estaríamos mejor si siguiéramos en la Copa del Rey, aunque no sé si físicamente estaríamos igual", indicó.

> Berria: Futbola > UNAI EMERY: "EN EL FUTBOL ESTA CLARO QUE HAY GAYS, ALFILES, PEONES Y TORRES"

  • Unai Emery: "En el fútbol está claro que hay gays, alfiles, peones y torres"
  • 20 Minutos, 2009-02-25
Con la plantilla a la espera de cobrar su salario tras varios meses, con las dudas deportivas que se han generado en la Liga después de abandonar los puestos de Liga de Campeones y con los rumores de un posible traspaso de las principales figuras del equipo, el vestuario afronta el partido de vuelta de los dieciseisavos de final de la Copa de la UEFA ante el Dinamo (21:30 horas) con falta de concentración.

Y, pese a toda la presión que rodea al club, son los aspectos estrictamente no deportivos los que terminan por capitalizar las ruedas de prensa del equipo. Así, este mediodía se ha vivido un nuevo capítulo, cuando Unai Emery ha sido cuestionado sobre unas declaraciones suyas en las que aseguraba que controla "cuando un jugador es gay", condición sexual que para el técnico valencianista no supone ningún problema.

"No me cabe duda que el fútbol hay gais, alfiles, torres y peones", en relación a las declaraciones que publicaba el diario Levante y que han generado bastante revuelo.

Posteriormente, el técnico vasco ha pasado a analizar el resto de problemas que rodean al club y que, volvería a fichar por el equipo de Mestalla pese a la situación existente.

"Se nos transmite tranquilidad y seguimos confiando y creyendo en el trabajo que se realiza en cada parcela. Se nos dice que habrá una solución más pronto que tarde y que, además, habrá viabilidad a corto y largo plazo", ha añadido en ese sentido.

Además, Emery ha expresado que cree en la directiva "por convicción y por el trabajo que están haciendo" para solventar la crisis económica.

> Berria: Futbola > EMERY SE VE OBLIGADO A EXPLICAR SUS DECLARACIONES SOBRE LOS GAYS

  • Emery se ve obligado a explicar sus declaraciones sobre los gais
  • El entrenador del Valencia da su teoría particular después de afirmar que «controla» si un futbolista es homosexual.
  • La Voz de Galicia, 2009-02-25
Que un jugador de fútbol reconozca públicamente que es homosexual sigue siendo una asignatura pendiente del fútbol. Y según considera Unai Emery, entrenador del Valencia, el machismo que impera en este deporte es la principal barrera, aunque considera que al final se conseguirá. «Es un tema que ofrece mucho morbo pero que puede perjudicar más a ese colectivo, que es un colectivo difícil en el mundo del fútbol. En el mundo del fútbol puede haber gais y no es diferente a todo lo demás, lo que hay que hacer es ayudar», afirmó el técnico en la rueda de prensa previa al partido de UEFA.

Emery se vio obligado a dar explicaciones tras sus declaraciones esta semana sobre su supuesto control sobre un futbolista homosexual. «Creo que he tenido compañeros gais y nunca me lo han dicho. Saberlo genera más morbo que otra cosa. Si un jugador me lo dijera, estaría encantado. Creo que controlo quién lo es, por indicios o demás. Creo que algunos de los que hablan de que ligan mucho, lo son y hablan así como protección. Es algo que respeto», dijo en declaraciones recogidas por los medios levantinos.

> Berria: Futbola > LA "PECULIAR" VISION DE EMERY SOBRE LOS GAYS

  • La peculiar visión de Emery sobre los gays
  • Telecinco, 2009-02-25
Que un jugador de fútbol reconozca públicamente que es homosexual sigue siendo la asignatura pendiente del deporte rey en cuanto a libertad se refiere. Y según considera Unai Emery, el machismo que impera en este deporte es la principal barrera, aunque considera que al final se conseguirá derribar. Para él lo que hay que hacer en el mundo del fútbol "es ayudar".

Las declaraciones del entrenador del Valencia sobre el colectivo gay han traído cola. Emery aseguró este martes en la edición digital del diario Levante que es capaz de reconocer cuando un futbolista es homosexual. Además, destacó que, a pesar de que la mentalidad en un mundo tan "cerrado" va cambiando, aún "queda mucho por abrir".

Este miércoles, en rueda de prensa, Emery ha querido ponerle fin a sus declaraciones."Es un tema que ofrece mucho morbo pero que puede perjudicar más a ese colectivo, que es un colectivo difícil, sobre todo en el mundo del fútbol. Como en todos los colectivos de profesionales, en el fútbol también los habrá". En el mundo del futbol puede haber gays, 'gaynas', 'álfiles', 'torres'... y no es diferente a todo lo demás. Lo que hay que hacer es ayudar".

> Berria: Homofobia > GIPUZKOA: LA3, UNA DE LAS COMPARSAS GANADORAS DEL CARNAVAL DE HONDARRIBIA

  • Pilar Peña, Dantzaka y La3 fueron las comparsas ganadoras
  • Merche Alvaro, como la Duquesa de Alba, se llevó el premio al mejor disfraz individual
  • EL Diario Vasco, 2009-02-25 # I.A. • DV • Hondarribia
Ayer terminó el carnaval, con la entrega de premios en el salón de actos del Ayuntamiento. En total, se repartieron 12.000 euros en premios.

En categoría de carrozas el triunfo fue para La3 (estatua ecuestre de Franco), seguida por Amute-Kosta (Piratas) y con Elatzeta (Astérix y Obélix) en tercer puesto. En cuanto a las comparsas, la de la academia de Pilar Peña (Thriller de Michael Jackson) se impuso en la categoría de comparsas grandes, Dantzaka (Bollywood) ganó entre las medianas y el triunfo en comparsas pequeñas fue para La3 (Legionarios gays). Ramón Iridoy recogió el premio con el gorro de legionario puesto.

En categoría individual se premió a Nora Orio (Algas Marinas) y Máximo Martínez (Ciclista orondo). También se destacó la originalidad de dos grupos pequeños, como eran el que encabezaba Merche Álvaro (Duquesa de Alba), y el de la familia Aristizabal (Los carniceros y Kurrin).

En esta ocasión, el jurado estuvo compuesto por Sara Martínez, Maider Goikoetxea y Maider Biurrarena.

> Berria: Trans > NAFARROA: NABAI REGISTRA EL PRIMER PROYECTO DE LEY PARA EL RECONOCIMIEMTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS TRANSEXUALES

  • Nafarroa Bai registra el primer proyecto de ley para el reconocimiento de los derechos de los transexuales
  • El texto contempla medidas de discriminación positiva para facilitar la contratación laboral de miembros de ese colectivo
  • El País, 2009-02-25
La coalición nacionalista Nafarroa Bai ha registrado en el Parlamento de Navarra el primer proyecto de ley integral que se plantea en España de reconocimiento de los derechos de los transexuales. El texto contempla prestaciones quirúrgicas y sanitarias para este colectivo en el sistema público de salud, además de medidas de atención a los transexuales en materia laboral, social o educativa.

Entre otras cuestiones, la iniciativa de NaBai plantea la creación de una unidad de referencia en materia de transexualidad dentro del Servicio Navarro de Salud. Además, establece que las personas transexuales tienen derecho, tanto en los centros públicos como privados, a ser tratadas conforme a su identidad de género y a que se adopten todas las medidas administrativas y de otra índole que sean necesarias para asegurar sus derechos reproductivos, sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género.

El texto va más allá de las cuestiones sanitarias e indica, por ejemplo, que las administraciones elaborarán en materia laboral las medidas de discriminación positiva adecuadas para favorecer la contratación de personas transexuales. También contempla que los poderes públicos pongan en marcha programas para brindar apoyo social a las personas que estén viviendo un proceso de reasignación de género y que en el sistema educativo se incluya la formación en el respeto a las diferentes orientaciones sexuales e identidades de género.

La iniciativa ha sido presentada este mediodía en una rueda de prensa por el parlamentario de NaBai Ioseba Eceolaza, acompañado por la actriz Carla Antonelli, el coordinador del área de Transexualidad de la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, Martín Berenguer, y el presidente de la asociación navarra Ilota Ledo, Iván Garde. Antonelli ha manifestado que las personas transexuales "tienen la obligación de tener todas las obligaciones, y las tienen; de hecho, pagan a Hacienda como todos los ciudadanos españoles, pero parece que en cuestiones de derecho la cosa está más peliaguda". "En cuestiones de derecho nos lo hemos tenido que pelear día a día", ha dicho.

El proyecto de ley, ha explicado el parlamentario Ioseba Eceolaza, aborda "un asunto complejo" y es "la expresión institucional de la lucha social" de un colectivo "tantas veces rechazado y denostado". Porque la transexualidad -ha precisado- "no es un concepto sólo biológico, sino sobre todo psicosocial", ya que este último factor "es el que impera" y, por ello, los transexuales buscan adaptar su aspecto físico, reasignar su sexo, al que "sienten como propio".

La iniciativa de NaBai será estudiada el próximo lunes en la Mesa y en la Junta de Portavoces del Parlamento de Navarra, órgano que deberá decidir sobre su admisión a trámite. La coalición nacionalista esperará a conocer el resultado del debate en la Cámara foral antes de plantearse llevar iniciativas de este tipo al Congreso de los Diputados.

> Berria: Trans > NAFARROA: DISCRIMINACION POSITIVA EN CLAVE TRANSEXUAL

  • Discriminación positiva en clave transexual
  • El Mundo, 2009-02-25 # Olga R. Sanmartín • Madrid
El Grupo Parlamentario Autonómico de Nafarroa Bai ha presentado en Pamplona una propuesta de ley foral que, entre otras cosas, plantea medidas de discriminación positiva para favorecer la contratación y el empleo de las personas transexuales.

Si la Cámara navarra finalmente decide aprobarla, sería la primera norma en España , tanto regional como estatal, que regula de manera integral todos los aspectos que conlleva el cambio de sexo.

En 2007, el Gobierno aprobó la Ley de Identidad de Género, que permite cambiar de nombre y de sexo sin cirugía y sin sentencia judicial. Pero esta norma se ciñe exclusivamente a los requisitos necesarios para cambiar una inscripción en el Registro Civil.

Otras comunidades autónomas han dictado diferentes decretos para fijar las prestaciones médicas que ofrece la Seguridad Social, pero, hasta la fecha, no existe una ley que contemple a la vez cuestiones laborales, educativas, sanitarias, legales y sociales, una reivindicación demandada desde hace años por un colectivo compuesto por 7.000 personas en España y no más de un centenar en Navarra.

La propuesta de Nafarroa Bai se centra, pues, en una minoría de minorías, que tendría derecho a tratamiento, asistencia y operación gratuitas a cargo del sistema sanitario público de Navarra, que es uno de los más prestigiosos de España.

Actualmente, los transexuales residentes en la Comunidad foral que quieren someterse a una operación de cambio de sexo tienen que desplazarse a otras comunidades, como Andalucía.

Otra medida propuesta en la proposición de ley, a la que ha tenido acceso elmundo.es, es la creación de una guía clínica para atender a los transexuales, que en numerosas ocasiones sufren discriminación por su condición sexual.

También se regula todo lo concerniente a los menores transexuales y a la educación en la igualdad, con campañas de sensibilización y programas de capacitación para jueces, fiscales, policías, funcionarios de prisiones y demás personal de las administraciones públicas.

El borrador añade que "las administraciones públicas promoverán que las universidades navarras incluyan y fomenten en todos los ámbitos académicos la formación, docencia e investigación en transexualidad, estableciendo convenios de colaboración".

Joseba Eceolaza, diputado autonómico de Nafarroa Bai, explica a elmundo.es que con esta ley su formación "pretende asegurar los derechos de cualquier transexual empadronado en Navarra" y abrir un debate social para que se pueda "trasponer la norma también a toda España".

A la presentación de esta pionera norma acudieron Martín Berenguer, coordinador del área transexual de la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) y la activista transexual Carla Antonelli, que ha pedido a los socialistas navarros que apoyen la propuesta para que salga adelante en la Cámara autonómica.

2009/02/24

> Berria: Trans > ITALIA: SE OPERARA PARA SER MUJER, METERSE MONJA Y ENTRAR EN UN CONVENTO

  • Un italiano se operará para ser mujer, meterse a monja y entrar en un convento
  • Le apoya una organización de promoción de la justicia social. El párroco de su pueblo y el obispo de su diócesis no quieren ni verle. Marco tiene un "fuerte ideal cristiano".
  • 20 Minutos, 2008-02-24
El sueño de Marco (nombre ficticio), italiano de 45 años, es cambiarse de sexo, convertirse en mujer y meterse monja para entrar en un convento, a pesar de que el párroco de su pueblo no quiere saber nada de él, ni mucho menos el obispo de su diócesis. Así al menos lo recogen este miércoles varios medios de su país, que destacan la fe de este hombre.

Al parecer Marco ha pensado mucho este paso decisivo en su vida para el que cuenta con la ayuda de Casapound Italia, una asociación de promoción de la justicia social.

Vive cerca de Roma y tiene un trabajo, pero en mayo, mes de María, dejará todo para operarse y cambiarse de sexo en un país del Norte de Europa.

"He hablado con el sacerdote de mi parroquia pero me he encontrado con un muro de goma", se lamenta.

"Con el obispo me ha ido peor -según explica- pero tras leer sobre Casapound me he acercado a hablar con ellos y he encontrado muchísima comprensión".

El portavoz de Casapound Italia Provincia de Roma, Massimo Carletti, está dispuesto a hacer que se haga realidad el sueño de Marco.

"Todos los hombres y mujeres deberían ser iguales y tener las mismas posibilidades. Aunque se pase de un lado al otro. Marco cuenta con nuestras simpatías y la única culpa que tiene es la de tener un sueño", afirma Carletti.

Y agrega que "como Marco está firmemente decidido a realizarlo, nosotros le ayudaremos. Él tiene muchas virtudes y un fuerte ideal cristiano, justo el que la Iglesia le quiere negar.

> Berria: Homofobia > ¿57 PUÑALADAS EN DEFENSA PROPIA?

  • ¿57 puñaladas en defensa propia?
  • Ola de críticas a la absolución del hombre que mató con saña a dos homosexuales porque temía que le violaran. Un jurado popular aprecia "miedo insuperable"
  • El País, 2009-02-24 # María Fernández • Vigo
Ni las pruebas de la fiscalía, ni los testimonios de los peritos de la Policía Científica, ni la confesión del propio acusado, que admitió haber asestado 57 puñaladas a dos jóvenes con los que acabó tras una noche de marcha, fueron suficientes para que un jurado popular condenase por asesinato a Jacobo Piñeiro por el crimen de la calle Oporto. Su reciente absolución ha causado estupor en Vigo, donde el tribunal del jurado de la sección 5ª de la Audiencia Provincial dio a conocer, el viernes pasado, el veredicto exculpatorio de los delitos de asesinato y hurto, condenando al acusado por el de incendio. Un mazazo para los familiares de las víctimas.

Ocurrió hace dos años y medio, un 12 de julio. Esa mañana Jacobo Piñeiro llegó a la ciudad desde Cangas, donde residía, para pasar un día de juerga en el Strong, uno de los after más radicales del centro. Había consumido "varios gramos de cocaína y cubatas de whisky". Allí conoció a un camarero, Isaac Pérez, con quien se iría sobre las cuatro de la tarde hacia su piso. Isaac, de 27 años, vivía con el brasileño Julio Anderson Luciano, de 32. En la vivienda, Isaac y Jacobo se encerraron en una habitación toda la tarde y siguieron consumiendo coca. Julio se presentó sobre las nueve y media con más amigos, que se marcharon sobre la una y media.

Jacobo asegura que Isaac se le presentó a las cuatro de la madrugada, desnudo, con la intención de acostarse con él y que él lo rechazó. Ante la negativa, "volvió con un cuchillo y se abalanzó sobre mí", dijo durante el juicio para justificar que actuó en defensa propia. Según su versión, le quitó el arma y le propinó las dos primeras puñaladas en el vientre y en el hombro. Después vendrían otras 33. Su compañero corrió suerte parecida. Recibió 22 puñaladas, algunas por la espalda, "la mayoría innecesarias para la consecución de su muerte, aumentando deliberada e inhumanamente su sufrimiento", según consta en el escrito de la fiscalía. Isaac en un momento intentó encerrarse en su habitación para llamar a la policía. No pudo. El ahora absuelto dio una patada en la puerta y le quitó el móvil antes de apuñalarlo repetidamente en la cara.

Una vez muertos, Jacobo permaneció en la vivienda hasta las nueve de la mañana buscando algo con que prender fuego. Se duchó y tapó sus heridas con una bolsa -tenía un corte en la palma de una mano, una brecha superficial en la cabeza y otra en las piernas-. Cerró las ventanas, abrió el gas, plantó cinco focos, [dos de ellos encima de los cadáveres] y se fue. No sin antes llevarse en una maleta todo lo que encontró de valor. Para el Fiscal y la acusación particular, todo fue "pensado y calculado fríamente" con el propósito "de hacer creer que sus víctimas habían sido objeto de un robo violento".

Una conducta que no puede tener justificación en la legítima defensa porque "Jacobo estuvo varias horas en el piso tras el crimen y causó intencionadamente un incendio para borrar los indicios de lo que había hecho con un comportamiento despiadado". Para la defensa actuó movido por "un miedo insuperable a ser asesinado y violado, víctima del pánico, fuera de sí dado el estado de intoxicación en el que se encontraba".

Haciendo uso de su derecho a la última palabra durante el juicio, el acusado dijo estar "arrepentido de todo". Tras reconocer que acuchilló a las víctimas y pedir perdón a su familia (tiene un niño de pocos meses) aseguró entre lágrimas que la culpa no fue de nadie: "Es culpa de cómo soy". Esa fue la puntilla que caló en el jurado, compuesto por siete mujeres y dos hombres. Tres de sus miembros lloraron al escucharlo. Poco después absolvieron a Piñeiro por siete votos contra dos. Tomás Santodomingo, abogado de Marta, la madre de Isaac, no sale de su asombro. "Se trata de un asesinato en toda regla, si la víctima hubiera sido una mujer el resultado habría sido distinto". Piensa que Jacobo es un homosexual vergonzante, ya que nunca reconoció haber mantenido relaciones con ninguno de los dos hombres. Ahora sólo espera que por el incendio le caiga la máxima pena, hasta veinte años de prisión, y que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia escuche su apelación.

  • Fallos polémicos
  • Caso Wanninkhof. Dolores Vázquez fue declarada en 2001 culpable por un jurado popular de la muerte de Rocío Wanninkhof, hija de su ex compañera sentimental. No había pruebas en su contra. Años después apareció, gracias al ADN, el verdadero asesino.
  • Caso Otegi. Mikel Otegi fue absuelto por un jurado de San Sebastián del asesinato de dos ertzainas en 1995. El juicio fue anulado por el Tribunal Supremo y la sentencia confirmada por el Constitucional. El proceso tuvo que repetirse; el Supremo entendió que los factores ambientales habían influido excesivamente.
  • El casero y la inquilina. A principios de este mes, la Audiencia de Cantabria absolvió a un hombre de 39 años que mató a su inquilina. El jurado le declaró no culpable pero le obligó a indemnizar a la familia. Se consideró que cuando la estranguló "no era dueño de sus actos", que sus facultades mentales estaban afectadas por la conducta conflictiva de la víctima. La conducta difícil consistía en que la chica, según le habían dicho al casero los vecinos, organizaba fiestas hasta altas horas de la madrugada e invitaba a gente "con malas pintas".

  • Veredictos extraños
  • El País, 2009-02-24 # M.C. Belaza • Madrid
Decisiones como ésta reabren el debate sobre el jurado popular. "Pero es importante ver exactamente lo que pasó en el juicio y cómo se tomó la decisión", opina Ramón Sáez, magistrado de la Audiencia Nacional. "Por lo general los jurados están funcionando bien y hay pocos escándalos, aunque a veces pueda haber veredictos extraños. Pero debemos ver siempre lo que se ha preguntado al jurado, cómo se les explicó en este caso lo que era el miedo insuperable y cuándo y cómo debe aplicarse está eximente. En ocasiones se cometen errores por la forma que tienen los jueces de llevar al jurado. Son procesos muy tutelados por el tribunal. En el caso Wanninkhof, por ejemplo, [en el que Dolores Vázquez fue encontrada culpable a pesar de que no había pruebas], el presidente del tribunal pudo haber tomado la decisión de parar el proceso porque no había nada, pero no se atrevió a hacerlo. En todo caso, siempre se puede recurrir la decisión del jurado. También los jueces dictan a veces sentencias sin sentido y no por eso se cuestiona la legitimidad del poder judicial. Hay que ver con mucho cuidado cada supuesto".

> Dokumentuak: NaBai > PROPOSICION DE LEY FORAL DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS TRANSEXUALES

  • PROPOSICIÓN DE LEY FORAL DE NO DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS DE IDENTIDAD DE GÉNERO Y DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS TRANSEXUALES
  • Nafarroa Bai, 2009-02-24
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Preámbulo de la vigente Constitución de 1978 establece claramente la voluntad de la Nación española de proteger a todos los españoles en el ejercicio de los derechos humanos. La Comunidad Foral de Navarra, en tanto integrada en la misma, comparte dicha voluntad, y así lo estableció la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, al declarar que los navarros tendrán los mismos derechos, libertades y deberes fundamentales que los demás españoles; declaración que, por otra parte, se materializa, por ejemplo, en la prohibición constitucional de que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de ”nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” (artículo 14 del texto constitucional).

En esta línea, como se señala en la Introducción a los Principios de Yogyakarta sobre la Aplicación de la Legislación Internacional de Derechos Humanos en Relación con la Orientación Sexual y la Identidad de Género, presentados el 26 de marzo de 2007 a propuesta de la Comisión Internacional de Juristas y el Servicio Internacional para los Derechos Humanos, en el marco de la Cuarta Sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra (Suiza), son muchos los Estados que en la actualidad tienen leyes y constituciones que garantizan los derechos de igualdad y no discriminación sin distinción de sexo, orientación sexual o identidad de género.

Así, en fechas recientes se ha aprobado también en España, por las Cortes Generales, la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. Con esta Ley el legislador estatal, en uso de las competencias exclusivas que sobre ordenación de los registros e instrumentos públicos le atribuye el artículo 149.1.8ª de la Constitución de 1978, vino a regular de forma expresa, pero parcial –la regulación de los requisitos necesarios para acceder al cambio de la inscripción relativa al sexo de una persona en el Registro Civil–, dos circunstancias personales estrechamente vinculadas a los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la dignidad y a la intimidad, así como a una condición, como es la del sexo de la persona, tradicionalmente presente tanto en el Derecho civil navarro como en el resto de los Derechos civiles del Estado español: la transexualidad y la identidad de género.

Debemos partir de la base de que el sexo va más allá de la simple apreciación visual de los órganos genitales externos presentes en el momento del nacimiento: como ha ido estableciendo la ciencia médica moderna, se trata de una realidad compleja, consecuencia de una cadena de eventos cromosómicos, gonadales y hormonales, entre otros, que en su sucesión determina lo que comúnmente conocemos como hombres y mujeres; dicha cadena de eventos sufre en ocasiones rupturas y diferenciaciones que producen como resultado la existencia de personas con características cruzadas de uno y otro sexo. Ahora bien, mientras que la intersexualidad está presente en aquellas personas que presentan características físicas de uno y otro sexo, en mayor o menor grado, es una realidad contrastada por la Medicina y la Psicología la existencia de personas que buscan adaptar su apariencia física externa, al sexo que les es propio, adoptando socialmente el sexo contrario al de su nacimiento, sin que exista una razón física aparente externa que parezca predisponer a esa decisión, fenómeno conocido como transexualidad, y que es independiente del anterior.

La transexualidad, definida por la Ley 3/2007, de 15 de marzo, como la “existencia de disonancia entre el sexo morfológico o género fisiológico inicialmente inscrito y la identidad de género sentida por el solicitante o sexo psicosocial, así como la estabilidad y persistencia de esta disonancia”, se relaciona, pues, con un concepto del sexo no puramente biológico –como ya estableció, en una decisión adoptada por unanimidad, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en dos importantes sentencias de 2002– sino sobre todo psicosocial, reconociendo que en último extremo imperan en la persona las características psicológicas que dan configuración a su forma de ser, y dando a la mente y al espíritu humano el predominio sobre cualquier otra consideración física. De hecho, el concepto de identidad de género se refiere a la vivencia interna e individual del género tal y como cada persona la siente profundamente, incluyendo la vivencia personal del cuerpo y otras expresiones de género como la vestimenta, el modo de hablar y los modales; cuando dicha identidad no corresponde con el sexo asignado al momento del nacimiento, disonancia a la que se refiere la Ley mencionada, ésta es generalmente acompañada del deseo de vivir y ser aceptado como un miembro del sexo opuesto, con la consecuencia habitual del deseo por parte de la persona, de modificar mediante métodos hormonales, quirúrgicos o de otra índole, el propio cuerpo, para hacerlo lo más congruente posible con el sexo sentido como propio. El individuo entra entonces en conflicto con su corporalidad y con su entorno personal y familiar, que a falta de signos físicos evidentes per se que justifiquen su comportamiento, no puede entender los motivos de su proceder. Reflejando la idiosincrasia de cada persona, el comportamiento y evolución de la persona transexual muestran su lucha por reconocerse y aceptar su propia identidad, así como por desarrollarse socialmente en el sexo al que realmente, en su fuero interno, siente que pertenece. Las dificultades son incontables y el sufrimiento de ese proceso es considerable. Cualquier esfuerzo normativo debe facilitar ese proceso permitiendo, con los menores traumas posibles, la progresiva adaptación de la persona y el desarrollo completo de sus potencialidades humanas.

Por ello, a juicio del legislador, resulta un paso importante la aprobación en el Congreso de los Diputados de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, que ha permitido que estas personas puedan cambiar su asignación registral del sexo y del nombre propio en el Registro Civil, facilitando así el proceso de adaptación de la documentación administrativa a nombre de la persona a su verdadera identidad de género. Sin embargo, la complejidad de la situación de las personas transexuales requiere una atención integral que va más allá del ámbito meramente registral: la identidad de género, como parte integrante de los derechos de la personalidad, entronca con el derecho a la dignidad de la persona –entendida ésta, según definición del Tribunal Constitucional en su sentencia número 53/1985, de 11 de abril, como “un valor espiritual y moral inherente a la persona, que se manifiesta singularmente en la autodeterminación consciente y responsable de la propia vida y que lleva consigo la pretensión al respeto por parte de los demás“– así como los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la integridad psicofísica, a la intimidad y a la propia imagen, entre otros.

Consecuentemente, en primer lugar, la Ley no sólo debe reconocer la voluntad de la persona a cambiar el sexo legal por el que es conocido, a todos los efectos, sino también la necesidad íntima de las personas transexuales, cuando así se expresa libremente, de recibir el tratamiento médico adecuado que les aproxime lo más posible en lo físico al sexo asumido. En este sentido, la atención integral de la salud de las personas transexuales incluye todo un conjunto de procedimientos definidos desde la psicología y la medicina para que la persona transexual pueda adecuar los caracteres sexuales secundarios y primarios, según cada caso, a su identidad de género, partiendo de la base obvia de que existe una diversidad de comportamientos y respuestas entre las propias personas transexuales. No todas las personas viven su transexualidad de la misma forma, por lo tanto no es un colectivo en el que se deba intervenir de una forma homogénea, y en este sentido, esta Ley es sensible a esa diversidad, y reconoce la necesidad de establecer unos criterios médicos, sociales y psicológicos individualizados y centrados en cada persona; así, con pleno respeto a la identidad de género de la persona transexual, se establece que la atención a prestar a ésta no se centra ni consiste únicamente en una cirugía de reasignación de sexo –vaginoplastia y clitoroplastia para mujeres transexuales; metaidoioplastia o faloplastia para hombres transexuales¬– que en una gran parte de los casos, ni siquiera constituye la parte esencial de un proceso de reasignación de sexo que abarca procedimientos tan diversos como la asistencia psicoterapéutica –que debe también incidir en la construcción de mecanismos de autoapoyo para confrontar el rechazo del entorno social y familiar o la discriminación socio-laboral–; las terapias hormonales sustitutivas para adecuar el sexo morfológico a la propia identidad de género; las intervenciones plástico-quirúrgicas necesarias en algunos casos sobre caracteres morfológicos de relevancia en la identificación de la persona como el torso o la nuez, por citar algunos; o prestaciones complementarias referidas a factores como el tono y la modulación de la voz, o el vello facial, entre otros.

En segundo lugar, precisamente el carácter multidisciplinar del proceso de reasignación de sexo, cuyas dificultades intrínsecas –baste citar las intervenciones que afectan a la genitalidad de los hombres transexuales, las menos frecuentes en la práctica médico-quirúrgica por el riesgo que conllevan y la incertidumbre ante su posible funcionalidad urológica y sexual– es evidente que se han visto incrementadas por la reticencia de los poderes públicos a hacerse cargo del mismo, como demuestra el hecho de que hace sólo veinticinco años que fueron despenalizadas en el Código Penal las cirugías de genitales para las personas transexuales, hace igualmente necesaria la promoción de la investigación científica en el área de la transexualidad y la puesta al día constante en el ámbito clínico de los avances científicos y tecnológicos en los diversos tratamientos asociados a ésta.

En tercer lugar, conviene recordar que la Resolución del Parlamento Europeo de 12 de septiembre de 1989, sobre la discriminación de los Transexuales, no sólo reconoce el derecho de cada uno a establecer los detalles de su identidad como ser humano, sino que insta a los Estados miembros a llevar a cabo una serie de medidas, entre las que cabe destacar: la inclusión del tratamiento de cambio de sexo en la Seguridad Social, la concesión de prestaciones sociales a los transexuales que hayan perdido su trabajo o su vivienda por razón de su adaptación sexual, la creación de consultorios para transexuales, la protección financiera a las organizaciones de autoayuda, la adopción de medidas especiales para favorecer el trabajo de los transexuales, el derecho al cambio de nombre y la inscripción de sexo en la partida de nacimiento y documento de identidad.

Por último, la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, en su artículo 32; la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, en su artículo 36; o la Ley Ley Foral 9/1999, de 6 de abril, de Carta de Derechos Sociales, en su artículo 1, reconocen la competencia de la Comunidad Foral de Navarra para legislar en la mayoría de estas materias a tenor, a su vez, de lo previsto en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Por lo tanto corresponde a las administraciones públicas de Navarra, como señalan los artículos 5 y 6 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comuidad Foral de Navarra, responder a las necesidades sanitarias, psicológicas y sociales de un colectivo como el de las personas transexuales, desarrollando con todos los medios posibles, incluido el reconocimiento del importante papel que han desempeñado y desempeñan los colectivos LGTB frente a la inacción durante muchos años de los poderes públicos, toda una serie de programas y medidas como campañas y acciones de lucha contra la transfobia, servicios de asesoramiento jurídico y de apoyo psicológico y social tanto a la persona transexual como a sus familiares y allegados, o una política de discriminación positiva en el empleo, que eviten las situaciones de discriminación, estigmatización y privación de derechos a que desgraciadamente se han visto sometidas estas personas.

Texto de la PROPOSICION DE LEY

TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto

El objeto de la presente Ley es la de garantizar el derecho de las personas que adoptan socialmente el sexo contrario al de su nacimiento, de recibir de la Administración Foral una atención integral y adecuada a sus necesidades médicas, psicológicas, jurídicas y de otra índole, en igualdad de condiciones con el resto de la ciudadanía.

Artículo 2. No discriminación por motivos de identidad de género

1 Todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, con independencia de sus orientaciones sexuales e identidades de género.

2 Ninguna persona podrá ser objeto de discriminación, penalización o castigo por motivo de su orientación sexual o identidad de género. En particular, las personas deben ser tratadas de acuerdo con su identidad de género, la que se corresponde con su sexo asumido, que es como la persona se presenta ante la sociedad con independencia de su sexo legal, y así obrará la Administración Foral en todos y cada uno de los casos en los que participe ésta.

Artículo 3. Personas beneficiarias

1 Las personas beneficiarias de las prestaciones que en esta Ley se concretan son, con carácter general, todos los ciudadanos y ciudadanas residentes en cualquiera de los municipios de Navarra, con independencia de su situación legal o administrativa, en condiciones de igualdad efectiva, que tengan la condición de transexuales.

2 Por personas transexuales, a efectos de esta Ley, se entiende bien toda aquella persona que haya procedido a la rectificación en el Registro Civil de la mención de sexo, por sentencia o por auto judicial; bien toda aquella persona que acredite ante la Administración Foral, mediante informe de psicólogo colegiado:

a) Que carece de patologías que le induzcan a error en cuanto a la identidad de género que manifiesta y pretende le sea reconocida, manifestando una voluntad estable, indubitada y permanente al respecto; y

b) Que presente una disonancia igualmente estable y persistente durante al menos, un año, entre el sexo morfológico de nacimiento y la identidad de género sentida por el solicitante.

3 La acreditación de la condición de transexual se presentará en la primera intervención de la persona interesada ante la Administración Foral, que quedará obligada desde entonces a adoptar todas las medidas administrativas y de cualquier otra índole que sean necesarias a fin de asegurar que en todos los procedimientos en que existan menciones al sexo de la persona, éstas reflejen la identidad de género manifestada, respetando la dignidad y privacidad de la persona concernida.

TÍTULO I. DE LA ATENCIÓN SANITARIA DE LAS PERSONAS TRANSEXUALES

Artículo 3. Asistencia a través del sistema sanitario público de Navarra

1 El sistema sanitario público de Navarra proporcionará los diagnósticos y tratamientos fijados en esta Ley y en sus posteriores desarrollos, en el marco de las prestaciones gratuitas de la sanidad pública.

2 Las personas transexuales son titulares de los derechos recogidos en el artículo 5 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud. En particular, tienen derecho en hospitales y centros sanitarios, públicos o privados:

- A ser tratadas conforme a su identidad de género e ingresadas en salas o centros correspondientes a ésta, cuando existan diferentes dependencias por razón de sexo, y a recibir el trato que se corresponde a su identidad de género.

- A ser atendidas por profesionales con experiencia suficiente y demostrada en la materia, tanto de la especialidad concreta en que se enmarque el tratamiento, como de la transexualidad en general.

- A que se adopten todas las medidas administrativas y de otra índole que sean necesarias a fin de asegurar sus derechos reproductivos, sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género.

Se prohíbe expresamente el uso en el Sistema Navarro de Salud de terapias aversivas sobre personas transexuales y de cualquier otro procedimiento que suponga un intento de anulación de la personalidad de la persona transexual, cualquier otra vejación o proporcionarle un trato discriminatorio, humillante o que atente contra su dignidad personal.

3 Reglamentariamente se regulará un servicio de referencia en materia de transexualidad dentro del Sistema Navarro de Salud, integrado por los profesionales de la asistencia sanitaria y de la atención psicológica, psicoterapéutica y sexológica que se determinen, y que definirá, en coordinación con la Unidad de Referencia estatal correspondiente, el proceso a seguir por la persona transexual más adecuado a sus circunstancias personales y a su estado de salud.

4 Se podrán derivar determinados tratamientos e intervenciones concretadas en esta Ley a hospitales públicos o privados que cuenten con un servicio especializado en la reasignación quirúrgica de sexo y ofrezcan los estándares de calidad adecuados. El Sistema Navarro de Salud se hará cargo de los gastos derivados del desplazamiento y alojamiento de la persona transexual afectada.

Artículo 4. Atención de menores transexuales

Las personas transexuales menores de edad tienen pleno derecho a recibir el oportuno diagnóstico y tratamiento médico relativo a su transexualidad, especialmente la terapia hormonal. Dicho tratamiento se producirá bajo la autorización de quien posea la tutela del menor, y con la previa recomendación firme de abordar el mismo por parte de dos profesionales especializados en tratamiento de la transexualidad. La negativa de padres o tutores a autorizar el tratamiento transexualizador podrá ser recurrida ante de la autoridad judicial, que atenderá en último caso al criterio del beneficio del menor.

Artículo 5. Guía clínica

1 Reglamentariamente se establecerá una guía clínica para la atención de las personas transexuales, con el objetivo de articular el suficiente consenso profesional en los campos psicológico, médico y quirúrgico, incluyendo criterios objetivos y los estándares asistenciales internacionales en la materia, y especificando también la cualificación necesaria de los profesionales para cada tipo de actuación y los circuitos de derivación más adecuados.

2 No obstante, la referida guía clínica deberá contener como mínimo las siguientes pautas:

a) Se reconocerá el derecho de la persona transexual a beneficiarse de los tratamientos más acordes a sus necesidades y aspiraciones específicas, recibiendo una adecuada atención integral de salud que facilite el camino de su desarrollo personal;

b) Se garantizará el derecho de la persona transexual a participar en la formulación de los tratamientos que le afecten, desde el reconocimiento de la autonomía de ésta, sin discriminación basada en su orientación sexual o identidad de género y con pleno respeto por las mismas.

c) Se garantizará que los procedimientos como terapias hormonales o cirugías sean proporcionados en el momento oportuno, y acordados de forma mutua entre profesionales y usuarios, sin que deban ser negados ni retrasados de forma innecesaria.

Artículo 6. Protocolos médicos

1 La Administración sanitaria de la Comunidad Foral establecerá mediante convenios de colaboración con las sociedades profesionales correspondientes, el contenido de los protocolos médicos en materia de transexualidad a aplicar en el ámbito del Servicio Navarro de Salud. En dichos protocolos se prestará especial atención a que el consentimiento informado de la persona transexual sea prestado en cada fase con pleno conocimiento, de forma realista, tanto de las posibilidades, limitaciones y posibles efectos secundarios de los tratamientos, como de los derechos que le asisten conforme al apartado 2º del artículo 3.

2 En materia de asistencia psicológica y psicoterapéutica, el protocolo a aplicar deberá establecer como objetivo que la persona transexual consiga la habilidad necesaria para vivir en el rol del género asumido, con una valoración realista de las posibilidades y limitaciones que le ofrece el tratamiento somático, al tiempo que se le facilite el proceso de adaptación social y familiar, dotándola de recursos para hacer frente a posibles situaciones de rechazo social o discriminación.

3 En materia de asistencia endocrinológica, ésta deberá ser prestada tras el oportuno informe de recomendación por parte de un psicólogo especializado y con experiencia en transexualidad, y supervisada por un endocrinólogo con experiencia en este campo.

4 En materia de asistencia quirúrgica, ésta será prestada en personas mayores de edad, y previo informe de recomendación por parte de un psicólogo especializado y con experiencia en transexualidad, así como del endocrinólogo que esté supervisando la terapia hormonal de la persona.

5 No se podrá condicionar el derecho a recibir otros tratamientos complementarios como la fotodepilación del vello facial o la tirocondroplastia a la realización previa de cirugías de reasignación sexual.

Artículo 7. Estadísticas y tratamiento de datos

1 El seguimiento de la atención sanitaria de las personas transexuales incluirá la creación de Estadísticas Públicas a través del Instituto de Estadística de Navarra sobre los resultados de los diferentes tratamientos, terapias e intervenciones que se lleven a cabo, con detalle de las técnicas empleadas, complicaciones y reclamaciones surgidas, así como la evaluación de la calidad asistencial.

2 La recogida de los datos anteriores con fines estadísticos se ajustará a los principios de secreto, transparencia, especialidad y proporcionalidad. El secreto estadístico obliga a las Administraciones públicas navarras a no difundir en ningún caso los datos personales de las personas transexuales cualquiera que sea su origen.

3 Para la elaboración de las estadísticas previstas en el apartado 1º se creará un fichero automatizado, del que será titular el Servicio Navarro de Salud, en los términos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 8. Formación de los profesionales

La Administración sanitaria de la Comunidad Foral establecerá las medidas adecuadas, en estrecha colaboración con las sociedades profesionales correspondientes y con las Universidades navarras, para asegurar el derecho de los profesionales a recibir formación específica de calidad en materia de transexualidad, así como el derecho de las personas transexuales a ser atendidas por profesionales con experiencia suficiente y demostrada en la materia.

TÍTULO II. DE LA ATENCIÓN LABORAL A LAS PERSONAS TRANSEXUALES

Artículo 9. No discriminación en el trabajo

1 No puede aplicarse discriminación laboral de ningún tipo, ni de trato, ni de remuneración, ni ser causa de despido o cese, el hecho de ser transexual, estar realizando un proceso de reasignación de sexo o querer realizarlo, ni el hecho de poseer y manifestar la propia identidad de género.

2 Las Administraciones públicas navarras y los organismos públicos a ellas adscritas se asegurarán, en la contratación de personal y las políticas de promoción, de no discriminar por motivos de orientación sexual o identidad de género.

Artículo 10. Medidas de discriminación positiva en el empleo

Las administraciones responsables elaborarán las medidas de discriminación positiva adecuadas para favorecer la contratación y el empleo de personas transexuales, especialmente de aquéllas que aún no hayan procedido a la rectificación en el Registro Civil de la mención de sexo. Estas medidas irán dirigidas a mejorar las posibilidades de inserción y de participación en la vida social, económica, política y cultural de las personas transexuales, incrementando su capacidad de intervención activa en la sociedad y contribuyendo así a la superación de las desigualdades sociales.

TÍTULO III. DE LA ATENCIÓN SOCIAL A LAS PERSONAS TRANSEXUALES

Artículo 11. Medidas contra la transfobia

Las Administraciones públicas de Navarra:

a) Emprenderán programas focalizados cuyo fin sea brindar apoyo social a todas las personas que estén atravesando una transición o reasignación de género.

b) Desarrollarán e implementarán programas encaminados a hacer frente a la discriminación, los prejuicios y otros factores sociales que menoscaban la salud de las personas debido a su orientación sexual o identidad de género

c) Garantizarán programas de capacitación y sensibilización dirigidos a contrarrestar las actitudes discriminatorias por motivos de orientación sexual o identidad de género, mediante el análisis, la reflexión crítica y las acciones particulares sobre las actitudes sexistas, prejuicios y estereotipos dominantes sobre la transexualidad, y contribuir de esta manera a que las personas puedan descubrirse, relacionarse y valorarse positivamente, fomentando la autoestima y la dignidad.


TÍTULO IV. DE OTRAS MEDIDAS DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS TRANSEXUALES

CAPITULO I. Del tratamiento de la transexualidad en el sistema educativo

Artículo 12. Tratamiento de la transexualidad en la educación básica

1 La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre hombres y mujeres incluirá el respeto a las diferentes orientaciones sexuales e identidades de género, así como el rechazo de la inferioridad o superioridad de cualquier orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

2 Las Administraciones públicas navarras asegurarán que los métodos, currículos y recursos educativos sirvan para aumentar la comprensión y el respeto de, entre otras, la diversidad de orientaciones sexuales e identidades de género, incluyendo las necesidades particulares de las y los estudiantes y de sus madres, padres y familiares en este sentido.

Artículo 13. Actuaciones en materia de transexualidad

Las Administraciones públicas de Navarra:

a) Emprenderán programas de capacitación y sensibilización en cuanto a las normas internacionales de derechos humanos y los principios de igualdad y no discriminación, incluidos los concernientes a la orientación sexual y la identidad de género, dirigidos a a docentes y estudiantes en todos los niveles de la educación pública;

b) Adoptarán todas las medidas apropiadas, incluyendo programas de educación y capacitación, para alcanzar la eliminación de actitudes y prácticas prejuiciosas o discriminatorias dentro del sistema educativo basadas en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquier orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

Artículo 14. Actuaciones respecto a las personas transexuales

1 Las Administraciones públicas de Navarra:

a) Adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean necesarias a fin de garantizar el acceso a la educación en igualdad de condiciones y el trato igualitario de estudiantes, personal y docentes transexuales dentro del sistema educativo, sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género;

b) Establecerán un sistema público de recursos que garantice la oportunidad de acceder y participar en los diferentes niveles, grados y modalidades de enseñanza mediante currículos y ofertas formativas específicas, adaptadas a las características, condiciones y necesidades de la población transexual;

c) Garantizarán una protección adecuada a estudiantes, personal y docentes transexuales de las diferentes orientaciones sexuales e identidades de género contra todas las formas de exclusión social y violencia, incluyendo el acoso y el hostigamiento, dentro del ámbito escolar;

d) Asegurarán que no se margine ni segregue a estudiantes que sufran dicha exclusión o violencia con el objetivo de protegerlas o protegerlos, y que se identifiquen y respeten, de manera participativa, sus intereses superiores;

2 Los estudiantes, personal y docentes transexuales presentes en los centros educativos de Navarra tienen derecho a ver su identidad de género y el nombre concorde a la misma que hayan elegido reflejados en la documentación administrativa del centro, en especial aquélla con carácter público como listados de alumnos, calificaciones académicas o censos electorales para elecciones sindicales, con independencia de su situación en el Registro Civil. Reglamentariamente se determinará el procedimiento a seguir por la Administración, que asegurará la adecuada identificación de la persona a través de su documento nacional de identidad o, en su caso, número de identificación de extranjero.

CAPITULO II. De otras medidas de atención en relación a la transexualidad y a las personas transexuales

Artículo 15. Servicios de asesoramiento y apoyo de las personas transexuales y de sus familiares

1 En la Comunidad Foral de Navarra existirá un servicio de asesoramiento jurídico a las personas transexuales, dirigido a brindarles apoyo durante su proceso de transición o reasignación de género en todos aquellos aspectos que, como el cambio de la documentación, puedan mejorar sus posibilidades de inserción y de participación en la vida social, económica, política y cultural de Navarra.

2 Igualmente existirá, adscrito al servicio de referencia al que se refiere el apartado 3º del artículo 3, un servicio de apoyo psicológico y social a los familiares y allegados de las personas transexuales.

3 Los servicios a que hace referencia este artículo podrán prestarse, mediante los correspondientes convenios de colaboración con las Administraciones públicas de Navarra, por organizaciones que promueven y protegen los derechos humanos de las personas transexuales, y en especial, por las asociaciones de éstas.

Artículo 16. Otras medidas desde las Administraciones públicas navarras

Las Administraciones públicas de Navarra:

1º Adoptarán todas las medidas apropiadas, incluyendo programas de educación y capacitación, para alcanzar la eliminación de actitudes y prácticas prejuiciosas o discriminatorias basadas en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquier orientación sexual, identidad de género o expresión de género;

2º Emprenderán campañas de sensibilización, dirigidas al público en general como también a perpetradores y perpetradoras reales o potenciales de violencia, a fin de combatir los prejuicios subyacentes a la violencia relacionada con la orientación sexual y la identidad de género;

3º Emprenderán programas de capacitación y sensibilización en cuanto a las normas internacionales de derechos humanos y los principios de igualdad y no discriminación, incluidos los concernientes a la orientación sexual y la identidad de género, dirigidos a:

a) Jueces, Secretarios y Fiscales, así como personal de la Administración de Justicia en Navarra.

b) Agentes de la Policía Foral y de las Policías Locales de los municipios de Navarra.

c) Personal de Instituciones Penitenciarias en Navarra.

d) Demás funcionarios y personal laboral de las Administraciones públicas de Navarra;

4º Asegurarán que tanto la producción como la organización de los medios de comunicación de titularidad pública sea pluralista y no discriminatoria en lo que respecta a asuntos relacionados con la orientación sexual y la identidad de género;

5º Apoyarán el reconocimiento y la acreditación de asociaciones, colectivos y organizaciones que promueven y protegen los derechos humanos de las personas transexuales;

6º Promoverán que las Universidades navarras incluyan y fomenten en todos los ámbitos académicos la formación, docencia e investigación en transexualidad, estableciendo convenios de colaboración para:

- Impulsar la investigación y la profundización teórica;

- Elaborar estudios sociológicos sobre la realidad de las personas transexuales;

- Orientar y ayudar en los planes de formación y de empleo de las personas transexuales;

- Elaborar planes de formación para profesionales sanitarios y de otras ramas del conocimiento que entran en contacto con la transexualidad.

Disposición adicional única
En el plazo máximo de seis meses se constituirá una comisión de expertos encargada de realizar la guía Clínica de atención integral a las personas transexuales. La referida Comisión deberá estar formada al menos por expertos en atención de la transexualidad desde la psicología, la sexología, la endocrinología, la atención quirúrgica, y los servicios sociales, así como miembros de asociaciones de transexuales. Esta comisión definirá asimismo los criterios de cualificación profesional a exigir a quienes atiendan y traten a las personas transexuales en Navarra.

Disposición final primera.- Desarrollo Reglamentario
Se habilita al Gobierno de Navarra para dictar cuantas disposiciones reglamentarias exijan la aplicación y desarrollo de esta Ley Foral.

Disposición final segunda.- Entrada en vigor
Esta Ley Foral entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

> Berria: Eliza > EL OBISPO NEGACIONISTA ABANDONA ARGENTINA

  • El obispo negacionista abandona Argentina
  • El Gobierno había dado 10 días de plazo a Richard Williamson para salir del país, tras determinar irregularidades en su estatus migratorio
  • El País, 2009-02-24
Richard Williamson, el obispo protagonista de una gran polémica tras negar el alcance del Holocausto, ha abandonado Argentina este martes rumbo a Londres. El Gobierno argentino había dado a Williamson, un tradicionalista que dirigía un seminario lefebvrista a las afueras de Buenos Aires hasta comienzo de este mes, 10 días para salir del país, a riesgo de ser expulsado tras detectarse irregularidades en su estatus migratorio y en condena por sus controvertidas declaraciones.

Williamson, de nacionalidad británica, cree que no más de 300.000 judíos murieron en los campamentos de concentración nazis, en vez de los seis millones reconocidos en la historia, lo que ha despertado la ira de la comunidad judía en todo el mundo.

> Komunikatua: FELGTB > LA SENTENCIA ABSOLUTORIA EL ASESINO DE UNA PAREJA GAY DEMUESTRA LA NECESIDAD DE PEDAGOGIA SOCIAL

  • La sentencia absolutoria al asesino de una pareja gay demuestra la necesidad de pedagogía social
  • Considerar 57 puñaladas como defensa propia por el miedo a dos homosexuales está relacionado con la homofobia de nuestra sociedad
  • FELGTB, 2009-02-24
La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, FELGTB, considera claramente homofóbica la sentencia que absuelve de los dos asesinatos confesos a Jacobo Piñeiro. Y es que el Jurado Popular ha estimado real la declaración del acusado de que lo cegó el pánico de ser violado y por ello asestó 57 puñaladas a Isaac Pérez Triviño (22 años) y Julio Anderson Luciano (32 años) en 2003, en defensa propia.

Parece clara la necesidad de que en España se aborde sin más dilación una pedagogía social que elimine los prejuicios y estereotipos que, según la FELGTB, han marcado la sentencia.

El jurado no consideró ni las pruebas aportadas por el fiscal, que pedía 60 años para Piñeiro, ni las forenses. Ha pesado más la homofobia, como ha pasado antes con casos tan sangrantes como la acusación sin pruebas a Dolores Vázquez, claramente relacionada con su orientación sexual, o las nimias condenas a jueces que anteponen sus moralidades a la ley.

“La homosexualidad no es un monstruo de tres cabezas que nos hace superpoderosos”, ha declarado Antonio Poveda, presidente de la FELGTB. “No tenemos ni más fuerza ni más vidas que los demás, por lo que llegar a propinar 57 puñaladas es claramente ensañamiento”.

La FELGTB confía que los altos tribunales, a los que la fiscalía va a elevar el caso, respeten los valores máximos de la ciudadanía e impongan la sentencia que este criminal merece.

> Iritzia: Sejo Carrascosa > 57 PUÑALADAS

  • 57 PUÑALADAS
  • EHGAM-DOK, 2009-02-24 # Sejo Carrascosa
Está claro que hay vidas que no valen nada. Que no importan a nadie. Está claro que el dolor, el sufrimiento y la muerte no son conceptos universales que afecten a toda la humanidad. Hay jerarquías claras y la vida de un maricón, de una bollera, de un transexual o de una trabajadora sexual no valen nada. A nadie le importa.

A Jacobo le entro pánico cuando, tras muchos cubatas de whisky y gramos de cocaína, se le insinuaron para mantener relaciones sexuales, homosexuales. Su hombría en entredicho. Su virilidad cuestionada. Toda su esencia a punto de desaparecer tras la tamaña agresión de ser objeto un deseo que el no compartía.

Cómo iba a permitir Jacobo, esa mano que al acariciar su pierna le privaba de toda su dignidad de macho de pro. Cómo iba a permitir Jacobo que esos ojos que le miraban con deseo le inocularan un veneno capaz de diluir su testosterona y difuminar su hombría. Qué tremenda osadía simplemente el plantear su accesibilidad a una forma de placer. Qué miedo. Qué pánico. Qué horror. Tenía que defenderse. Tenía que acabar con “eso” para siempre, por eso no fue una, ni fueron dos, fueron 57 puñaladas las que debían garantizar su integridad viril, su estatus de macho impenetrable, al deseo, a la razón.

Las puñaladas fueron certeras, no en vano el puñal había sido afilado por los mejores vaciadores: la iglesia católica y el islam con su mensaje de odio, jueces acostumbrados a anteponer sus creencias a las leyes, deportistas dispuestos a demostrar que la sangre que llena sus músculos no llega a su cerebro, profesores y maestras acostumbrados a mirar a otro lado cuando el bullying homofóbico llena sus patios y aulas, padres y madres empeñados en dirigir los deseos de su prole, políticos dispuestos a meterse en las talamos para decidir con quién y cómo hacerlo, y si no es así conculcar derechos; escritores y plumillas detentadores del saber tradicional, ese que no conoce empatía. Cada puñalada se afilaba con la firma de un macho detentador del poder, o de sus hembras sumisas incapaces de ver que ese mismo puñal puede volverse en cualquier momento contra ellas.

Pudieron ser muchas menos, hubieran bastado dos o tres para salir airoso del paso; pero fueron 57. 25 y 32. Cada puñalada se convertía en una medalla en su uniforme guerrero, en una nueva pieza en su potente armadura viril, en una garantía de su integridad de macho.

Después vino el fuego. La inquisición enseñó, muy bien, como acabar de forma total con el pecado. No debía quedar nada que supusiera una sospecha sobre los sanísimos deseos heterosexuales, naturales, de toda la vida de Jacobo. Además, Jacobo contaba con el beneplácito social: se portó como un hombre, se portó como un machote, y como tal se le ha tratado. Defender la hombría no es delito, es un acto de exaltación del macho, el que con 57 puñaladas construye su integridad viril. Jacobo actuó en defensa propia y los 57 agujeros en cuerpos inertes son el argumento más infalible de su enorme calidad humana. Esa de la que Jacobo y los que le juzgaron son sanos detentadores.